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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de noviembre de 2003 encargado de llevar a cabo el Concurso Público Nº 001- 2003-MPC-CE: Servicio de Despistaje de Cáncer al Cuello Uterino (Papanicolau); Que, con fecha 18 de noviembre de 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Declaración de Desierto de laPrimera Convocatoria del Concurso Público Nº 001-2003-MPC-CE, debido a que no concurrieron al acto público depresentación y apertura de propuestas el número mínimo de postores requeridos, de conformidad a lo establecido en el artículo 32º de la Ley Nº 26850; Que, mediante publicación efectuada el 18 de noviem- bre de 2003, en el Diario Oficial El Peruano, se comunica laSegunda Convocatoria del Concurso Público Nº 001-2003-MPC-CE: Servicio de Despistaje de Cáncer al Cuello Uteri- no (Papanicolau); Que, de la revisión del aviso de convocatoria se aprecia que no se ha cumplido con los supuestos establecidos enlos Artículos 57º y 76º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM; Que, en consecuencia, es necesario que el Titular del Pliego proceda a declarar de oficio la nulidad del procesode selección al haberse configurado las causales estable-cidas en el párrafo precedente, de conformidad a lo esta-blecido en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades esta- blecidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali-dades concordante con la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Nulidad de lo actuado en el Concurso Público Nº 001-2003-MPC-CE: Servicio de Despis-taje de Cáncer al Cuello Uterino (Papanicolau) - Segunda Convo-catoria; en consecuencia, RETROTRAER el proceso de selec- ción materia de autos, a la etapa de convocatoria, por las razones expuestas en la fundamentación de la presente resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado (CONSUCODE). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 21738 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/GE1/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G79/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G61/G20/G45/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G65/G20/G49/G6E/G6D/G6F/G62/G69/G2D/G6C/G69/G61/G72/G69/G61/G73/G2C/G20/G48/G69/G64/G72/G61/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G50/G65/G74/G72/G6F/G70/G65/G72/GFA ACUERDO DE CONCEJO Nº 0222-2003-MPS Chimbote, 13 de noviembre del 2003 El Concejo Provincial del Santa, en Sesión Extraordi- naria de fecha 12 de noviembre del 2003; POR CUANTO:VISTOS: Los Informes emitidos por la Oficina de Ase- soría Legal Nº 1107-03-OAL-MPS, por la Oficina de Rentas Nº 057-03-OR-MPS y por la Oficina de Planificación y Pre- supuesto Nº 226-2003-OPYP-MPS; y, CONSIDERANDO: Que, corresponde a las Municipalidades, asumir las com- petencias y ejercer las funciones que les confiere la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad con lo dispuesto con el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, eslegalmente válido disponer, por excepción, la contratación de Servicios Personalísimos, cumpliendo al efecto las for- malidades exigidas por Ley;Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0170-2003-MPS, de fecha 30 de julio del año en curso, se aprobó la exonera- ción del proceso de selección para la contratación de una persona jurídica que se encargará de los Servicios de Ase-soría y Fiscalización a Entidades Financieras, EntidadesInmobiliarias, la empresa Hidrandina S.A. y Petroperú; Que, mediante Oficio Nº E-376-2003(GTN/MON), CONSU- CODE ha solicitado al Titular del Pliego de esta Municipalidad que se adopten las acciones que correspondan respecto a ciertas observaciones formuladas, a cuyo efecto se ha propuesto enSesión Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de noviembre del2003 precisar el Acuerdo de Concejo Nº 0170-2003-MPS; Que, mediante Informe de la Oficina de Asesoría Legal Nº 1107-03-OAL-MPS, se ha emitido opinión favorable en relación a las características o cualidades particulares con que cuenta la persona jurídica: OINTRA S.A.C., la misma que desarrollará losservicios a que se refiere el tercer considerando de este Acuerdo; Que, de conformidad con el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, pu-blicada en el Diario Oficial El Peruano el 7.7.2001, se dispone que en la parte resolutiva del instrumento de exoneración se debe precisar, entre otros extremos, el valor referencial, así como lafuente de financiamiento del objeto de exoneración; Estando a lo dispuesto y en uso de las atribuciones con- feridas en los Artículos 9º y 20º numeral 3) de la Ley Orgá-nica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el voto en MAYORÍA de los señores Regidores; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Precisar que la contratación de la persona jurídica que se encargará de los Servicios de Ase- soría y Fiscalización para la cobranza a Entidades Finan- cieras, Entidades Inmobiliarias, Hidrandina S.A. y Petrope-rú, dispuesta por Acuerdo de Concejo Nº 0170-2003-MPS,será la empresa OINTRA S.A.C. y dicha contratación serápor el lapso de noventa (90) días calendario. Artículo Segundo.- Definir el valor referencial, ascen- dente a la suma de hasta S/. 549,780.00 (Quinientos Cua- rentinueve Mil Setecientos Ochenta y 00/100 nuevos so-les), lo que representa el 21% más I.G.V. del monto máxi-mo a recuperar. Artículo Tercero.- Precisar como Fuente de Finan- ciamiento: 08 - Otros Impuestos Municipales y 09 - Recur- sos Directamente Recaudados, y como Asignación Presu- puestal las Partidas Específicas 1.1.2.001, 1.1.2.002,1.2.4.012 y 1.7.1.012. Definir como Asignación Presupues-tal para el pago de los servicios, la Partida Específica5.3.11.39 - Otros Servicios de Terceros. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ESTUARDO DÍAZ DELGADO Alcalde 21945 /G53/G45/G50/G41/G52/G41/G54/G41/G53/G20/G45/G53/G50/G45/G43/G49/G41/G4C/G45/G53 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 540-2003-SUNARP/SN REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE PREDIOS Mediante Oficio Nº 2940-2003-SUNARP/SG la Superin- tendencia Nacional de los Registros Públicos solicita sepublique Fe de Erratas del Reglamento de Inscripcionesdel Registro de Predios, aprobado por Resolución Nº 540- 2003-SUNARP/SN, publicada en Separata Especial el 21 de noviembre de 2003. En la Primera Disposición Complementaria y Final.DICE: "El presente reglamento comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no". DEBE DECIR: "El presente reglamento comenzará a regir a partir del 19 de enero de 2004". 21780