Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2003 (18/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de noviembre de 2003

cion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Mision Diplomatica al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios como Agregado MORDAZA Adjunto a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004. Que, el nombramiento referido en los considerandos anteriores, asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; y, De conformidad a Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00754754, para que preste servicios como Agregado MORDAZA Adjunto a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004. Articulo 2º.- El citado Oficial Superior revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la mision diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21404 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1697-2003-DE/MGP MORDAZA, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, articulo 4º Inciso (f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico, asi como tambien entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, considera la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la defensa regional y la seguridad hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, re-

viste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Subalterno para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Oficial de Mar 2º MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2004; Que, el nombramiento referido en el considerando anterior, asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; y, De conformidad a la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Oficial de Mar 2º MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03802978, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El Oficial de Mar revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la mision diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21405

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan representantes del ministerio que intervendran en la negociacion de convenios bilaterales para evitar doble imposicion y prevenir evasion tributaria con Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 663-2003-EF/10 MORDAZA, 17 de noviembre de 2003

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