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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2003 (30/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 241873 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de marzo de 2003 Muestras y Museos 5.9. Las dos Partes realizarán, durante el período de vigencia de este Protocolo Ejecutivo, muestras de elevadonivel. Los detalles de dicho intercambio, incluidos aquellosde carácter financiero, serán establecidos en cada casoparticular por la vía diplomática. 5.10 Las dos Partes (por la Parte italiana el Ministerio de los Bienes y las Actividades Culturales y por la PartePeruana el Instituto Nacional de Cultura) favorecerán lacolaboración, entre los respectivos museos (participaciónen seminarios, intercambio de expertos, publicaciones,informaciones sobre actividades y sobre los criterios técni-cos y científicos y sobre los stándares de funcionamiento ydesarrollo de los Museos; y también, respetando las res-pectivas y pertinentes legalizaciones, el préstamo de obras);favoreciendo las muestras sobre el arte peruano en Italia yaquellas sobre el arte italiano, especialmente de la épocaantigua, en Perú. Las condiciones de dichas cooperacio-nes serán concordadas por las vías diplomáticas. 5.11. El Museo de Arte de Lima ha declarado su interés por establecer vínculos de cooperación y la suscripción deun convenio interinstitucional con el "Museo d'Arte Con-temporanea" de Roma. Al mismo tiempo el Museo de Arte de Lima propone, entre otras iniciativas que permitan promover el intercambiocultural, actividades formativas de los profesionales de losdos museos y la ejecución de proyectos de exposicionescomo: - Exposiciones históricas italianas/peruanas, relativas a un recorrido del arte del siglo XX o sobre alguna de sustendencias. - Reseñas del arte italiano/peruano, exposiciones indi- viduales de carácter retrospectivo. - La obra de artistas internacionales ítalo/peruanos re- conocidos y de prestigio, con una visión no necesariamenteantológica de su obra. - "Zona Cero o Espacio Uno", programa destinado a recoger los aspectos más recientes de la creación de jóve-nes artistas de las Facultades de las Universidades o Aca-demias de Arte de Italia y del Perú. Protección de los bienes culturales y tutela del pai- saje cultural 5.12 Las dos Partes se comprometen a cooperar, a través de las autoridades competentes de los dos Países,para la protección, conservación, recuperación y devolu-ción de los bienes culturales arqueológicos, artísticos ehistóricos robados, exportados o transferidos ilicitamenteentre la República del Perú y la República Italiana, deconformidad con los principios y normas establecidas en laConvención UNESCO de 1970 sobre las medidas a adop-tarse para prohibir e impedir la importación, exportación ytrasferencia de propiedad ilícita de bienes culturales; laConvención UNESCO de 1972 sobre la protección delPatrimonio Mundial, Cultural y Natural; la Convención UNI-DROFF de 1955 relativa a Bienes Culturales robados oexportados ilícitamente y en el respeto de las normativasinternas de los dos Países. En dicho contexto, las dos Partes se reservan de exa- minar la posibilidad de instituir, de ser necesario, un Grupode Trabajo "ad hoc", con competencias y modalidades queserán determinadas en el momento de su institución. Las dos Partes se comprometen también a cooperar para facilitar la identificación y devolución a los tenedoresde títulos de las obras de arte y de los bienes culturalesque hayan ingresado, de hecho, en el propio territorio. Al respecto las dos Partes reconocen con beneplácito la devolución de bienes culturales peruanos realizada porItalia en los años 1999 y 2000. 5.13 La Parte italiana está dispuesta a activar colabo- raciones para la protección, catalogación y conservacióndel patrimonio histórico, artístico, demoetnoantropológico,arqueológico y paisajístico y a enviar, en el caso de recibiruna solicitud, sus propios expertos. Los gastos relativosestarán a cargo de la parte solicitante. Los detalles seránestablecidos, consultando de ser necesario a los respecti-vos Ministerios, por las vías diplomáticas. 