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PÆg. 244877 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de mayo de 2003 CAPÍTULO II EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL CAPÍTULO III EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITALCAPÍTULO IV LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES ______________________________ Arts. 97° al 110° TÍTULO VIII LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL CAPÍTULO I DISPOSICIÓN GENERAL CAPÍTULO IILA PARTICIPACIÓN DE LOS VECINOS EN EL GOBIERNO LOCAL CAPÍTULO IIILOS DERECHOS DE CONTROL VECINAL A LOS GOBIERNOS LOCALES _____________________ Arts.111° al 122° TÍTULO IX LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIAS CAPÍTULO I LAS RELACIONES CON EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS REGIONALESCAPÍTULO II LAS RELACIONES ENTRE MUNICIPALIDADES CAPÍTULO IIILOS CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ______ Arts. 123° al 127° TÍTULO X LAS MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO Y LAS FRONTERIZAS CAPÍTULO ILAS MUNICIPALIDADES DE LOS CENTROS POBLADOS SUBCAPÍTULO ÚNICO LA CREACIÓN, LAS AUTORIDADES,LAS LIMITACIONES Y LOS RECURSOS CAPÍTULO II LAS MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS SUBCAPÍTULO ÚNICO DEFINICIÓN, PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN ______________________ Arts. 128° al 138° TÍTULO XI LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPALEN ZONAS RURALES CAPÍTULO ÚNICO DEFINICIÓN, COMPETENCIAS Y ACCESO ALPROGRAMA DE DESARROLLO DE MUNICIPIOS UBICADOS EN ZONAS RURALES ____________ Arts. 139° al 147° TÍTULO XII LA TRANSPARENCIA FISCAL Y LA NEUTRALIDAD POLÍTICA CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES _______________ Arts. 148° al 150° TÍTULO XIII LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II EL CONCEJO METROPOLITANOCAPÍTULO III LA ALCALDÍA METROPOLITANA CAPÍTULO IVLAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES METROPOLITANAS ESPECIALESCAPÍTULO V LA ASAMBLEA METROPOLITANA CAPÍTULO VILOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO METROPOLITANO CAPÍTULO VIILAS RENTAS METROPOLITANAS ESPECIALES _ Arts. 151° al 166° DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TÍTULO PRELIMINAR ARTÍCULO I.- GOBIERNOS LOCALES Los gobiernos locales son entidades básicas de la or- ganización territorial del Estado y canales inmediatos departicipación vecinal en los asuntos públicos, que institu- cionalizan y gestionan con autonomía los intereses pro-pios de las correspondientes colectividades; siendo ele-mentos esenciales del gobierno local, el territorio, la pobla-ción y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, conpersonería jurídica de derecho público y plena capacidadpara el cumplimiento de sus fines. ARTÍCULO II.- AUTONOMÍALos gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú es- tablece para las municipalidades radica en la facultad deejercer actos de gobierno, administrativos y de administra-ción, con sujeción al ordenamiento jurídico. ARTÍCULO III.- ORIGENLas municipalidades provinciales y distritales se origi- nan en la respectiva demarcación territorial que aprueba elCongreso de la República, a propuesta del Poder Ejecuti-vo. Sus principales autoridades emanan de la voluntadpopular conforme a la Ley Electoral correspondiente. Las municipalidades de centros poblados son creadas por ordenanza municipal provincial. ARTÍCULO IV.- FINALIDAD Los gobiernos locales representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públicoslocales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de sucircunscripción. ARTÍCULO V.– ESTADO DEMOCRÁTICO, DESCEN- TRALIZADO Y DESCONCENTRADO La estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estadodemocrático, unitario, descentralizado y desconcentrado,con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país. En el marco del proceso de descentralización y confor- me al criterio de subsidiariedad, el gobierno más cercano ala población es el más idóneo para ejercer la competenciao función; por consiguiente el gobierno nacional no debeasumir competencias que pueden ser cumplidas más efi-cientemente por los gobiernos regionales, y éstos, a suvez, no deben hacer aquello que puede ser ejecutado porlos gobiernos locales. ARTÍCULO VI.- PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECO- NÓMICO LOCAL Los gobiernos locales promueven el desarrollo econó- mico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa,a través de planes de desarrollo económico local aproba-dos en armonía con las políticas y planes nacionales yregionales de desarrollo; así como el desarrollo social, eldesarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivascircunscripciones. ARTÍCULO VII.- RELACIONES ENTRE LOS GOBIER- NOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL El gobierno en sus distintos niveles se ejerce dentro de su jurisdicción, evitando la duplicidad y superposición defunciones, con criterio de concurrencia y preeminencia delinterés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del prin-cipio de subsidiariedad. ARTÍCULO VIII.- APLICACIÓN DE LEYES GENERA- LES Y POLÍTICAS Y PLANES NACIONALES Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y dispo- siciones que, de manera general y de conformidad con laConstitución Política del Perú, regulan las actividades yfuncionamiento del Sector Público; así como a las normastécnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a lossistemas administrativos del Estado que por su naturalezason de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes naciona-les, regionales y locales de desarrollo. ARTÍCULO IX.- PLANEACIÓN LOCALEl proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con susvecinos. En dicho proceso se establecen las políticas pú-blicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias