TEXTO PAGINA: 49
PÆg. 240739 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 043-2003-P-PJ de fecha cinco de marzo del año dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Vista la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial dispone la creación de una Comisión encargada de la Evaluación de los Magistrados Provisionales y Suplentes de todoslos Distritos Judiciales de la República. Que, el artículo tercero de la Resolución en men- ción dispuso que en la evaluación que corresponda acada Distrito Judicial se integrará a la Comisión de Evaluación el Presidente de la respectiva Corte Su- perior de Justicia, señalándose en los consideran-dos de la misma que la evaluación de los Magistra- dos a que se hace mención en el punto precedente tiene por finalidad separar del cargo a aquellos queno cumplen con los requisitos legales o que carecen de las condiciones de idoneidad, referida ésta, entre otros aspectos, a los grados académicos y estudiosde perfeccionamiento debidamente acreditados, ra- zón por la cual y con la finalidad de coadyuvar al desarrollo de la función de la Comisión de Evaluacióncreada mediante la Resolución de Vista, resulta pru- dente proceder a la actualización de los currículum vitae de cada uno de los Magistrados Provisionales ySuplentes de Primera Instancia y de Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima. Por tales razones y en uso de facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fe- cha y hasta el 31 de marzo del año en curso los Jueces Provisionales y Suplentes de Primera Instancia y de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima procedan a la ACTUALIZACIÓN de sus Currículum Vitae correspondientes, debiendo adjuntar- se a los mismos la documentación sustentatoria debida-mente fedateada. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura y de los magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 04909 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntosresponsables de delito y daæo económi-co en agravio de Municipalidad y Proyecto Especial RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 066-2003-CG Lima, 11 de marzo de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 070-2003-CG/LOC, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-lidad Provincial de Pallasca - Cabana, departamento de Ancash, período 1998 - 2000, y operaciones anteriores y posteriores;CONSIDERANDO: Que, en virtud de las denuncias formuladas por ciuda- danos de la provincia de Pallasca - Cabana, departa- mento de Ancash, este Organismo Contralor dispusouna acción de control en el citado municipio, por el perío- do 1998 - 2000, acreditándose la respectiva Comisión de Auditoría mediante Oficio Nº 1295-2001-CG/DC de24.OCT.2001; Que, de la revisión y análisis efectuado a los Comprobantes de Pago y a la documentaciónsustentatoria proporcionada por la administración municipal, la Comisión Auditora ha determinado que se efectuaron pagos con los recursos del Fondo deCompensación Municipal - FONCOMUN y de Prés- tamos, durante el año 2000 y parte del 2001, para la elaboración de Expedientes Técnicos, entre otros:Palacio Municipal y Plan Maestro Turístico para la ciudad de Cabana, sin que hasta la fecha hayan sido entregados por los contratistas; Que, con relación al Expediente Técnico Palacio Municipal, la Comisión Auditora ha evidenciado que no se realizó el correspondiente proceso de selec-ción, al advertirse tan sólo la existencia del contrato, y una Cláusula Adicional, pactándose por la presta- ción del servicio la suma total de S/.16 750,00, nohabiéndose acreditado la entrega del Expediente Téc- nico por parte del contratista, ni las gestiones de los funcionarios responsables de la Municipalidad paraobtenerlos, evidenciándose presunto favorecimiento al contratista beneficiado con la buena pro. Asimis- mo, se ha evidenciado que se efectuaron pagos par-ciales del costo total del servicio hasta por S/. 12 000,00 uno de los cuales fue girado a favor y cobra- do por un servidor de la Municipalidad. De igual for-ma, respecto al Expediente Técnico Plan Maestro Turístico, se determinó la inexistencia de documen- tación sustentatoria del proceso de selección, ha-biendo incumplido el contratista con la prestación del servicio contratado, quien ha entregado sólo planos; sin embargo, se ha evidenciado la existencia de doscomprobantes de pago que totalizan la suma de S/.4 500,00 uno a favor del Tesorero por S/.3 500,00 y el otro a favor del Cajero por S/.1 000,00; no habiéndo-se acreditado la entrega de ambos Expedientes Téc- nicos por los contratistas, por los que se ha desem- bolsado la suma de S/.16 500,00; hechos que cons-tituyen perjuicio económico para la entidad y denotan la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Corrupción de Funcionarios en lamodalidad de Negociación Incompatible con el Car- go, Peculado y Abuso de Autoridad en la modalidad de Incumplimiento de Deberes, previstos y penadosen los artículos 397º, 387º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de otro lado, se han determinado irregulari- dades en las contrataciones para la elaboración de los Expedientes Técnicos y de la mano de obra para la ejecución de las obras: Remodelación de la Plazade Armas y Arcos de Ingreso y de Salida, ejecutadas por administración directa por la Municipalidad, ha- biéndose presuntamente favorecido a los contratis-tas, soslayándose los correspondientes procesos de selección para la adjudicación de la buena pro res- pecto a la elaboración de los Expedientes Técnicos,evidenciándose, asimismo, irregularidades en la con- tratación de la mano de obra calificada para la ejecu- ción de la obra, al incumplirse con recabar el mínimode propuestas económicas, no elaborándose el cua- dro comparativo de cotizaciones ni el acta de otorga- miento de buena pro, resultando ganador en talesprocesos adquisitivos el mismo contratista. Asimis- mo, se omitió realizar el proceso de selección de menor cuantía para la contratación del Ingeniero Re-sidente y del Supervisor en la obra Remodelación de la Plaza de Armas y del Ingeniero Residente en la obra Arcos de Ingreso y Salida, no garantizándose lacalidad de éstas debido a que no existen las pruebas de control de calidad ni se ha evidenciado la designa- ción de la comisión de recepción de los trabajos eje-cutados, encontrándose hasta la fecha pendientes de liquidación, sin que, respecto a dichas contrata- ciones, el Regidor y Presidente de la Comisión de