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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2003 (23/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 244743 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de mayo de 2003 En la Unidad Ejecutora: Carretera Federico Basa- dre: 1. Gastos indebidos por servicio de telefonía Celular, contraviniendo las normas de austeridad, lo cual ha oca-sionado un perjuicio económico a la Unidad Ejecutora Carretera Federico Basadre por el importe de S/. 19,267.86 Nuevos Soles (DIECINUEVE MIL DOSCIEN-TOS SESENTA Y SIETE Y 86/100 NUEVOS SOLES): a) Gastos indebidos por S/. 16,148.49 Nuevos Soles por uso de teléfonos celulares de ex funcionarios que disponían de teléfonos fijos para el cumplimiento de sus funciones en la Entidad. b) Gastos indebidos de S/. 3,119.37 Nuevos Soles por consumo excesivo de la tarifa mínima normal que no correspondía asumir a la Entidad. 2. Anticipos pendientes de rendición con notoria anti- güedad por concepto de viáticos y otros; otorgados a exservidores por el importe de S/. 42,792.59 Nuevos Soles (CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 59/100 NUEVOS SOLES). 3. Gastos indebidos por concepto de alojamiento, ali- mentación y servicios de pasajes aéreos, lo cual ha ocasionado un perjuicio económico a la Unidad Ejecuto-ra Carretera Federico Basadre por el importe de S/. 7,680.60 Nuevos Soles (SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 60/100 NUEVOS SOLES). 4. Pagos de honorarios profesionales por trabajos de Asesoramiento en entidad distinta a la Unidad Ejecutora Carretera Federico Basadre y pago de alojamiento, ali-mentación y otros de los mismos por el importe total de S/ . 85,167.39 Nuevos Soles (OCHENTA Y CINCO MIL CIEN- TO SESENTA Y SIETE Y 39/100 NUEVOS SOLES). 5. Préstamos internos sin la respectiva documentación sustentatoria, y que con los mismos se realizaron pagos en efectivo para la adquisición y contratación de bienes y servi-cios, actuando al margen de la normatividad vigente. 6. Prestación extemporánea de la Información Finan- ciera de la Entidad Pliego 462: CTAR Ucayali para suconsolidación. 7. Deficiencias en la aplicación de la normatividad vigente respecto al tratamiento contable de los EstadosFinancieros. 8. Inexistencia de los Libros Principales de Contabili- dad y actos de arqueos efectuados al Área de Tesoreríaque demuestren la conciliación de saldos. Gerencia Subregional de Aguaytía - Padre Abad.10. Faltante de combustible el cual no evidencia su uso y/o destino del mismo, perjudicando económicamentepor el importe de S/. 6,300.00 Nuevos Soles (SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a la entidad y por ende al Proyecto Rehabilitación de Caminos Agrí-colas. 11. Adquisición de calaminas con precios por encima de los que se cotizan en el mercado, el cual ocasiona unperjuicio económico a la Entidad por S/. 11,655.00 Nue- vos Soles (ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES). 12. Gastos indebidos asumidos por la entidad por servicio de telefonía celular, por consumo excesivo de la tarifa mínima normal contraviniendo las normas de aus-teridad. Hospital Regional de Pucallpa.18. Gastos indebidos asumidos por la Entidad por servicio de telefonía celular, por consumo excesivo de latarifa mínima normal contraviniendo las normas de aus- teridad, ocasionando perjuicio económico por S/. 3,928.83 Nuevos Soles (TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHOY 83/100 NUEVOS SOLES). Dirección Regional Sectorial de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali. 25. Gastos indebidos asumidos por la Entidad por servicio de telefonía celular por consumo excesivo de la tarifa mínima normal, contraviniendo las normas de aus- teridad, ocasionando perjuicio económico por S/. 3,983.82Nuevos Soles (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 82/100 NUEVOS SOLES) Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali. 28. Gastos indebidos por servicio de telefonía celu- lar, contraviniendo las normas de austeridad, lo cual haocasionado un perjuicio económico al CTAR Ucayali por el importe de S/. 10,624.13 Nuevos Soles (DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO Y 13/100 NUEVOSSOLES). 29. Gastos irracionales e indebidos por conceptos de alojamiento, alimentación y servicios de pasajes aé-reos actuando al margen de las normas de austeridad, lo cual ha ocasionado un perjuicio económico al CTAR Ucayali por el importe de S/. 14,020.58 Nuevos Soles(CATORCE MIL VEINTE Y 58/100 NUEVOS SOLES). Que, el glosado informe de Control en su numeral IV Recomendaciones punto 2: precisa que el Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Re- gional de Ucayali; en atribución a su competencia dis-ponga que la Comisión Especial de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, considerando la naturaleza de las observaciones planteadas y las res-ponsabilidades señaladas, disponga el inicio de los pro- cesos Administrativos Disciplinarios para la aplicación de las sanciones a los funcionarios y ex funcionariosSres. Gilmer Marcel Romero Vergara; Carlos Werner Campana Córdova, José Luis Bazán Zambrano, Este- ban Dionisio Manrique Zúñiga, Miguel Celemías LlantoPiñán, Robín Nájar Guevara, Glorioso Romero Hidalgo, Antonio Rodríguez Pizango, Edwing Mendoza Velez de Villa, los cuales se encuentran comprendidos en los he-chos observados en el citado Informe, de acuerdo a la graduación de las responsabilidades establecidas de conformidad con el Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, D.S. Nº 005-90-PCM del 15-ENE-1990 (Obser- vaciones 01, 03, 04, 10, 11, 12, 18, 25, 28 y 29). Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios designada en ejercicio de sus atribucio- nes conferidas por el Reglamento Interno de ProcesosAdministrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali aprobado por Resolu- ción Ejecutiva Regional Nº 306-2001-CTAR Ucayali-P defecha 10.ABR.2001: de los Artículos 165º y 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de la Resolución Ejecutiva Regio-nal de designación correspondiente; ha procedido a califi- car la denuncia contenida en el acotado Informe de Audito- ría y con Informe Nº 032-2002-CTAR Ucayali-CEPAD defecha 16.SET.2002, que corre en autos, se ha pronunciado por la procedencia de aperturar proceso administrativo dis- ciplinario contra los siguientes funcionarios: Unidad Ejecutora Carretera Federico Basadre - Gilmer Marcel Romero Vergara, en su condición de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Ob- servación Nº 01. - Carlos Werner Campana Guevara, en su condi- ción de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observación N°: 01 y 04. - José Luis Bazán Zambrano, en su condición de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Obser- vación Nº: 01, 04. - Esteban Manrique Zúñiga, en su condición de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observa- ción N° 01. - Juan Rodrigo Bonifacio Almeyda, en su condi- ción de ex Director de Administración, Nivel F-4, res- pecto de las Observaciones Nºs: 01, 02, 04, 05, 06 y 08. - Desiderio Walter Figueroa Higidio, en su con- dición de ex Director de Administración, Nivel F-4, respecto de las Observaciones Nºs: 01, 02, 03, 06,07 y 08. Gerencia Subregional de Aguaytía – Padre Abad - Miguel Celemías Llanto Piñán, en su condición de ex Gerente Subregional, Nivel F-5, respecto de la Observación Nº: 11 y 12.