Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2003 (08/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2003

declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 066, de fecha 27 de enero de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica "Anay", ubicada en el distrito de Atavillos Bajo, provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica "Anay", ubicada en el distrito de Atavillos Bajo, provincia de Huaral, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica "Anay" con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica "Anay" declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04321 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 074/INC MORDAZA, 19 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 054 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 03 de fecha 27 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 054, de fecha 27 de enero de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos: - Sitio Arqueologico Puyentimari 2 Sector Norte, con un area intangible de 1,349.23 metros cuadrados y un perimetro de 158.61 metros lineales, ubicado en la localidad de Puyentimari Bajo, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco.

- Sitio Arqueologico Itariato 3 Sector Sur, con un area intangible de 250.05 metros cuadrados y un perimetro de 80.76 metros lineales, ubicado en la localidad de Shimaa, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Chimparina 1 Sector Este, con un area intangible de 397.54 metros cuadrados y un perimetro de 85.32 metros lineales, ubicado en la localidad de Monte MORDAZA, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Chimparina 2, Sector Nor Oeste, con un area intangible de 424.82 metros cuadrados y un perimetro de 84.25 metros lineales, ubicado en la localidad de Shimaa, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Quintiarina 1 Sector Nor Oeste, con un area intangible de 597.94 metros cuadrados y un perimetro de 96.14 metros lineales, ubicado en la localidad de Quintiarina Alta, distrito de Quimbiri, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Quintiarina 2 Sector Nor Oeste, con un area intangible de 820.77 metros cuadrados y un perimetro de 123.22 metros lineales, ubicado en la localidad de MORDAZA Quintiarina, distrito de Quimbiri, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos: - Sitio Arqueologico Puyentimari 2 Sector Norte, con un area intangible de 1,349.23 metros cuadrados y un perimetro de 158.61 metros lineales, ubicado en la localidad de Puyentimari Bajo, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Itariato 3 Sector Sur, con un area intangible de 250.05 metros cuadrados y un perimetro de 80.76 metros lineales, ubicado en la localidad de Shimaa, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Chimparina 1 Sector Este, con un area intangible de 397.54 metros cuadrados y un perimetro de 85.32 metros lineales, ubicado en la localidad de Monte MORDAZA, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Chimparina 2, Sector Nor Oeste, con un area intangible de 424.82 metros cuadrados y un perimetro de 84.25 metros lineales, ubicado en la localidad de Shimaa, distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Quintiarina 1 Sector Nor Oeste, con un area intangible de 597.94 metros cuadrados y un perimetro de 96.14 metros lineales, ubicado en la localidad de Quintiarina Alta, distrito de Quimbiri, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. - Sitio Arqueologico Quintiarina 2 Sector Nor Oeste, con un area intangible de 820.77 metros cuadrados y un perimetro de 123.22 metros lineales, ubicado en la localidad de MORDAZA Quintiarina, distrito de Quimbiri, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los precitados Sitios Arqueologicos. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec-

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