Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2003 (23/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2003

- MORDAZA Najar MORDAZA, en su condicion de ex Gerente Subregional, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº 10. Hospital Regional de Pucallpa - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº 18. Direccion Regional Sectorial de Transportes, Comunicacion, Vivienda y Construccion de Ucayali. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Regional, Nivel F-5, respecto de la Observacion Nº 25. Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali. - Edwing MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en su condicion de ex Gerente Regional de Administracion, Nivel F-5, respecto de las Observaciones Nºs.: 28 y 29. Por la negligencia en sus funciones respecto del citado informe de Control, habiendo omitido por ende, sus deberes funcionales previstos en los incisos a) y d) del Articulo 21º del D.Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y consecuentemente incurso en la falta prevista en el Articulo 28 Inc. a). "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" e Inc. d) "la negligencia en el desempeno de funciones"; de la glosada ley, respectivamente. Que, de otro lado de conformidad a lo prescrito por el Art. 15 Inc. f) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria de la Republica; los informes efectuados como resultado de las acciones de Control, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas que MORDAZA recomendadas en dichos informes. Que, a su vez, el MORDAZA parrafo del Art. 11º de la indicada Ley Organica establece que cuando en el Informe respectivo se identifiquen responsabilidades MORDAZA estas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades instituciones y aquellas competentes de acuerdo a Ley adoptaran inmediatamente las acciones para el deslinde de la respectiva responsabilidad administrativa funcional y aplicacion de la correspondiente sancion. Que, de otro lado de acuerdo a lo previsto en el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, se considero falta disciplinaria a toda accion u omision voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el Articulo 28º y otros de la Ley y el reglamento. La comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente. Que, "la calificacion de la gravedad de la falta es atribucion de la autoridad competente o de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, segun corresponda conforme lo preceptua el Art. 152º del glosado Reglamento. Que, "el Articulo 163º del acotado Decreto Supremo prescribe que el servidor publico que incurre en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables. Que, segun el Art. 166º del Decreto Supremo en mencion, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario. Que, contandose con la visacion de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, y estando a lo prescrito en los Arts. 150º, 152º, 163º, 166º y 167º del D.S. Nº 00590-PCM; Resolucion Ejecutiva Regional Nº 306-2001CTAR-Ucayali-P; la Ley Nº 27783 y la Resolucion Suprema N° 032-2002-PRES.

Articulo Primero: Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALMEYDA¸ en su condicion de ex Director de Administracion, de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F-4, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGIDIO, en su condicion de ex Director Administrativo, de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, Nivel F-4, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Septimo.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA CELEMIAS LLANTO PINAN, en su condicion de ex Gerente Subregional de Padre MORDAZA - Aguaytia, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Octavo.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA NAJAR MORDAZA, en su condicion de ex Gerente Subregional de Padre MORDAZA - Aguaytia, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Noveno.- Aperturar por ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR Ucayali, MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director Ejecutivo del Hospital Regional de Pucallpa, Nivel F-5, por la negligencia en el desempeno de sus funciones en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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