TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de noviembre de 2003 Que, de los informes estadísticos remitidos por los Juzga- dos Penales Especiales de Lima, aparece que próximamenteconsiderable cantidad de procesos se elevaría a la Sala PenalEspecial para la continuación de su trámite, siendo indispensa-ble que este Órgano de Gobierno adopte la decisión correspon-diente, a fin de que la administración de justicia sea oportuna; Que, actualmente el Poder Judicial confronta dificulta- des económicas que impiden crear mayor número de ór-ganos jurisdiccionales, incluyendo al respectivo personaladministrativo, equipos y mobiliario; Que, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial adoptar medidas necesarias para que las dependen-cias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia,conforme lo establece el inciso 26º del artículo 82º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atri- buciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- A partir del día siguiente de la publi- cación de la presente resolución la Sala Penal Especial de laCorte Superior de Justicia de Lima estará conformada por doscolegiados: "Sala A" y "Sala B", con tres Vocales cada una. Para su funcionamiento administrativo será de aplica- ción lo previsto en el artículo tercero de la Resolución Ad-ministrativa Nº 194-2002-CE-PJ, su fecha 20 de diciembredel 2002, en lo que sea pertinente. Artículo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima incorpore dos VocalesSuperiores a la mencionada Sala Penal Especial y desig-ne a sus integrantes. Artículo Tercero.- El ingreso de causas a ambos colegiados se efectuará empleando el sistema aleatorio,para lo cual contará con Mesa de Partes Única; y, en tantose implemente dicho sistema, seguirá el trámite actual. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Infor- mática de la Gerencia General del Poder Judicial, en brevetérmino, implemente el sistema aleatorio a que se refiereel artículo precedente. Artículo Quinto.- Las áreas de apoyo administrativo y jurisdiccional continuarán funcionando con las caracte-rísticas vigentes. Artículo Sexto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima en coordinación con el Gerente Generaldel Poder Judicial adoptará las acciones necesarias, parael adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Séptimo.- Transcríbase la presente resolución a la Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Presi-dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, GerenciaGeneral del Poder Judicial, y a la Sala Penal Especial deLima, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADOWÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZEN JOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 20555 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G64/G6F/G72/G65/G73 /G64/G65/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO Nº 059-2003 Lima, 6 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene por finalidad preservar la estabilidad monetaria;Que, para el cumplimiento de la referida función la Ge- rencia de Estudios Económicos tiene entre sus objetivospropender al Directorio, al Presidente y al Gerente Gene-ral, los estudios e informaciones necesarias para que laspolíticas del Banco y su entorno macroeconómico permi-tan la consecución de la estabilidad monetaria; Que en tal sentido, se considera necesaria la participación de la entidad en La VIII Reunión Anual de la Red de Investiga- dores de Bancos Centrales Iberoamericanos , organizada por el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos - CEMLA,que se llevará a cabo en la ciudad de Caracas, Venezuela,entre el 12 y el 14 de noviembre, para lo cual han cursado lainvitación correspondiente a este Banco Central; De conformidad, por lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acorda-do el Directorio en su sesión de fecha 16 de octubre de 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Shirley Miller Lira y de los señores Diego Winkelried Quezada yGonzalo Llosa Velásquez, de la Gerencia de Estudios Eco-nómicos, a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 11 al 14de noviembre, a fin de intervenir en el certamen indicadoen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 1097,43 Viáticos US$ 2400,00 Tarifa única de aeropuerto US$ 84,72 -------------------- Total US$ 3582,15 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 20487 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G61/G67/G75/G61/G79 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 376-2003-CG Lima, 5 de noviembre de 2003 VISTOS; los Facsímiles DDO Nº 002/2003 y DDO/NE Nº 011/03 del 30 de setiembre y 4 de noviembre del 2003,respectivamente; la Nota C.G.R Nº 6207 del 27 de octubredel 2003 de la Contraloría General de la República del Para-guay; así como la Hoja Informativa Nº 22-2003-CG/CT del 4de noviembre de 2003, de la Gerencia de Cooperación Téc-nica de la Contraloría General de la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República del Para- guay de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.535/99, dentro de los cuatro meses posteriores a la fecha depresentación del Informe anual del Poder Ejecutivo, debeponer a consideración del Congreso Nacional, un informey dictamen sobre el mismo, de conformidad con las nor-mas de auditoría generalmente aceptadas; Que, en dicho contexto y en el marco de la carta cons- titutiva de la Organización Latinoamericana y del Caribede Entidades Fiscalizadoras Superiores - OLACEFS; asícomo del Convenio de Cooperación Técnica suscrito entrelas Entidades Fiscalizadoras Superiores del Perú y del Pa-raguay, la Contraloría General de la República del Para-guay ha solicitado la cooperación de la Contraloría Gene-ral de la República del Perú para el fortalecimiento del pro-ceso de elaboración del Dictamen e Informe Anual que debepresentar al Congreso Nacional del Paraguay; para lo cualrequieren contar con un funcionario de este Organismo Su-perior de Control, con amplia experiencia y especializa-ción en la elaboración de informes de dicha naturaleza;