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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 Rentas, opina que los servicios legales de recuperación de dinero que requiere la Municipalidad, ante las acreenciaspendientes, tienen un carácter de especialización técnicay que la empresa de fiscalización por su trayectoria y expe- riencia que se encuentren acreditadas con la documenta- ción sustentatoria que se adjunte, debe reunir los requisi-tos necesarios para encargarle la referida fiscalización,debiendo establecerse el monto referencial de la contrata-ción por el órgano encargado de realizar el proceso, mon-tos que serán cancelados según contrato; Por los considerandos antes anotados y a las atribu- ciones que me confiere el Art. 20º Incs. 3) y 6) de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, y estando al acuerdounánime de Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 31de julio del 2003; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en Situación de Urgen- cia el Servicio de Fiscalización Tributaria a fin de evaluar ygenerar consecuentemente una real recaudación tributa-ria, que permita ofrecer a la Corporación un mejor servicio a favor de los contribuyentes del distrito. Artículo Segundo.- APROBAR, la exoneración del pro- ceso de selección correspondiente a la contratación de losservicios de una empresa de fiscalización tributaria, paraque realice el Programa de Recuperación y FiscalizaciónSelectiva de Tributos Municipales de deudas tributarias y no tributarias de la cual es acreedora la Municipalidad Dis- trital de El Alto. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal para efectuar la contratación referida mediante el procesode Selección de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Cuarto.- DISPONER que Secretaría General remita copia del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General dela República, dentro de los DIEZ DÍAS calendario siguien-tes a su aprobación, así como la publicación en el DiarioOficial El Peruano. Artículo Quinto.- Encárguese el cumplimiento del pre- sente Acuerdo de Concejo a la Oficina de Administración, Contabilidad y Presupuesto, Tesorería y Asesoría Legal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL AGUSTÍN MUÑOZ CASTILLO Alcalde 18142 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G2D /G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2003/MDLA La Arena, 10 de setiembre del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA ARENAVISTO: El Informe Nº 084-2003-CONT / MDLA, Informe Nº 108- 2003-CONT/MDLA del Contador de la Municipalidad, Infor-me Nº 035-2003-ADM./MDLA, Informe Nº 036-2003-ADM/MDLA del Administrador Municipal, Informe Nº 018-2003-A. ADM./MDLA del Asesor Administrativo, Informe Nº 027-2003-A.L./MDLA de Asesoría Legal, en relación a la De- claratoria de Emergencia de la Municipalidad por los múlti- ples problemas económicos y administrativos que se vie-nen presentando; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa, en los asuntos de su com-petencia, según consagra el Artículo 194º de la Constitu-ción Política del Perú; Que, en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, publicada el 27 de mayo del 2003 se estableció, mediantela Vigésima Disposición Complementaria, que las Munici- palidades Provinciales o Distritales, por única vez, con acuer-do adoptado por dos tercios de los miembros del ConcejoMunicipal, podrán declararse en emergencia administrativa o financiera, por un plazo máximo de noventa días con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizacionesque fueran necesarias para optimizar sus recursos y fun-ciones, respetando los derechos laborales adquiridos le-galmente; Que, según señalan los informes remitidos por las Áreas involucradas, la Municipalidad Distrital de La Arena, tiene compromisos pendientes de pago con SUNAT, AFPs, pro-veedores, y otros, provenientes de gestiones anteriores,por lo que es imprescindible establecer un programa queutilizando los diferentes mecanismos existentes, conlleve asu cancelación y se encuentre al alcance de la entidad; Que, con los documentos de Vistos se está recomen- dando declarar en Emergencia Administrativa y/o Financie-ra a la Municipalidad Distrital de La Arena, para que através de un proceso de reorganización administrativa sedetermine la nueva organización, actualización y formula-ción de los documentos de gestión administrativa de nivel institucional, entre otros aspectos compatibles, con la es- tructura orgánica administrativa gerencial establecida porlos Artículos 26º y 28º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, debiendo efectuarse los ajustes que es-timen pertinentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad en Sesión OrdinariaNº 026 del 10 de setiembre del 2003; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en Emergencia Admi- nistrativa y Financiera, por única vez y por un plazo denoventa (90) días la Municipalidad Distrital de La Arena,para adecuarla a los alcances de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972 y efectuar las reformas, cambios,reorganizaciones y demás actos administrativos y presu- puestales que fueren indispensables para optimizar sus recursos y funciones, para cubrir sus gastos operativos ypendientes, según lo dispuesto por la Vigésima Disposi-ción Complementaria de la referida Ley. Artículo Segundo.- Corresponde a la Comisión de Reorga- nización y Reestructuración designada mediante Acuerdo de Concejo de fecha 10 de setiembre del 2003, implementar lo dispuesto mediante el artículo precedente, debiendo en suoportunidad presentar sus propuestas y recomendaciones alConcejo Municipal de los resultados de las diferentes etapasdel proceso, dentro del plazo establecido. Artículo Tercero.- Facúltese al señor Alcalde para que disponga las medidas pertinentes para la aplicación del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. EMETERIO MACALUPÚ SERNAQUÉ Alcalde 18145 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2003/MDH Huarmaca, 1 de octubre del 2003 VISTO: El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de setiembre del 2003, sobre autorización de viaje del Alcalde a Valparaíso, Chile; y,