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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2003 (13/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 240741 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 de Vistos, remitiéndosele para tal efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 04795 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador a interponer acciones legales contra presuntos res- ponsables de la comisión de delito con- tra la fe pœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 998-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorándum Nº 1097-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 183, 182-2001/OHC/DCP/GO y el In- forme Nº 1155-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Ge-rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos Estuardo Antonio Cabanillas Mendoza y Godofredo Flo- res Huamán, han inducido a error a servidor público alhacer insertar en instrumento público declaraciones fal- sas sobre hechos que deben probarse con el documen- to mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica y genérica, previstoy sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi- ficación y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra Estuardo Antonio Cabanillas Men-doza y Godofredo Flores Huamán; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Estuardo Antonio Cabanillas Mendoza y Godofredo Flores Hua-mán, por presunto delito contra la fe pública, en las mo- dalidades de falsedad ideológica y genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04640RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 999-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002Visto el Memorándum Nº 1302-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 230, 231, 232, 233, 238-2001/OHC/ DCP/GO y el Informe Nº 1158-2002-GAJ/RENIEC emi-tido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 12de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que las personas no iden-tificadas que dicen llamarse Aurelia Salcedo Alvino, An-tonia Llatas Mendoza, Julia Bacelisa Benites Naveros,Rosa María del Carmen Berrospi Rodríguez y Manuel Nolberto Arana Bravo, han inducido a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declara-ciones falsas sobre hechos que deben probarse con eldocumento mismo, con el objetivo de usurpar la identi-dad de los verdaderos ciudadanos Aurelia Salcedo Alvi-no, Antonia Llatas Mendoza, Julia Bacelisa Benites Na- veros, Rosa María del Carmen Berrospi Rodríguez y Manuel Nolberto Arana Bravo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública,en las modalidades de falsedad ideológica y genérica,previsto y sancionado en los artículo 428º y 438º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra quienes re- sulten responsables, por presunto delito contra la fe pú- blica, en las modalidades de falsedad ideológica y gené-rica, en agravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04641 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1000-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002Visto el Memorándum Nº 1455-2000-GO/DCP y el Informe Nº 1061-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 29 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos Je-sús Quispe Cuba, Luis Jacho Puma, Cerilo SalvadorYzquierdo Cóndor, Hugo Jorge Sabino Viza, NicolásAntolino Marín Medina, Juan Jaime Ramón Aurich Le-