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PÆg. 241874 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de marzo de 2003 5.25 Los proyectos para efectuar la recuperación de informaciones, la restauración y/o la difusión computarizadade las obras antiguas que forman parte del patrimoniocultural peruano que se encuentren en distintas bibliote-cas del País, deberán tener la autorización de la BibliotecaNacional del Perú como Ente responsable del PatrimonioCultural Bibliográfico de la Nación. 5.26 La Parte italiana informa que están disponibles los siguientes premios: - Premios o contribuciones financieras (Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General para la Promo-ción y Cooperación Cultural) a editores y traductores italia-nos y/o extranjeros que elaboren propuestas que tenganpor objetivo la difusión de la cultura italiana para la divulga-ción del libro italiano, para la subtitulación de cortometrajesy largometrajes y de series televisivas destinadas a mediosde comunicación de masas. Las solicitudes deberán ser dirigidas a las Representa- ciones diplomáticas italianas o a los Institutos Italianos deCultura y posteriormente puestas a consideración de laComisión Nacional para la Promoción de la Cultura italianaen el exterior instituida en el Ministerio de Relaciones Exte-riores. -"Premio Nacional para las Traducciones", bajo el Alto Patronato del Presidente de la República, asignado por laDirección General para los Bienes "Librari" y los InstitutosCulturales también a traductores y editores extranjeros. Enla misma Dirección General funciona el Centro para lostraductores y las iniciativas a favor de la traducción, queestá dispuesto a activar contactos con las competentesinstituciones peruanas. - Premios a traductores de libros italianos en idiomas extranjeros, asignados por el Departamento Información yEditorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Lassolicitudes serán tramitadas por los canales diplomáticos. 5.27 Las dos Partes promoverán el intercambio de ex- pertos en gestión cultural. Las mismas Partes coordinaránsucesivamente los sectores culturales específicos de com-petencia de tales expertos, como las modalidades, tam-bién de carácter financiero, relativas al mencionado inter-cambio. VI. COLABORACIÓN EN EL ÁMBITO RADIO - TELEVI- SIVO 6.1 Las dos Partes favorecerán recíprocamente los in- tercambios en el sector radiofónico y televisivo y facilitaránlos convenios entre la Radio Televisión Italiana (RAI) y elInstituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP) en materiade: - Organización de cursos de formación y de actuali- zación profesional para periodistas, técnicos y programa-dores; - Organización de festivales y programas radiofónicos y televisivos. VII. DERECHOS HUMANOS7.1 Las dos Partes alentarán las actividades culturales dirigidas a intensificar la lucha contra el racismo, la intole-rancia y para la tutela de los derechos humanos.VICTOR 7.2 Las dos Partes promoverán iniciativas en el campo cultural con el própósito de favorecer la igualdad entre elhombre y la mujer, y la valorización de la creatividad de lasmujeres y de su producción cultural en relación con el con-junto de los sectores objeto del presente programa. VIII INTERCAMBIOS JUVENILES8.1 Las dos Partes favorecerán la colaboración en el sector de los Intercambios Juveniles mediante la realiza-ción de iniciativas conjuntas promovidas por Organizacionespúblicas y privadas para el desarrollo de temáticas de inte-rés recíproco. IX DISPOSICIONES FINALES 9.1 El presente Protocolo no excluye la posibilidad de concordar, por las vías diplomáticas otras iniciativas noprevistas en el mismo, con el previo consentimiento de lasAdministraciones competentes de la cordinación del pre-sente Protocolo.Las dos Partes convienen que todas las iniciativas mencionadas en el presente Protocolo serán realizadasdentro de las limitaciones de las disponibilidades financie-ras de los respectivos balances anuales. 9.2 Los Anexos I y II constituyen parte integral del presente Protocolo. 9.3 El presente Protocolo permanecerá en vigencia hasta la firma del siguiente Protocolo y no más allá del año2008. 9.4 La próxima reunión de la Comisión Mixta tendrá lugar en Lima. La fecha será acordada por las vías diplo-máticas. Firmado en Roma, el 4 de diciembre del 2002 en dos copias en español y en italiano, siendo ambas copias igual-mente auténticas. POR LA PARTE PERUANAPOR LA PARTE ITALIANA ANEXO I COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA La siguiente es una lista no exhaustiva de las coopera- ciones en curso entre Universidades peruanas e italianas: - Universidad Nacional San Agustín de Arequipa - Uni- versidad de Palermo. - Pontificia Universidad Católica del Perú de Lima / Uni- versidad Nacional San Antonio Abad de Cusco / Universi-dad Nacional San Agustín de Arequipa Proyecto RED LIMAPERÚ - Universidad de Florencia (Departamento de Quími-ca). - Pontificia Universidad Católica del Perú de Lima, en el área de las Ciencias de la Antigüedad, Filológicas - Litera-rias e Históricas - Artísticas - Universidad de Bolonia. - Universidad Nacional del Altiplano, en el ámbito cultu- ral y científico y en particular en el área de la ecología -Universidad de Roma "La Sapienza". - Universidad del Pacífico (Lima) - Universidad de Bolo- nia. - Universidad Científica del Sur (Lima) - Universidades italianas de Messina, Perusa, Salerno, Roma y Génova. - Facultad de Jurisprudencia de la Pontificia Univer- sidad Católica del Perú - Facultad de Jurisprudencia de laUniversidad de Pisa. - Universidad del Pacífico y Universidad de Roma Tres.- Pontificia Universidad Católica del Perú de Lima, Fa- cultad de Ciencias de la Comunicación - Academia de ArteDramático "Silvio D'Amico" de Roma. - La Universidad San Ignacio de Loyola de Lima desea colaborar con Universidades italianas. ANEXO II CONDICIONES GENERALES Y FINANCIERAS IIa) Intercambio de personas El intercambio de personas previstos en los puntos 3.2 y 5.22 del presente Protocolo se realizará según el si-guiente esquema: - La Parte que envía ofrecerá informaciones detalladas sobre los datos personales de las personas o delegacionespropuestas (nombre, currículum, nacionalidad -que debeser italiana para quienes lleguen al Perú y peruana paraquienes arriben a Italia- objetivo del viaje, proyecto de tra-bajo sugerido, el nombre de la institución o del docenteque ofrece el alojamiento y del relativo Departamento uni-versitario), y comunicará la fecha de partida y retorno comoasimismo cualquier otro detalle necesario. Tales informa-ciones serán comunicadas por las vías diplomáticas, sien-do regla un mínimo de noventa días de anticipo con rela-ción a la fecha de partida; - La Parte que aloja deberá confirmar su aceptación por las vías diplomáticas, siendo regla un mínimo de un mescon relación a la fecha de partida; - La parte que envía cubrirá los gastos del viaje interna- cional de capital a capital de ida y vuelta; - La Parte italiana contribuirá con los gastos de estadía, todo incluido, con la cantidad diaria de Euro 93 por día; - La Parte peruana, con relación al intercambio de docentes universitarios -punto 3.2- los gastos de esta-día serán cubiertos por las universidades que ofrecen el