Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2003 (26/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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PROYECTO

MORDAZA, miercoles 26 de noviembre de 2003

Evaluacion de las solicitudes de calificacion de fuerza mayor
I. OBJETIVO: Establecer los criterios basicos que se emplearan para la evaluacion de las solicitudes de calificacion de fuerza mayor que son presentadas por las empresas concesionarias ante variaciones de las condiciones del suministro electrico. II. ALCANCE: La presente directiva regira obligatoriamente para todas las empresas concesionarias que presten servicio publico de electricidad III. BASE LEGAL Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas - articulo 87º. Codigo Civil articulos 1315º y 1317º. Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-97-EM, articulo 169º. MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-97-EM, Tercera Disposicion Final. Decreto Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 1. TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Principios Los principios que se aplican para la evaluacion de calificacion como causa de fuerza mayor es que el evento que ocasiono la variacion de las condiciones del suministro electrico, sea de naturaleza imprevisible, irresistible, extraordinaria y ademas externa a la propia instalacion. Asi tambien, se considerara en la evaluacion la frecuencia de ocurrencia de dichos eventos y su incidencia en la operacion de las instalaciones afectadas. En tal sentido, al evaluar la calificacion de un hecho como causa de fuerza mayor se analizara la duracion de la variacion y si el caso lo amerita, podra diferenciar el motivo de la interrupcion del motivo de la duracion. 1.2 Forma de MORDAZA de las Solicitudes de Calificacion de Fuerza Mayor Las solicitudes de calificacion de fuerza mayor deberan ser remitidas al OSINERG dentro de las 48 horas siguientes de producida la variacion transitoria de las condiciones del suministro electrico. Dicha comunicacion debera hacerse efectiva en forma escrita via Mesa de Partes senalandose expresamente la calificacion como causa de fuerza mayor. Sin perjuicio de ello, estas podran ser enviadas via fax. En el caso que el plazo mencionado, coincida con dias no laborables, la solicitud debera ser remitida el primer dia habil siguiente al evento. Las solicitudes de calificacion de Fuerza Mayor deberan incluir como minimo: 1.3 La fecha y hora de inicio de la interrupcion. Descripcion breve de los hechos que motivaron la interrupcion, con indicacion de las instalaciones afectadas. La fecha y hora de la reposicion total del suministro de energia electrica, solo en el caso que sea aplicable. Indicacion de los lugares y sectores afectados por la variacion de las condiciones del suministro; asimismo, se debe senalar ademas el distrito y provincia al cual pertenecen. La tipificacion del evento que origino la interrupcion, de acuerdo a lo establecido en el Titulo Segundo.

Declaracion de Improcedente Se declarara improcedente una solicitud de calificacion de fuerza mayor en los siguientes casos: a) Cuando la solicitud MORDAZA sido entregada fuera del plazo previsto en el numeral 1.2 de la presente Directiva. b) En las interrupciones originadas por deficiencias en las instalaciones de otros Concesionarios.

1.4

Declaracion de Infundada Se declarara infundada una solicitud de calificacion de fuerza mayor en los siguientes casos: a) En los casos que la empresa Concesionaria no entregue la totalidad de la documentacion probatoria en el plazo establecido para tal fin. b) En los casos de comprobarse fraude o falsedad en la documentacion probatoria presentada.

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