Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2003 (08/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

Pag. 240394

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2003

na MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Perez; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

De conformidad can la dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de las asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de las intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ticuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Yllescas Vizarreta, Isais MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Aredo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Elsi MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y Wilber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04248 RESOLUCION JEFATURAL Nº 939-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04247 RESOLUCION JEFATURAL Nº 938-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorandum Nº 1318-2000-GO/DCP y el Informe Nº 049-2002-GAJ/PPU/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de noviembre de 2002; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que las ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ticuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Yllescas Vizarreta, Isais MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Aredo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Elsi MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y Wilber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse can el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de las asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de las intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ticuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Yllescas Vizarreta, Isais MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Aredo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Elsi MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y Wilber MORDAZA MORDAZA Sanchez; y,

Visto el Memorandum Nº 2210-2000/OHC/DCP/GO, los Informes Nº 156, 135-2000/0HC/DCP/GO y el Informe Nº 050-2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que las personas no identificadas que dicen llamarse MORDAZA Eleud MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Higashi Morinaka, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, con el objetivo de usurpar la identidad de los verdaderos ciudadanos MORDAZA Eleud MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Higashi Morinaka; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulte responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.