Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2003 (10/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, lunes 10 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Contrataciones, tal como lo determina la Oficina de Logistica del IRTP, mediante Memorandum Nº 003-2003-GAF.2/ IRTP; Que, asimismo, en la parte resolutiva de la presente Resolucion precisa el MORDAZA y la descripcion basica del servicio materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, el tiempo que se requiere contratar mediante exoneracion, tal como lo dispone el numeral 6.5, del rubro 6 "De la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion", de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE-PRE, del 7 de MORDAZA del 2001; Que, el Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM establece que la exoneracion en mencion debe aprobarse por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo, el cual conforme al Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM, debe ser emitido por las areas Tecnica y de Asesoria Juridica de la Entidad, y debera contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, el Informe Tecnico-Legal Nº 003-2003-IRTP emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Direccion General de Asesoria Legal del IRTP expone la justificacion , tecnica y legal de arrendar para la finalidad expuesta, reune las caracteristicas para instalar las Oficinas del Area Operativa de la Gerencia de Television, por ser un inmueble que cuenta con los ambientes necesarios para el desarrollo de las actividades asi como con las instalaciones de agua, desague, energia electrica y servicio de telefono necesarios para el desarrollo de las actividades, encontrandose ademas ubicada en el frontis de la parte posterior de la sede principal del local del IRTP, lugar en el que se encuentra ubicada la Gerencia de Television, condiciones que permiten un ahorro de tiempo y de dinero por su cercania, situacion que sustenta la justificacion tecnica y economica de la contratacion y la necesidad de la exoneracion, dicha contratacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, en virtud del literal f) del Articulo 19º del D.S. Nº 0122001-PCM, y realizarla mediante MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, bajo criterios de economia tales como el costo y la oportunidad; Que, estas condiciones hacen de dicho inmueble un bien que no admite sustitutos para el IRTP al reunir las caracteristi, cas requeridas por la Entidad, satisfaciendo sus necesidades en cuanto a MORDAZA de local y cercania del mismo a su sede principal, siendo ofrecido solamente por un unico proveedor, lo que implica el cumplimiento de los requisitos determinados por la Gerencia Tecnico-Normativa del CONSUCODE en la Opinion Nº 125-2002 (GTN), previamente citada; Estando a lo opinado por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Direccion General de Asesoria Legal del IRTP y , de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001PCM, y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM, D. Leg. Nº 829, D.S. Nº 006-96-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva el arrendamiento del inmueble de 2 pisos y cuenta con 14 ambientes mas servicios higienicos, un patio y garaje, con instalaciones de agua, desague, energia electrica, servicio de telefono Nº 265-5199, el mismo que se encuentra ubicado en el frontis de la parte posterior de la sede principal del local del IRTP, MORDAZA MORDAZA Paz Nº 1036, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, el cual se realizara mediante MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, siendo el periodo de contratacion de doce meses, la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y el valor referencial la suma de S/. 29,400.00 (Veintinueve mil cuatrocientos y 00/ 100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas del IRTP se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion, conforme al Articulo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- En cumplimiento del Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Articulo 115º del D.S. Nº 013-2001PCM, dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y del informe que la sustenta, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion.

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE OCA Presidente Ejecutivo 04600

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de combustible para las unidades vehiculares del municipio durante el mes de enero de 2003
ACUERDO MUNICIPAL Nº 002-2003-MDC
Cayma, 8 de enero de 2003 VISTOS: La necesidad de la adquisicion de combustibles para su utilizacion en las unidades vehiculares de propiedad de la Municipalidad Distrital de Cayma y el Informe Nº 01-2003-MDC/UAF.A y el acuerdo de sesion de concejo municipal de fecha 7 de enero de 2003; CONSIDERANDO: Que en el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprometa en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que en el inciso 2 del Articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que mediante Informe Nº 001-2003-MDC/UAF.A emitido por el Jefe de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Cayma, se indica que con fecha 31 de diciembre culmino el plazo de duracion del contrato de suministro de combustible por parte de la empresa Centro Motriz S.A.C., ganadora de la buena pro del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-MDC, asi mismo que estudios realizados con la gestion actual se ha podido determinar que existe en el MORDAZA otras empresas que ofertan el mismo bien a un precio mas bajo, en atencion a lo cual se podria abastecer de combustible a nuestras unidades de la empresa que oferte un precio mas bajo que el anterior, durante el tiempo que demande el MORDAZA de seleccion correspondiente que determine al ganador de la buena pro para el presente ejercicio fiscal, con el objeto de no comprometer en forma directa e inmediata los servicios esenciales y las operaciones productivas de la entidad sin que previamente se realice un MORDAZA de seleccion; Que al verificarse el cumplimiento del plazo de duracion de Contrato de Suministro para la provision de combustible, para su utilizacion en las unidades vehiculares, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Cayma, es necesario la adquisicion inmediata del mismo, con la finalidad de no comprometer en forma directa e inmediata la continuidad de los servicios esenciales y operaciones productivas de la entidad, por tanto, resulta necesario ante la situacion de urgencia comprobada que se declare la situacion de urgencia la adquisicion de combustible, y asi mismo que la Municipalidad Distrital de Cayma se encuentre facultada a la adquisicion de combustible durante el mes de enero del 2003, como medida temporal, sin que previamente se realice el MORDAZA de seleccion respectivo, sin perjuicio que el transcurso del referido mes, se realice el MORDAZA de seleccion respectivo para determinar la perso-

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