Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2003 (04/10/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 252535

el numero de predios afectos y en algunos casos considerando el autoavaluo promedio para cada categoria. Asi, los ingresos de los Arbitrios Municipales se muestran en los anexos Nº 4,5 y 6, que se adjuntan al presente Acuerdo; Que, del analisis, se determina que la recaudacion potencial de la Municipalidad Distrital de Lince, permite financiar para el ejercicio 2002, el 100% de los costos incurridos en la prestacion de los servicio correspondientes;
RESUMEN DE LOS COSTOS VS. INGRESOS POR SERVICIOS MUNICIPALES 2002 (En nuevos soles) SERVICIO COSTOS (S/.) INGRESOS (S/.) 4'034,419.00 1'509,207.72 2'512,023.00 8'055,649.72 DIFERENCIA COBER (COSTOS TURA - INGRESOS) (%) 0.00 1.08 17.00 18.07 100.0 % 100.0 % 100.0 % 100.0 %

Limpieza Publica Parques y Jardines Seguridad Ciudadana

4'034,419.00 1'509,208.80 2'512,040.00

COSTO TOTAL ANUAL 8'055,667.80

Fuente: Municipalidad Distrital de Lince Elaboracion: SAT ­ Gerencia de Planeamiento

Que, en consecuencia, del analisis efectuado por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT a la Ordenanza Nº 045-MDL, que aprueba los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, asi como de Seguridad Ciudadana, ademas del derecho de emision mecanizada de los arbitrios, correspondiente al ejercicio 2002, en la jurisdiccion del distrito de Lince, se concluye que se encuentra conforme al MORDAZA normativo establecido por el Decreto Supremo Nº 13599-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776; De acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 20-85, Reglamento Interior del Concejo, y de conformidad con lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 084-2003-MML-CEPP; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar la Ordenanza Nº 045-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince, que establece el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, asi como de Seguridad Ciudadana; ademas del derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributo y recibos de pago de los arbitrios para el ejercicio 2002, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 18086

ACUERDO DE CONCEJO Nº 170
MORDAZA, 11 de setiembre de 2003 Visto en Sesion Ordinaria de fecha 11 de setiembre de 2003, los Oficios Nºs. 011 y 013-2003-SG/MJM, la Municipalidad Distrital de Lince solicitando ratificacion de la Ordenanza Nº 057, que establece el importe de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, asi como de Seguridad Ciudadana, ademas del derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributo y recibos de pago de los arbitrios para el ejercicio 2003 en su jurisdiccion. CONSIDERANDO: Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la Ley. Ademas establece que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su vigencia;

Que, los articulos 66º y 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, senalan el MORDAZA general de las Tasas, disponiendo asi en el inciso a) del articulo 68º que las tasa por servicios publicos o arbitrios: son las tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente; Que, de acuerdo al inciso s) del articulo 6º del Edicto Nº 227 que aprobo el Estatuto del Servicio de Administracion Tributaria, corresponde a esta institucion emitir opinion acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de conformidad con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades. El informe respectivo sera remitido a la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto del Concejo Metropolitano; Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 211, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales de Caracter Tributario expedidas por las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, mencionando en su articulo 5º que el expediente de ratificacion debe ser remitido por el SAT a esta Comision, adjuntando el Informe correspondiente; Que, el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, emite el Informe Nº 04-82-00001009, senalando que la Municipalidad Distrital de Lince, ha cumplido con los requisitos legales y tecnicos que exige la Ordenanza Nº 211-MML, adjuntando a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 057-MDL los siguientes documentos: Exposicion de Motivos, Informe Tecnico, Informe Legal, MORDAZA Autenticada de la Ordenanza materia de ratificacion, Acta de Sesion de Concejo Distrital en la cual consta la aprobacion por mayoria de la Ordenanza sometida a ratificacion, MORDAZA de la Publicacion de la Ordenanza materia de ratificacion, MORDAZA de los antecedentes normativos y Estructura de costos y Estimacion de Ingresos; Que, como antecedente normativo es de mencionar la Ordenanza Nº 001-99-MDL por el que la Municipalidad Distrital de Lince aprueba el MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, asi como de Seguridad Ciudadana, estableciendo quienes son los contribuyentes, senalando la periodicidad y determinacion de cada arbitrio, asi como las definiciones e inafectaciones de cada uno de los mismos. Por otro lado, mediante Ordenanza Nº 002MDL se establecio el importe de los arbitrios municipales para el ejercicio 1999 en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que se aplico para los ejercicios 2000, 2001 y 2002, conforme lo establecian las Ordenanzas Nºs. 015, 032 y 045-MDL, las que se encuentran con opinion favorable del SAT para su ratificacion; Que, por otro lado, en cumplimiento de la Ley de Tributacion Municipal, el Concejo Distrital de Lince aprobo la Ordenanza Nº 057 publicada con fecha 19 de enero de 2003, estableciendo para el ejercicio 2003 que se aplicaran las mismas disposiciones e importes de los arbitrios municipales de la Ordenanza Nº 045, vigente para el ejercicio 2002, que a la vez aplico la Ordenanza Nº 032, y esta a su vez la Ordenanza Nº 015,que aprobaron el monto de los arbitrios de los ejercicios 2001y 2000, respectivamente; Que asimismo, el Art. 3º de la Ordenanza materia de ratificacion, aplica para el presente ejercicio el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores de determinacion y distribucion de recibos de pago de arbitrios en 0.4% de la UIT (S/. 3,100.) vigente, ascendiendo a S/. 12.40; lo es materia de analisis tecnico; Que, al haber senalado la Municipalidad Distrital de Lince que en el presente ano tambien se aplicaran los mismos importes de los arbitrios del ejercicio anterior, y asi sucesivamente hasta el ano 1999, en la cual se determinan los arbitrios considerando como base el autoavaluo del predio, es necesario se invoque a la Municipalidad Distrital de Lince que en siguiente ejercicio, al momento de determinar sus arbitrios, MORDAZA en cuenta las conclusiones contenidas en la Resolucion de INDECOPI y la sentencia del Tribunal Constitucional publicadas el 8 y 25 de marzo de 2003; Que, para el calculo de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, regulados en la Ordenanza Nº 057-MDL, se considera

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.