Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

La descarga de los gases estara alejada de locales de pasajeros, entradas, cocinas, etc. 29.11 CARGA: Queda terminantemente prohibido el transporte de mercancias peligrosas en naves que transporten pasajeros. Articulo 29º.- CONDICIONES DE LOS ESPACIOS DESTINADOS A LA HABITABILIDAD DE LOS PASAJEROS 29.1 LOCALES SANITARIOS: Los Locales sanitarios tendran las siguientes caracteristicas: 29.1.1 Las naves que esten habilitadas para transportar mas de 50 pasajeros y cuyo trayecto total sea mayor a cuatro (4) horas, tendra como minimo tres (3) Servicios Higienicos exclusivo para pasajeros. 29.1.2 Las naves que esten habilitadas para transportar hasta 50 pasajeros y cuyo trayecto, MORDAZA mayor a 4 horas, tendra como minimo dos (2) Servicios Higienicos exclusivo para pasajeros. 29.2 PROTECCION Y AISLAMIENTO CONTRA LA INTEMPERIE: La proteccion y aislamiento a la intemperie sera: 29.2.1 Las naves de pasajeros tendran una adecuada proteccion para los pasajeros contra la intemperie; tal proteccion incluira el techo y los costados. 29.2.2 Habra un adecuado aislamiento termico y acustico entre el recinto de motores y el de los pasajeros. 29.2.3 Los conductos que puedan elevar temperatura y que pasen por recintos de pasajeros, estaran convenientemente aislados termicamente y con salida vertical a la MORDAZA cubierta. 29.2.4 Los cristales o vidrios de las ventanillas seran del MORDAZA inastillable. 29.3 AMBIENTES DE ALOJAMIENTO DE PASAJEROS: Los espacios destinados para el alojamiento de los pasajeros contaran con las siguientes caracteristicas: 29.3.1 Permitiran una adecuada acomodacion de los pasajeros, quedando terminantemente prohibido el empleo de los pasillos para ubicar asientos, sillones, hamacas y otros implementos de acomodacion para pasajeros. 29.3.2 Los espacios destinados a pasajeros seran de uso exclusivo para tal fin, por lo que estaran convenientemente aislados de los espacios destinados para la carga. 29.3.3 Queda expresamente prohibido acomodar a pasajeros en los espacios destinados para la carga. 29.3.4 Los espacios destinados a la acomodacion de pasajeros y los servicios higienicos correspondientes, estaran convenientemente ventilados, aun en el caso de que las puertas y ventanas se encuentren cerradas. 29.3.5 Los espacios destinados a la acomodacion de los pasajeros pueden estar preparados para alojar a las personas empleando: a) Camarotes. b) Asientos. c) Espacios con cancamos o tuberias para sujetar hamacas. 29.3.6 La capacidad de alojamiento de los camarotes estara dada por la cantidad de camas instaladas en ellos. 29.3.7 En los compartimentos con asientos para el transporte de pasajeros de rutas menores a CUATRO (4) horas, se ubicaran los asientos en forma transversal, considerando pasadizos en MORDAZA bandas de UN (1) metro de ancho, los asientos no seran de un ancho menor a SESENTA (60) Centimetros y entre fila de asientos habra un espacio libre no menor a CUARENTA (40) centimetros. 29.3.8 En el caso de las naves fluviales que tengan diseno especial para el transporte de pasajeros en la cubierta principal y/o superior, ubicando a los pasajeros en areas habilitadas mediante tubos suspendidos o can-

camos para la colocacion de hamacas, la capacidad de pasajeros se determinara en base a la cantidad de hamacas que puedan instalarse de acuerdo a lo siguiente: a) El espacio minimo disponible para cada hamaca sera de 0.60 m. de ancho (que corresponde al ancho ocupado por una hamaca), por 2.5 m. de largo (variable "m", que se aplica de acuerdo a las caracteristicas de la nave existente, siendo obligatoria esta dimension para las naves nuevas dependiendo de la nave), siendo esta MORDAZA medida tomada entre los puntos de sujecion de la hamaca. b) Existira un corredor de seguridad en uno de los extremos de las hamacas de un ancho minimo de 1.00 m. c) La capacidad total de pasajeros instalados en hamacas la determinara el Inspector de la Direccion General calculando el area total disponible para hamacas, para luego aplicar la siguiente formula: Numero de pasajeros: Area total del poligono (en metros) 0.60 m x (Variable m) d) En la formula anterior, se considerara el numero entero resultante, descartandose los decimales. e) El calculo sera efectuado en forma individual para cada una de las areas delimitadas por los pasadizos para la instalacion de hamacas. 29.3.9 La capacidad MORDAZA de pasajeros para la que esta disenada la nave, la determinara el Inspector de la Direccion General, de acuerdo a la capacidad de acomodacion que tenga la nave, considerando la capacidad de alojamiento en los camarotes para pasajeros, espacios destinados para la colocacion de hamacas, y el numero de asientos para pasajeros (en caso los pasajeros viajen sentados); esta capacidad se registrara en el certificado de seguridad de la nave. 29.3.10 El armador debera pintar en lugar visible de la caseta de la nave, la cantidad MORDAZA de pasajeros que esta habilitado para transportar. 29.4 VENTANILLAS REBATIBLES: En el caso que la nave de pasajeros cuente con ventanillas de MORDAZA rebatibles, cumpliran con los siguientes requisitos: 29.4.1 Se podran sujetar con una cadena en cada extremo (dos MORDAZA por ventanilla). 29.4.2 El enganche de la cadena a la ventanilla sera por medio de elementos que aseguren que, ni la vibracion ni los movimientos de la nave las pueda soltar. ANEXO "A" ESPECIFICACIONES DE LOS CHALECOS SALVAVIDAS (a) Los materiales con que este hecho y su confeccion sera de buena calidad. (b) Estara concebido de modo que, dentro de los posibles, se elimina todo riesgo de que el usuario se lo ponga incorrectamente, aunque podra llevarse puesto al reves. (c) El material boyante sera antimoho y no podra ser de anea, viruta de corcho, corcho granulado, cualquier material granulado suelto o aglutinado. (d) Podra elevar la cara de una persona exhausta o desvanecida y mantenerla separada del agua con el cuerpo inclinado hacia atras con respecto a su posicion vertical manteniendo la cara fuera del agua a por lo menos 12 cm. de su superficie. (e) Sera inatacable por los hidrocarburos y derivados de estos. (f) Sera de color muy visible (anaranjada) (g) Ira provisto de Un (1) silbato; el mismo que MORDAZA de una sola pieza y a prueba de agua, firmemente fijado al chaleco por un cordon. (h) La flotacion del chaleco prescrita para obtener el rendimiento arriba indicado, no sufrira reduccion superior al 5% al cabo de 24 horas de inmersion en agua dulce.

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