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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (08/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 252736 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de octubre de 2003 al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil anteel Consejo de Coordinación Local Distrital; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, publica-da en el Diario Oficial el 7 de marzo de 2002, estableceen el artículo 199º que las municipalidades formulan sus presupuestos con la participación de la población y rin- den cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsa-bilidad, conforme a ley; Que, la Ley Orgánica de desarrollo constitucional que regula el proceso de descentralización, denominada Leyde Bases de la Descentralización, aprobada por Ley Nº 27783, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de julio de 2002, establece en el artículo 17º inciso 17.1, quelos gobiernos regionales y locales están obligados a pro-mover la participación ciudadana en la formulación, de-bate y concertación de sus planes de desarrollo y pre-supuestos, y en la gestión pública; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, publicada en el Diario Oficial El Perua-no de 27 de mayo de 2003, establece en el artículo 9º lascompetencias del Concejo Municipal, precisando en elinciso 1), que le compete aprobar los Planes de Desa-rrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participa- tivo; y en el inciso 14), la de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal; Que, los Artículos 102º, 103º y 104º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades se establece la definición, com-posición, instalación y funciones del Consejo de Co-ordinación Local Distrital como el órgano de coordina- ción y concertación del Plan de Desarrollo Municipal Dis- trital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, en los Artículos 106º, 108º, 109º y 110º del precitado cuerpo legal, se establece la definición, com-posición, funciones, sesiones, delegación vecinal y re-gulación respectivamente de la Junta de Delegados Veci- nales como órganos de coordinación para concertar y proponer las prioridades de gasto e inversión local; Que, la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, aprobada por Ley Nº 27209, publicado en el Diario Ofi-cial el 3 de diciembre de 1999 establece en el artículo 8º,inciso 8.1, que el titular del pliego es responsable de las funciones, programas, subprogramas, actividades y pro- yectos a su cargo, que conllevan al logro de los objeti-vos nacionales e institucionales, y en lo específico, alcumplimiento de las metas establecidas en los Presu-puestos Institucionales; Que, el 20 de mayo de 2003, se publicó la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01, Directiva para la programación, formulación y aprobación del Presupuesto de los Go-biernos Locales para el año fiscal 2004, aprobada por laResolución Directoral Nº 020-2003-EF/76.01, la mismaque estableció las normas de carácter técnico y opera-tivo que permitan a los Gobiernos Locales, en su calidad de Pliegos Presupuéstales, programar, formular y apro- bar sus Presupuestos Institucionales para el año fiscal2004; Que, el 22 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial, el Instructivo Nº 002-2003-EF/76.01, instructivopara la programación participativa del presupuesto en los gobiernos regionales y gobiernos locales para el año fiscal 2004, a través del cual se establecen los linea-mientos para que los gobiernos locales puedan mejorarsu gestión institucional en el marco del presupuesto 2004; Que, el citado Instructivo Nº 002-2003-EP/76.01, señala que las pautas del citado Instructivo tienen un carácter referencial y no invalida los casos en los que los gobiernos subnacionales hayan convocado a un pro-ceso similar con igual o diferente denominación a la deprogramación participativa del presupuesto, y que cuentecon metodologías diferentes, siempre y cuando el pro-ceso convocado promueva de manera amplia y trans- parente la discusión, participación y concertación de las distintas acciones públicas que se prevé desarrollardurante el año fiscal 2004; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, publicada en el Diario Oficial el 8 de agosto de 2003,en el artículo 1º, define que el proceso del presupuesto par- ticipativo es un mecanismo de asignación equitativa, racio- nal, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos,que fortalecen las relaciones del Estado - Sociedad Civil,estableciendo que para ello los gobiernos regionales y loca-les promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos,así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de losrecursos públicos; Que, es política de la actual gestión fortalecer la go- bernabilidad democrática del Gobierno Local, lo cual im-plica de manera especial realizar un amplio proceso deinclusión ciudadana en la gestión de sus instituciones degobierno a fin de concertar y trabajar decididamente porel desarrollo humano y favorecer los mecanismos de participación, transparencia y rendición de cuentas que aseguren un uso eficiente y eficaz de los recursos públi-cos en la construcción del desarrollo local; Estando a lo expuesto y de conformidad a las facul- tades conferidas a los gobiernos locales en la Constitu-ción Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentra- lización y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de la lectura y aprobación delActa, por UNANIMIDAD, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Título I Disposiciones Generales Título II Del Registro de Organizaciones de la So- ciedad Civil ante el Consejo de Coordina-ción Local Distrital Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II Del Procedimiento de Inscrip- ción Título III Proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordina-ción Local Distrital Capítulo I Del Comité Electoral. Confor- mación. Atribuciones y obli-gaciones. Capítulo II De la convocatoriaCapítulo III Del Padrón ElectoralCapítulo IV Del Proceso Electoral Título IV De los derechos y obligaciones de los re- presentantes de la sociedad civil ante elConsejo de Coordinación Local Distrital Capítulo I De la duración del mandato Capítulo II De los derechos y obligacio- nes de los representantes Disposiciones Complementarias ORDENANZA MUNICIPAL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Finalidad de la Ordenanza La presente Ordenanza tiene por finalidad normar los procedimientos a través de los cuales las organiza- ciones de la sociedad civil, a través de los delegadosdebidamente acreditados, eligen democráticamente susrepresentantes ante el Consejo de Coordinación Local,según lo establecido en la Constitución Política del Esta-do y la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N o 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2º.- Definiciones Para la aplicación de la presente Ordenanza se con- siderará: a) Consejo de Coordinación Local Distrital, es un órgano de coordinación y concertación de las Municipa-