Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2003 (08/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de noviembre de 2003

Peru S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 8 al 10 de noviembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1589-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Calmell MORDAZA Varisco, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 8 al 10 de noviembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido integramente cubierto por la empresa Taca Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 4850 y 4851, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 28.24

considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, el Departamento de Transporte Aereo de los Estados Unidos de MORDAZA, ha designado a MORDAZA AIRLINES, INC., para realizar Servicios de Transporte Aereo Regular Internacional de carga; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA AIRLINES, INC., de conformidad a los instrumentos internacionales vigentes, Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (4) anos contado a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS Y FRECUENCIAS: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - ATLANTA ­ MORDAZA Y VV., hasta siete (7) frecuencias semanales. CODIGO COMPARTIDO CELEBRADO CON AEROVIAS DE MEXICO S.A. de C.V.: - MEXICO D.F. ­ MORDAZA Y VV., hasta tres (3) frecuencias semanales. MATERIAL AERONAUTICO: - Boeing B-757. - Boeing B-767. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional de Atlanta, MORDAZA, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a MORDAZA AIRLINES, INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, en los casos que MORDAZA AIRLINES, INC., realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/ o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4°.- MORDAZA AIRLINES, INC., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea.

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20537

Otorgan permiso de operacion a MORDAZA Airlines Inc. para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 241-2003-MTC/12
MORDAZA, 24 de octubre del 2003 Vista la solicitud de MORDAZA AIRLINES, INC., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 2003-012480 del 17 de junio del 2003, MORDAZA AIRLINES, INC., solicita la renovacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo otorgado por Resolucion Directoral Nº 074-98-MTC/15.16 del 18 de junio de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 003-2002-MTC/15.16 del 14 de enero del 2002; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0320-2003MTC/12.OAL emitido por la Oficina de Asesoria Legal, de conformidad con el Articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, corresponde dar al documento anteriormente senalado, el tramite de una solicitud de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos del Memorandum N° 03202003-MTC/12.OAL emitido por la Oficina de Asesoria Legal, Memorandum N° 1517-2003-MTC/12.04 emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; y, Memorandum Nº 3662003-MTC/12 emitido por la Asesora de Politica Aerea; se

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