Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2003 (23/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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En la Unidad Ejecutora: Carretera MORDAZA Basadre: 1. Gastos indebidos por servicio de telefonia Celular, contraviniendo las normas de austeridad, lo cual ha ocasionado un perjuicio economico a la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre por el importe de S/. 19,267.86 Nuevos Soles (DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 86/100 NUEVOS SOLES): a) Gastos indebidos por S/. 16,148.49 Nuevos Soles por uso de telefonos celulares de ex funcionarios que disponian de telefonos fijos para el cumplimiento de sus funciones en la Entidad. b) Gastos indebidos de S/. 3,119.37 Nuevos Soles por consumo excesivo de la tarifa minima normal que no correspondia asumir a la Entidad. 2. Anticipos pendientes de rendicion con notoria antiguedad por concepto de viaticos y otros; otorgados a ex servidores por el importe de S/. 42,792.59 Nuevos Soles (CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 59/100 NUEVOS SOLES). 3. Gastos indebidos por concepto de alojamiento, alimentacion y servicios de pasajes aereos, lo cual ha ocasionado un perjuicio economico a la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre por el importe de S/. 7,680.60 Nuevos Soles (SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 60/100 NUEVOS SOLES). 4. Pagos de honorarios profesionales por trabajos de Asesoramiento en entidad distinta a la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre y pago de alojamiento, alimentacion y otros de los mismos por el importe total de S/ . 85,167.39 Nuevos Soles (OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y SIETE Y 39/100 NUEVOS SOLES). 5. Prestamos internos sin la respectiva documentacion sustentatoria, y que con los mismos se realizaron pagos en efectivo para la adquisicion y contratacion de bienes y servicios, actuando al margen de la normatividad vigente. 6. Prestacion extemporanea de la Informacion Financiera de la Entidad Pliego 462: CTAR Ucayali para su consolidacion. 7. Deficiencias en la aplicacion de la normatividad vigente respecto al tratamiento contable de los Estados Financieros. 8. Inexistencia de los Libros Principales de Contabilidad y actos de arqueos efectuados al Area de Tesoreria que demuestren la conciliacion de saldos. Gerencia Subregional de Aguaytia - Padre Abad. 10. Faltante de combustible el cual no evidencia su uso y/o destino del mismo, perjudicando economicamente por el importe de S/. 6,300.00 Nuevos Soles (SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a la entidad y por ende al Proyecto Rehabilitacion de Caminos Agricolas. 11. Adquisicion de calaminas con precios por encima de los que se cotizan en el MORDAZA, el cual ocasiona un perjuicio economico a la Entidad por S/. 11,655.00 Nuevos Soles (ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES). 12. Gastos indebidos asumidos por la entidad por servicio de telefonia celular, por consumo excesivo de la tarifa minima normal contraviniendo las normas de austeridad. Hospital Regional de Pucallpa. 18. Gastos indebidos asumidos por la Entidad por servicio de telefonia celular, por consumo excesivo de la tarifa minima normal contraviniendo las normas de austeridad, ocasionando perjuicio economico por S/. 3,928.83 Nuevos Soles (TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO Y 83/100 NUEVOS SOLES). Direccion Regional Sectorial de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Ucayali. 25. Gastos indebidos asumidos por la Entidad por servicio de telefonia celular por consumo excesivo de la tarifa minima normal, contraviniendo las normas de austeridad, ocasionando perjuicio economico por S/. 3,983.82

Nuevos Soles (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 82/100 NUEVOS SOLES) Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali. 28. Gastos indebidos por servicio de telefonia celular, contraviniendo las normas de austeridad, lo cual ha ocasionado un perjuicio economico al CTAR Ucayali por el importe de S/. 10,624.13 Nuevos Soles (DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO Y 13/100 NUEVOS SOLES). 29. Gastos irracionales e indebidos por conceptos de alojamiento, alimentacion y servicios de pasajes aereos actuando al margen de las normas de austeridad, lo cual ha ocasionado un perjuicio economico al CTAR Ucayali por el importe de S/. 14,020.58 Nuevos Soles (CATORCE MIL VEINTE Y 58/100 NUEVOS SOLES). Que, el glosado informe de Control en su numeral IV Recomendaciones punto 2: precisa que el Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali; en atribucion a su competencia disponga que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, considerando la naturaleza de las observaciones planteadas y las responsabilidades senaladas, disponga el inicio de los procesos Administrativos Disciplinarios para la aplicacion de las sanciones a los funcionarios y ex funcionarios Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vergara; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Celemias Llanto Pinan, MORDAZA Najar MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edwing MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, los cuales se encuentran comprendidos en los hechos observados en el citado Informe, de acuerdo a la graduacion de las responsabilidades establecidas de conformidad con el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, D.S. Nº 005-90-PCM del 15-ENE-1990 (Observaciones 01, 03, 04, 10, 11, 12, 18, 25, 28 y 29). Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada en ejercicio de sus atribuciones conferidas por el Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali aprobado por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 306-2001-CTAR Ucayali-P de fecha 10.ABR.2001: de los Articulos 165º y 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de la Resolucion Ejecutiva Regional de designacion correspondiente; ha procedido a calificar la denuncia contenida en el acotado Informe de Auditoria y con Informe Nº 032-2002-CTAR Ucayali-CEPAD de fecha 16.SET.2002, que corre en autos, se ha pronunciado por la procedencia de aperturar MORDAZA administrativo disciplinario contra los siguientes funcionarios: Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº 01. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observacion N°: 01 y 04. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº: 01, 04. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observacion N° 01. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director de Administracion, Nivel F-4, respecto de las Observaciones Nºs: 01, 02, 04, 05, 06 y 08. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Higidio, en su condicion de ex Director de Administracion, Nivel F-4, respecto de las Observaciones Nºs: 01, 02, 03, 06, 07 y 08. Gerencia Subregional de Aguaytia ­ Padre MORDAZA - MORDAZA Celemias Llanto Pinan, en su condicion de ex Gerente Subregional, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº: 11 y 12.

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