5.14 La Parte peruana desearía la cooperación de la Parte italiana para el proyecto de restauración de la "Capi-lla Villegas" de Lima. 5.15 Las dos Partes favorecerán iniciativas y proyectos de formación en el sector de la restauración del patrimoniocultural, dirigidas a restauradores peruanos y realizadaspor Entes o Instituciones italianas públicas o privadas, en particular por el Instituto para el Arte y la Restauración"Palazzo Spinelli" de Florencia. 5.16 El Consejo Nacional de las Investigaciones (C.N.R.) está interesado en colaborar con instituciones homólogasde investigación peruanas, en particular en el sector de lasCiencias históricas, filosóficas, filológicas y de las cienciasy tecnologías aplicadas a los bienes culturales. 5.17 Las dos Partes favorecerán la colaboración en el campo de la organización y de la promoción de los itinera-rios culturales. Misiones Arqueológicas5.18 Las dos Partes continuarán favoreciendo, en las condiciones inicialmente concordadas y salvo imprevistos,el desenvolvimiento de misiones arqueológicas o antro-pológicas mixtas en el propio territorio, previa coordinaciónde sus objetivos y plazos, así como la divulgación de losresultados de tales misiones, a través de la formalizaciónde las relaciones elaboradas y manteniendo una informa-ción constante entre las Partes. En particular:- Misión Arqueológica en los Andes Septentrionales, dirigida por el Dr. Mario Polia, del "Centro Ricerche e StudiLigabue" de Venecia, en la necrópolis superior del CerroSaqun (provincia de Huacabamba). - Misión Arqueológica en el Valle de Chacas, bajo la direc- ción de la profesora Laura Laurencich Minelli, de la Universidadde Bolonia, Departamento de Paleografía y Medievística, conla colaboración de la Municipalidad de Chacas. - Misión Arqueológica en Chan Chan, en el departa- mento de La libertad, bajo la dirección del Arq. RobertoOrazi del CNR, con la colaboración del Instituto Nacionalde Cultura y la Municipalidad de Trujillo. - Misión Arqueológica Proyecto Nasca, en el Centro Ceremonial de Cahuachi (provincia de Nasca), dirigida porel Arq. Giuseppe Orefici, del "Centro Italiano Studi e Ricer-che Archeologiche Precolombiane" de Brescia, con la cola-boración del Instituto Nacional de Cultura. Archivos5.19 Está prevista una colaboración entre las respec- tivas Administraciones Archivísticas mediante el intercam-bio de publicaciones científicas, de microfilm, de copias dedocumentos y de disposiciones normativas, de conformi-dad con las legislaciones nacionales vigentes. 5.20 Las dos Partes favorecerán, sobre la base de la normativa vigente en los respectivos Países, la colaboraciónentre los Archivos históricos y los servicios de documenta-ción de las Administraciones competentes, con el fin derealizar intercambios de informaciones y experiencias, asícomo intercambio de publicaciones. Bibliotecas y Editorial5.21 Las dos Partes (para la Parte italiana el Ministerio de los Bienes y las Actividades Culturales y para la Parteperuana la Biblioteca Nacional) impulsarán el intercambiode informaciones y material entre las Bibliotecas, Acade-mias e Institutos culturales de los dos Países. Las dos Partes favorecerán, de conformidad con las respectivas legislaciones internas, los intercambios de re-producción y microfilm del material bibliotecario conservadoen las bibliotecas estatales, favoreciendo además el prés-tamo interbibliotecario. 5.22 En el período de vigencia del presente Protocolo Ejecutivo y sobre la base del principio de reciprocidad, lasdos Partes efectuarán el intercambio de 1 bibliotecario paravisitas de estudio con una duración máxima de 15 díascada una. 5.23 La Parte italiana manifiesta su disposición para entregar, a través de la Dirección General para los Bienes"Librari" y los Institutos Culturales del Ministerio para losBienes y la Actividad Culturales, libros de cualquier discipli-na y materia a las Universidades e Instituciones culturalesque lo soliciten por las vías diplomáticas. 5.24 Durante el período de validez del presente Proto- colo, la Dirección General para los Bienes Bibliográficos ylos Institutos Culturales del Ministerio para los Bienes y lasActividades Culturales, manifiesta su disponibilidad, si sesolicita, de enviar expertos en el sector de la conservación,de la restauración, de la catalogación, de la informática, dela arquitectura bibliotecaria y de la promoción de los bienesbibliográficos. Los detalles relativos serán establecidos porlas vías diplomáticas.