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PÆg. 244732 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de mayo de 2003 INPE Designan funcionarios responsables de brindar información y elaboración de portal institucional de Internet a que se refiere la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 339-2003-INPE/P Lima, 15 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, apro-bado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, prevé dispo-siciones aplicables para promover la transparencia de losactos del Estado y regula el derecho fundamental del acce-so a la información consagrado en el numeral 5 artículo 2º dela Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo a los artículos 3º, 5º y 8º de la norma antes glosada, la entidad pública deberá designaral funcionario responsable de entregar la informaciónque demanden las personas en aplicación del principiode publicidad; así como identificar al funcionarioresponsable de la elaboración y actualización de la infor-mación que se difunda a través del portal institucional deInternet; Contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, de la Oficina General deAdministración y de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 y Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Secretario General del Ins- tituto Nacional Penitenciario, como el funcionario res-ponsable de brindar la información requerida por los ciu-dadanos en virtud a lo establecido en los artículos 3º y 8ºdel Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806. Artículo 2º.- Designar al Director Ejecutivo de la Ofi- cina Ejecutiva de Informática, como el funcionario res-ponsable de la elaboración y actualización de la informa-ción institucional que se difunda a través del portal deInternet del Instituto Nacional Penitenciario, en aplica-ción a lo previsto en el artículo 5º del Texto Único Orde-nado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acce-so a la Información Pública. Artículo 3º.- Los servidores y funcionarios del Insti- tuto Nacional Penitenciario, deberán facilitar la documen-tación y/o información necesaria en el plazo de Ley, a losfuncionarios designados para el cumplimiento de susfunciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 09615 Inician procedimiento administrativo disciplinario a servidores de la Direc-ción Regional Lima y de diversos esta-blecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 347-2003-INPE/P Lima, 15 de mayo de 2003VISTO, el Informe Nº 021-2003-INPE-CPPAD de fe- cha 25 de marzo de 2003, de la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios del InstitutoNacional Penitenciario; CONSIDERANDO:Que, mediante Guía de Destino Nº 07591-2002- INPE-SG de fecha 29 de mayo de 2002 la SecretaríaGeneral del INPE, remite el Oficio Nº 0926-2002-INPE/OGA de la Oficina General de Administración, queadjunta la documentación relacionada con el incumpli-miento de rendición de cuentas por parte del servidorde la Dirección Regional Lima ENRIQUE HUMBERTOBALAREZO PAZ; Que, a través del Memorándum Nº 499-2002-INPE/ 11 de fecha 11 de junio de 2002, la Secretaría Generaldel INPE, remite el Informe Nº 0131-2002-INPE/07 defecha 3 de junio de 2002 elaborado por la Oficina Gene-ral de Asesoría Jurídica del INPE, relacionado con loshechos descritos precedentemente; Que, del análisis efectuado a los autos, se advierte que mediante Resolución Directoral Nº 003-2001-INPE/OGA de fecha 15 de octubre de 2001, se otorga al ser-vidor de la Dirección Regional Lima ENRIQUE HUM-BERTO BALAREZO PAZ, el importe de S/. 2,102.07Nuevos Soles para atender los gastos que ocasione eldesaduanaje y almacenaje de la donación procedentede la Confraternidad Carcelaria Internacional a favor delINPE, con la obligación de rendir cuenta documentada,entregándosele para tal efecto el Comprobante de PagoNº 2217 de fecha 16 de octubre de 2001 por el montoseñalado; Que, mediante Memorándum Nº 289-2001-INPE/ 11.03 y Nº 268-2001-INPE/OGA de fechas 14 y 26 denoviembre de 2001, se solicita al mencionado servi-dor la rendición de cuenta del monto asignado, quienpese haber recepcionado dichos Memorándums, norindió cuenta ni devolvió el dinero entregado, por loque mediante Resolución Directoral Nº 001-2002-INPE/OGA de fecha 14 de enero de 2002, se le aper-turó responsabilidad pecuniaria, a efectos del recupe-ro de los fondos del Estado; Que, se ha evidenciado que existen suficientes ele- mentos de juicio para determinar que el servidor de laDirección Regional Lima, ENRIQUE HUMBERTO BA-LAREZO PAZ, recibió el importe de S/. 2,102.07 NuevosSoles para el pago de desaduanaje y almacenaje de ladonación de la Confraternidad Carcelaria Internacional,que no rindió cuenta documentada en los plazos esta-blecidos, ni efectuó devolución alguna de dinero, inob-servando las disposiciones contenidas en la DirectivaNº 001-98-INPE/OFIN-ARC, Normas de Rendición deCuentas aprobada por Resolución de la Presidencia dela Comisión Reorganizadora Nº 334-98-INPE/CR-P ytransgrediendo lo señalado en los incisos a) y b) delartículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, por lo que haincurrido en las faltas administrativas disciplinarias con-templadas en los incisos a), f) y h) del artículo 28 delacotado dispositivo legal; Estando a lo Informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contándo-se con las visaciones de los Miembros del Consejo Na-cional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Ad-ministración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM yResolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional Peni-tenciario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario al servidor de la Dirección Regional Lima, EN-RIQUE HUMBERTO BALAREZO PAZ, Agente Peniten-ciario, Nivel Remunerativo STB, por los motivos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE,a efecto de que el servidor procesado presente su des-