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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de noviembre de 2003 ción y gestión que competa a su especialización, debiendo cumplir además las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las señaladas en los conside- randos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Capitán de Navío Cesar Eduardo Joaquín PRADA Ugás, para que preste servicios como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004. Que, el nombramiento referido en los considerandos anteriores, así como las funciones inherentes al mismo, redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional e Insti- tucional; y, De conformidad a Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciem- bre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitán de Navío Cesar Eduardo Joaquín PRADA Ugás, CIP. 00754754, para que preste servicios como Agregado Na- val Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda- da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina que- da facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exceder el período total estableci- do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21404 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1697-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º Inciso (f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementación de políticas y acuer- dos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí- tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec- tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico, así como también entre los objetivos estratégicos generales y políticas del Sector Defensa, con- sidera la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple- mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera- les destinados a garantizar la defensa regional y la seguri- dad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el marco del accionar conjunto e interope- rativo, en observancia de los estándares internacionales en la misión constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia mi- litar han sido diseñados por la Organización de las Nacio- nes Unidas y la Organización de Estados Americanos, re-viste importancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad He- misférica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructura- ción Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Reso- lución Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí- tica Exterior en relación a la Defensa Nacional” en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un siste- ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de aus- teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducido al mínimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Subalterno para que presten servicios en las Agregadurías de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respec- tivo dependen del Jefe de Misión y actúan como aseso- res de éste, en toda negociación y gestión que compe- ta a su especialización, debiendo cumplir además las instrucciones que les impartan, entre las que deben des- tacarse las señaladas en los considerandos preceden- tes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Oficial de Mar 2º César Augusto PINEDA Falcón, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2004; Que, el nombramiento referido en el considerando an- terior, así como las funciones inherentes al mismo, redun- darán en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucio- nal; y, De conformidad a la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciem- bre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ofi- cial de Mar 2º César Augusto PINEDA Falcón, CIP. 03802978, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2004. Artículo 2º.- El Oficial de Mar revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda- da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina que- da facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exceder el período total estableci- do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21405 ECONOMÍA Y FINANZAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G71/G75/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G76/G65/G6E/G64/G72/GE1/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G73/G20/G62/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G76/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G6F/G62/G6C/G65/G69/G6D/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G76/G65/G6E/G69/G72/G20/G65/G76/G61/G73/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D/G72/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 663-2003-EF/10 Lima, 17 de noviembre de 2003