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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de noviembre de 2003 referente al Proyecto de Ordenanza presentado por la Ge- rencia de Rentas, mediante el cual se establece el marco legal del régimen tributario y los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudada-na para ser aplicados en la Jurisdicción del distrito de Lincepara el ejercicio 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el Art. II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía políti-ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modifi- car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias yderechos municipales; Que, el Concejo Distrital de Lince, ejerce su función normativa, entre otros dispositivos, a través de sus Orde-nanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con el establecido el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitu- ción Política del Perú; Que, el numeral 9) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, dispone quecorresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, supri-mir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el DecretoSupremo Nº 135-99-EF establece que los gobiernos loca-les pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbi-trios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señale la Ley; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el régimen tributario aplicable a los arbitrios de limpieza pú-blica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejer-cicio 2004, a fin de facilitar su administración y garantizaruna eficaz distribución entre los contribuyentes, de confor- midad con el Artículo 69° de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo N° 776 y su modificatoriaArt. 1° de la Ley Nº 26725, se aprobarán los criterios dedeterminación de las tasas o los importes de los arbitriosque resulten aplicables al ejercicio; Que, resulta necesario establecer los importes de los arbitrios para el ejercicio 2004; tomando en consideración como sustento los lineamientos establecidos por las Reso-luciones Nºs. 008 y 009-2003-CAM-INDECOPI y la Senten-cia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N°918-2002, por recomendación de la Municipalidad Metro-politana de Lima; Estando a lo expuesto el Informe Nº 184-2003-MDL-GR de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 353-2003-GAJ-MDL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidadcon lo establecido en el Artículo 9º Inc. 8) y Artículo 40º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANI-MIDAD y con la Dispensa del trámite de lectura y Aproba- ción del Acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MARCO LEGAL DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL EJERCICIO 2004 Artículo 1º.- OBJETIVOS Establecer en la Jurisdicción de Lince el marco legal delrégimen tributario y los importes de los arbitrios de Limpie-za Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. Artículo 2º.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de alcance de todos los con- tribuyentes del distrito de Lince. Artículo 3º.- DEFINICIONES Para efecto de aplicación de la presente Ordenanza se entenderá por: A) PREDIOToda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o te- rreno ubicado dentro de la jurisdicción del distrito de Lince. No se consideran predios los estacionamientos, depósitos, tendales y aires independizados que formen parte accesoria ala unidad inmobiliaria del departamento en edificio. B) CONTRIBUYENTE Son contribuyentes los propietarios o poseedores de los predios; así como los conductores de kioscos y módulosreconocidos y autorizados por la Municipalidad de Lince, que ocupan la vía pública, según la obligación establecida en el Art. 7º de la presente Ordenanza. C) ARBITRIOSSon las tasas que se pagan por la prestación o mante- nimiento de un servicio público. C.1) ARBITRIO DE LIMPIEZA PÚBLICA Arbitrio que consiste en la limpieza y barrido de calles, plazas y parques, recolección, transporte descargue y trans-ferencias de los desperdicios sólidos y maleza de los pre- dios. Incluyéndose lo referido a la disposición final de los residuos sólidos y desperdicios de maleza en lugares auto-rizados. C.2) ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Arbitrio que consiste en el mantenimiento, riego, recu- peración, implementación, mejoras y embellecimiento deparques y jardines de uso público. C.3) ARBITRIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Arbitrio que consiste en el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública, protección civil y atención deemergencias en procura de la Seguridad Ciudadana. Artículo 4º.- JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE LA DETER- MINACIÓN DE LOS ARBITRIOS De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº776 y su modificatoria por Ley Nº 26725, los importes apro-bados en la presente Ordenanza han sido calculados en fun-ción al costo efectivo del servicio a prestar, según se detallaen el informe técnico que como Anexo I forma parte inte- grante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN Anualmente mediante ordenanza y de conformidad con el artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobadapor Decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria artículo 1° de la Ley Nº 26725, se aprobarán los criterios de deter- minación de las tasas o los importes de los arbitrios queresulten aplicables al ejercicio, tomando en consideraciónel costo total que demanda la prestación de los serviciosde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciu-dadana. Se fijan como criterios de distribución de los arbitrios Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciuda-dana, considerando lo dispuesto por el Tribunal Constitu-cional, la Defensoría del Pueblo, los lineamientos y crite-rios establecidos en las Resoluciones N° 008 y 009-2003-CAM-INDECOPI: a) Área techada del predio. b) Generación de desperdicios sólidosc) Uso del prediod) Ubicación del predio con referencia a las áreas ver- des del distrito e) Zonificación f) Valor del predio Artículo 6º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El monto recaudado por los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad Distrital de Lince. El rendimiento de los mencionados arbitrios será desti- nado exclusivamente a financiar el costo de los serviciosde limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciuda-dana. Artículo 7º.- OBLIGACIÓN CONTRIBUTIVA Los propietarios de los predios, en calidad de contribu- yentes están en la obligación de pagar los arbitrios regula-dos en la presente Ordenanza, así se encuentren desocu- pados o cuando cedan su uso a un tercero bajo cualquier título o modalidad. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, la calidad de contribuyente la asumirá el po-seedor del predio. Los conductores de kioscos y módulos reconocidos y autorizados por la Municipalidad de Lince, que ocu- pan la vía pública, tienen la calidad de contribuyentesdel arbitrio de Limpieza Pública, por ser usuarios de di-cho servicio.