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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2003 (24/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 244822 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de mayo de 2003 Horna y la Jefa de la misma Unidad: Teresa Reyes La Rosa, al haber incumplido con sus obligaciones estableci- das en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público” y Artículo 132º del D.S. Nº 005- 90-PCM; estando por tanto incursas a lo prescrito en el inciso d) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 6. Facturas de Proveedores no tienen actualizado el número de RUC. Incurre en presunta responsabilidad Administrativa a la ex Jefa de la Unidad de Contabilidad: Guadalupe Briceño Horna, la Jefa de la misma Unidad: Teresa Reyes La Rosa, el ex Jefe de la Unidad de Tesorería: Oscar Carvajal Maraví y el Jefe de la Unidad de Tesorería: Juan Salazar Soto, al haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público” y Artículo 132º del D.S. Nº 005-90-PCM; estan- do por tanto incursos a lo prescrito en el inciso d) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 7. Al 31 de diciembre del 2001 existen Rendiciones de Cuentas no Contabilizadas. Incurre en presunta responsabilidad administrativa al Director de la Oficina de Administración y Finanzas: Aquior Mendoza Mendoza, al haber incumplido con sus obligacio- nes establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público” estando por tanto incurso en lo prescrito en el inciso d) y l) del Art. 28º del indicado Decreto Legislativo. 8. Diferencia entre lo especificado en el Expediente Técnico y lo realizado en la obra “Construcción del óva- lo del Jr. Cusco y Habilitación de Veredas y Bancas del Parque El Carmen”. Asume presunta responsabilidad administrativa al ex Director de Desarrollo Urbano: Julio Gutiérrez Quintana, al ex Jefe de la División de Proyectos y Obras: Víctor Baltasar Ramos y al Supervisor de Obra: Alcides Guerra Morote al haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, estando por tanto incursos en lo pres- crito en los incisos a), d) y l) del Art. 28º del indicado Decre- to Legislativo. 9. La Cuenta Suministros de Funcionamiento al 31.12.01 por S/. 375,225.00, no ha sido conciliado con el Inventario Físico. Alcanza presunta responsabilidad administrativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad: Teresa Reyes La Rosa y al Director de la Oficina de Administración y Finanzas: Aquior Mendoza Mendoza, al no haber supervisado y mo- nitoreado el control de estas conciliaciones de conformi- dad con lo previsto en el Art. 43º del ROF y por haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los inci- sos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público” estando por tanto incursos en lo prescrito en el inciso d) y l) del Art. 28º del indicado Decreto Legislativo. 10. Cancelación de Comprobantes de Pago sin la adecuada Documentación Sustentatoria. Asume presunta responsabilidad administrativa al ex Jefe de la Unidad de Tesorería: Oscar Carvajal Maraví, por no cumplir con la normativa vigente y al Director de la Ofici- na de Administración y Finanzas: Aquior Mendoza Mendo- za, al no haber supervisado e incumpliendo ambos con sus obligaciones establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva y de Remuneraciones del Sector Público”, estando por tanto incursos en lo prescrito en el inciso d) y l) del Art. 28º del indicado Decreto Legislativo. 11. Las Cuentas por Cobrar al 31.12.01 por S/. 17’475,128.00, no se han Conciliado con lo reportado por la Oficina de Administración Tributaria. Alcanza presunta responsabilidad Administrativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad: Teresa Reyes La Rosa, al Director de la Oficina de Administración Tributaria: Luis Or- bezo Zamudio y al Director de la Oficina de Administración y Finanzas: Aquior Mendoza Mendoza, al haber incumplidocon sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, estando por tanto incursos a lo prescrito en el incisos a), d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 12. El Saldo de Depósitos en Garantía no Concilia con el Saldo según Auxiliar Estándar. Incurre en presunta responsabilidad Administrativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad: Teresa Reyes La Rosa, a la ex Jefa de la Unidad de Contabilidad: Guada- lupe Briceño Horna, y al Director de la Oficina de Admi- nistración y Finanzas: Aquior Mendoza Mendoza, al ha- ber incumplido con sus obligaciones establecidas en los incisos a), y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, estando por tanto incursos a lo pres- crito en el incisos d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 13. El Saldo de Caja por S/. 126,184.00, no se en- cuentra debidamente analizado. Por tanto le alcanza presunta responsabilidad Adminis- trativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad: Teresa Re- yes La Rosa, al haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, estando por tanto incursa a lo prescrito en el inciso d) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 14. Existen Saldos Pendientes de Rendición de Cuen- tas y/o Devolución. Le alcanza presunta responsabilidad administrativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad, Teresa Reyes La Rosa, al ex Jefe de la Unidad de Tesorería: Oscar Carvajal Maraví y al Jefe de la Unidad de Tesorería: Juan Salazar Soto, al haber incumplido con sus obligaciones estableci- das en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público”; estando por tanto incursos a lo prescrito en los incisos d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 15. Existen Saldos Pendientes por Analizar de las Cuentas por Cobrar. Incurre en presunta responsabilidad administrativa a la Jefa de la Unidad de Contabilidad, Teresa Reyes La Rosa, al haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los incisos a) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”; estando por tanto incursa a lo prescrito en los incisos d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 16. Diferencias entre lo especificado en el Expe- diente Técnico y lo realizado en obra: “Pavimentación de la Av. Belaunde Este, III Etapa”. Se infiere que les alcanza Responsabilidad Administra- tiva al Ing. Víctor Baltasar Ramos, Jefe de la División de Proyectos y Obras; al Arq. Julio Gutiérrez Quintana, ex Director de Desarrollo Urbano; así como a la Ing. Rosa Milagros Ascasibar Andrade, Supervisor de Obra, al haber incumplido con sus obligaciones establecidas en los inci- sos a), b) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”; estando por tanto dentro de lo estipu- lado en los incisos a), d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo. 17. Omisión de Solicitud del respectivo diseño de mezcla de la obra: Habilitación de la Av. El Parral y Cerco Perimétrico del I.S.T. Carlos Cueto Fernandini”. Incurren en presunta Responsabilidad Administrativa el Ing. Víctor Baltasar Ramos, ex Jefe de la División de Pro- yectos y Obras; al Arq. Julio Gutiérrez Quintana, ex Direc- tor de Desarrollo Urbano; así como al Ing. Alcides Guerra Morote, ex Supervisor de Obra, al haber incumplido con sus obligaciones como servidores públicos establecidas en los incisos a), b) y h) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276 - “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracio- nes del Sector Público”; estando por tanto dentro de lo estipulado en los incisos a), d) y l) del Art. 28º del acotado Decreto Legislativo.