Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2003 (08/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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Idplan D030691 Mes MORDAZA MORDAZA ADS Dependencia Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura Gerencia Central de Logistica e Infraestructura

NORMAS LEGALES
Objeto Perfil

MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2003
Sintesis de especificaciones tecnicas optimizacion de los servicios de la Red Angamos - Remodelacion del Hospital II de Angamos sistema definitivo de abastecimiento de oxigeno para el Hospital IV MORDAZA Sabogal Sologuren para construccion del Hospital Chiclayo Oeste para reubicacion del incinerador Hospital III de Iquitos para MORDAZA de contencion Hospital III de Iquitos para obras civiles para la adecuacion a la MORDAZA E-30 Diseno sismoresistente del Hospital Naylamp. para patrocinios judiciales para patrocinios judiciales Soles 65,000.00

D030692 D030693 D030694 D030695 D030696

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ADS ADS ADS ADS ADS

Perfil Perfil Perfil Perfil Perfil

60,000.00 43,600.00 59,000.00 60,300.00 43,600.00

D030697 D030698

MORDAZA Octubre

ADS ADS

Consultoria Legal Consultoria Legal

28,000.00 30,000.00

04364

INDECOPI
Aprueban Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Arbitrios Municipales
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL COMISION DE ACCESO AL MORDAZA RESOLUCION Nº 008-2003-CAM-INDECOPI MORDAZA, 6 de febrero del 2003 LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES La Comision de Acceso al Mercado: CONSIDERANDO: 1. Que el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada. 2. El articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 establece que la Comision es la encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones y los principios de simplificacion administrativa, con el proposito de evitar que las entidades de la Administracion Publica generen barreras burocraticas que impidan u obstaculicen, ilegal o irracionalmente, el acceso o permanencia de los agentes economicos en el mercado. Al respecto, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, a traves de la Resolucion Nº 0085-2000/TDC-INDECOPI del 1 de marzo del 2000, preciso la competencia de la Comision de Acceso al MORDAZA para evaluar la legalidad y racionalidad de los cobros por concepto de arbitrios en aquellos casos en que los cobros afecten el desarrollo de las actividades de los agentes economicos en el mercado. 3. En tal sentido, y en atencion a que ha venido conociendo una serie de denuncias que tienen por objeto cuestionar este MORDAZA de tributos, es importante que la Comision actue de manera que contribuya a reducir las situaciones de conflicto detectadas en los ambitos de su competencia. 4. En atencion a lo expuesto, la Comision procede a aprobar los presentes lineamientos. POR LO EXPUESTO: En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 y los articulos 10º, 26º y Sexta Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 807;

RESUELVE: Primero.- Aprobar los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Arbitrios Municipales, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion y que en anexo se adjuntan. Segundo.- Solicitar al Directorio del Indecopi la publicacion de los mismos en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion y aprobacion de los senores miembros: MORDAZA Chueca MORDAZA, MORDAZA Conterno Martinelli, MORDAZA MORDAZA Lombardi, MORDAZA Rizo-Patron Larrabure, MORDAZA Penaranda Castaneda y MORDAZA MORDAZA Sardon de Taboada. MORDAZA CHUECA MORDAZA Presidente LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES I. INTRODUCCION 1. Un objetivo prioritario del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es lograr la predictibilidad y transparencia en las decisiones de sus organos funcionales. Con dicho fin, el Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organizacion del Indecopi 1 , faculta a las Comisiones a aprobar lineamientos generales que permitan a los agentes conocer los criterios que aplicaran en la resolucion de los casos en que intervengan, en virtud de sus respectivas competencias. 2. Sobre el particular, la Comision de Acceso al MORDAZA, de acuerdo con lo establecido en el articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 2 , Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, es la encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones y los principios de

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Decreto Legislativo Nº 807. Articulo 9º.- Las Comisiones y Oficinas podran aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada cada Oficina o Comision. Decreto Ley Nº 25868. Articulo 26BIS.- La Comision de Acceso al MORDAZA es competente para conocer sobre los actos y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica, incluso del ambito municipal o regional que impongan barreras burocraticas que impidan u obstaculicen ilegal o irracionalmente el acceso o permanencia de los agentes economicos en el MORDAZA, en especial de las pequenas empresas y de velar por el cumplimiento de las disposiciones sobre la materia establecidas en los Decretos Legislativos Nºs. 283, 668, 757, el articulo 61º del Decreto Legislativo Nº 776 y la Ley Nº 25035, en especial los principios generales de simplificacion administrativa contenidos en su articulo 2, asi como las normas reglamentarias pertinentes. Ninguna otra entidad de la Administracion Publica podra arrogarse estas facultades. La Comision mediante resolucion podra eliminar las barreras burocraticas a que se refiere este articulo. (...)".

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