Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (02/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G33/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de octubre de 2003 de Desvíos debidamente actualizada otorgada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. LaTabla de Desvíos debe ser corregida cada vez que: 24.1.1 La embarcación efectúe modificaciones es- tructurales o realice Carena (naves de acero). 24.1.2 La embarcación permanezca amarrada a muelle o varada por espacio de un mes o más. 24.1.3 Si el compás es movido de su ubicación. 24.1.4 Si se altera la posición de los correctores mag- néticos. 24.2 LUCES Y SEÑALES: Luces y Señales de acuer- do al Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes1972. 24.3 LINTERNA ESTANCA: Una (1) Linterna Estan- ca de mano a pilas con capacidad para hacer señalesMorse y un (1) farol de kerosene o similar, ambos concapacidad para hacer señales en caso de emergencia. 24.4 EQUIPOS DE COMUNICACIONES: Para las embarcaciones de un arqueo bruto mayor de 10.00 has-ta 20.00, un (1) Equipo de Radio, Transmisor Receptorde frecuencias VHF. Las Embarcaciones que operen másallá de las 15 millas tendrán además un Equipo de Co-municaciones de frecuencia HF. 24.5 ELEMENTO SONORO: Un (1) Elemento sono- ro autónomo de al menos 100 dB de sonoridad paraseñales en caso de niebla, de acuerdo al ReglamentoInternacional para Prevenir Abordaje 1,972. Artículo 25º.- DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO 25.1 RADIO BALIZA: Una Radio Baliza la Localiza- ción de Siniestro de 406 MHZ, debiendo contar ademáscon su respectivo certificado vigente otorgado por laAutoridad Marítima; excepto las embarcaciones queestán autorizadas a operar solo dentro de las 15 millasdel litoral. 25.2 BALSA SALVAVIDAS: Las Embarcaciones de arqueo bruto mayor de 10.00 y hasta de 20.00, que porla naturaleza de sus operaciones se alejen mas allá delas veinte (20) millas de Costa llevarán una Balsa Salva-vidas Inflable con capacidad para el 100% de la dotaciónde la Embarcación de acuerdo a las características delanexo “F” 25.3 CHALECOS SALVAVIDAS: Chalecos Salvavi- das para el 100% de la tripulación y pasajeros, que cum-plan con los requisitos señalados en el anexo “B” de laspresentes normas. 25.4 AROS SALVAVIDAS: Cada nave llevará por lo menos un (1) aro salvavidas, que cumpla con los requi-sitos señalados en el anexo “C” de las presentes nor-mas. 25.5 PAQUETE DE SUPERVIVENCIA: Llevarán un (1) paquete de supervivencia cuyo contenido se indicaen el anexo “D” de las presentes normas. 25.6 BOTIQUÍN DE EMERGENCIA: Llevarán un (1) botiquín de emergencia cuyo contenido se indica en elanexo “E” de las presentes normas. 25.7 SEÑALES DE SOCORRO: Las embarcaciones llevarán en el Puente o en la Caseta de Gobierno lassiguientes señales de socorro: 25.7.1 Doce (12) cartuchos con su respectiva pisto- la de señales capaces de producir luz roja cuya intensi-dad lumínica será de 10,000 cd. como mínimo, aproba-dos por la Autoridad Marítima. Artículo 26º.- LUCHA CONTRA INCENDIO 26.1 EXTINTORES PORTÁTILES: Deberán contar con Tres (3) extintores portátiles como mínimo, ubica-dos en espacios de máquinas, cocina y habitabilidad; losextintores serán como mínimo de 6 Kg. de polvo químicoseco o de 4 Kg. de CO2 y serán examinados periódica-mente, debiendo encontrarse siempre en lugares de fá-cil y rápido acceso, en condiciones de funcionamiento,con su etiqueta o tarjeta de control confeccionada por laempresa que realizó los trabajos de mantenimiento y/orecarga, figurando la fecha en la que debe efectuar lapróxima recarga.26.2 BOMBA CONTRA INCENDIO: Se utilizará como bomba contra incendio la de sentinas o la que se en-cuentre instalada abordo, ya sea manual o mecánicasiendo su diámetro de salida entre 1” y 2”. 26.3 GRIFO CONTRA INCENDIO: Un (1) grifo con su válvula de abrir y cerrar con conexión para la man-guera, cuyo diámetro de salida podrá ser entre 1” y 2” dediámetro. 26.4 MANGUERA CONTRA INCENDIO: Una (1) manguera contra incendio de material resistente a laputrefacción (Lona o nylon) de una longitud no menor de1.5 veces la manga de la embarcación. 26.5 PITÓN: Un (1) pitón de Chorro y niebla que pueda ser instalado en la manguera. 26.6 HACHA: Un (1) Hacha contra incendio doble propósito para las embarcaciones que cuenten con com-partimentaje. CAPÍTULO VI DE LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD PARA NAVES DE UN ARQUEO BRUTO MAYOR DE 20.00 HASTA DE 100.00 Artículo 27º.- EQUIPOS DE NAVEGACIÓN: 27.1 COMPÁS MAGNÉTICO: Un (1) compás mag- nético con un diámetro de la rosa no menor de 13 cm.;deberá contar con Certificado de Compensación y Tablade Desvíos debidamente actualizada otorgada por laDirección General de Capitanías y Guardacostas. LaTabla de Desvíos debe ser corregida cada vez que: 27.1.1 La nave efectúe modificaciones estructurales o realice Carena (naves de acero). 27.1.2 La nave permanezca amarrada a muelle o varada por espacio de un mes o más. 27.1.3 Si el compás es movido de su ubicación. 27.1.4 Si se altera la posición de los correctores mag- néticos. 27.2 ECOSONDA: Una (1) Ecosonda. 27.3 EQUIPOS DE COMUNICACIONES: Equipos de Radio Transmisor y Receptor de frecuencias VHF.Las naves que operen más allá de las 15 millas ten-drán además un Equipo de Comunicaciones de fre-cuencia HF. 27.4 LUCES: Luces de navegación de encendido eléc- trico de acuerdo al Reglamento Internacional. 27.5 SEÑALES: Las naves contarán con las señales reglamentarias de acuerdo a lo siguiente: 27.5.1 Indicadores de posición, diurnos y nocturnos de acuerdo al Reglamento Internacional. 27.5.2 Las naves pesqueras, deberán contar con las señales de tendido de artes de pesca de acuerdo alReglamento Internacional. 27.5.3 Indicadores diurnos y nocturnos de nave sin Gobierno, de acuerdo al Reglamento Internacional deSeñales. 27.5.4 Un (1) cuadro gráfico del Reglamento Interna- cional de Luces y Señales. 27.5.5 Un (1) Pito o Sirena de sonoridad mínima de 100 dB. 27.6 PUBLICACIONES: Las naves contarán con las publicaciones siguientes: 27.6.1 Un (1) Derrotero de la zona de operación. 27.6.2 Una (1) Lista de Faros. 27.6.3 Un (1) cuadro gráfico sobre Reglamento In- ternacional para Prevenir Abordaje en la Mar 1972. 27.7 CARTAS E INSTRUMENTOS: Las naves con- tarán con cartas náuticas e instrumentos siguientes: 27.7.1 Portulanos de la Zona de Operación, 27.7.2 Cartas de Navegación 27.7.3 Instrumentos de trazado: compás de puntas, reglas paralelas, transportador, escuadra de 30 y 45grados.