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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de noviembre de 2003 leo crudo (método electrométrico). 2ª Edición Reemplaza a la NTP 321.046:1983 NTP 399.611:2003 UNIDADES DE ALBAÑILERÍA. Adoquines de concreto para pavi-mentos. Requisitos. 1ª Edición Reemplaza parcialmente a la NTP 339.124:1988 NTP 399.607:2003 UNIDADES DE ALBAÑILERÍA. Especificación normalizada deagregados para mortero de alba-ñilería. 1ª Edición NTP 399.608:2003 UNIDADES DE ALBAÑILERÍA. Especificación normalizada paraagregados de grout de albañilería.1ª Edición NTP 241.030:2003 CALZ ADO. Determinación de la re- sistencia de la unión corte/firme yentre las capas. 1ª Edición NTP 241.028:2003 C ALZADO. Punteras de calzado de seguridad y calzado de protección. Resistencia al impacto. 1ª Edición Reemplaza parcialmente a la NTP 350.063:1989, el punto 7.3. NTP 241.029:2003 C ALZADO. Punteras de calzado de seguridad y calzado de protección. Determinación de la longitud in- terna. 1ª Edición NTP 342.028:2003 COBRE Y ALEACIONES DE CO- BRE. Estado de tratamiento o tem-ple. Clasificación y designación. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 342.028:1975 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Téc- nicas Peruanas: NTP-ISO 14050:1999 GESTIÓN AMBIENTAL - VOCABU- LARIO NTP 321.046:1983 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Deter- minación del contenido de sales enpetróleo crudo NTP 339.124:1988 ADOQUINES DE CONCRETO (HORMIGÓN) PARA PAVI-MENTOS. Requisitos y métodos deensayo NTP 350.063:1989 PUNTERAS PARA CALZADO DE SEGURIDAD NTP 342.028:1975 COBRE Y SUS ALEACIONES. Temple. Definiciones y designa-ciones Con la intervención de los señores miembros: Fabián No- vak, Augusto Ruiloba, Julio Paz Soldán y José Dajes. FABIÁN NOVAK TALAVERA Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 21930 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G70/G69/G61/G73 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN Nº 3550-2003/CCO-ODI-ULI MATERIA : NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE DE LA COMISIÓN DELEGADA DEPROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN LA UNIVERSIDAD DE LI- MA AUTORIZADO PARA LA CERTIFICA-CIÓN DE COPIAS Lima, 4 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI, aprobadopor Decreto Supremo Nº 014-2002-ITINCI y los artículos55º, 127º y 128º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, es derecho de los administrados obtener copias de los documentos contenidos en los expedientes de losprocedimientos administrativos; siendo potestad de la au-toridad administrativa dar fe de la autenticidad de dichosdocumentos; Que sobre la base del principio de desconcentración de los procesos decisorios, contemplado en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entida-des de la Administración Pública pueden delegar sus com-petencias en los funcionarios y servidores ejecutivos, conel objeto de que un mayor número de estos últimos, pue-dan atender, tramitar y resolver las cuestiones que les sean sometidas por los interesados; Que debido a la elevada carga procesal vigente, la Co- misión ha considerado conveniente designar al señor Ren-zo Alfredo Canalle Paz como representante adicional parala legalización de los documentos referidos en el conside-rando precedente; Que en uso de sus atribuciones y de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27444, el Decreto Ley Nº 25868, elDecreto Legislativo Nº 807 y la Ley Nº 27809, Ley Generaldel Sistema Concursal; SE RESUELVE: Primero.- Designar al señor Renzo Alfredo Canalle Paz como representante autorizado de la Comisión Delegadade Procedimientos Concursales de la Oficina Descentrali-zada del INDECOPI en la Universidad de Lima para la cer-tificación de las copias a que se refieren los artículos 55º, 127º y 128º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Adminis- trativo General y el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos - TUPA del INDECOPI, para la certificación delas copias de cualquier documento que obre en los archi-vos de la Comisión, a partir de la publicación de la presenteResolución. Segundo.- Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervención de los señores Amanda Velásquez de Rojas, Fernando Tori Tori, Percy Castle Alvarez-Masa,Gustavo Villegas del Solar y Sergio Espinosa Chiroque. AMANDA VELÁSQUEZ DE ROJAS Presidenta 21920 OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G50/G6C/G61/G6E/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G41/G64/G75/G6C/G74/G61/G73/G4D/G61/G79/G6F/G72/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 149-2003-JF/ONP Lima, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº26323, se crea la Oficina de Normalización Previsio- nal - ONP, quien asume la función de administrar el Siste-ma Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a quese refiere el Decreto Ley Nº19990, así como de otros regí-menes previsionales administrados por el Estado;