Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2003 (08/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de octubre de 2003

en los departamentos del Norte y Nor - Oriente del Peru; que tengan cobertura amplia en los sectores poblacionales rurales y MORDAZA marginales de dichos departamentos, por un valor referencial de S/.46,526.59 (Cuarenta y seis mil quinientos veintiseis y 59/100 Nuevos Soles), desarrollandose dicha MORDAZA durante dos meses iniciandose desde el 1 octubre hasta el 30 de noviembre del 2003, con un total de doce (12) veces por dia con spots publicitarios de diez (10) segundos cada uno; Que, mediante Informe Nº 152-2003-SIS/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica, opina que es procedente la propuesta tecnica de la Gerencia de Mercadeo, debiendo ejecutarse las contrataciones por servicios personalisimos en via de exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por los Decretos Supremos Nº 125-2002-PCM y Nº 0412003-PCM, establece que de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; debiendo ejecutarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, en consecuencia resulta necesaria la contratacion de los referidos servicios hasta por un valor referencial de S/. 46,526.59 (Cuarenta y seis mil quinientos veintiseis y 59/100 Nuevos Soles), mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo mediante Memorando Nº 082-A-2003/OPD-SIS ha dado la disponibilidad presupuestal correspondiente para la contratacion; Que, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/ PRE dispone que la Resolucion que aprueba la exoneracion de procesos de seleccion debe indicar en su parte resolutiva ademas de la descripcion del servicio objeto de la contratacion, el valor referencial, el tiempo que requiere la contratacion y la fuente de financiamiento; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y su Reglamento, y lo preceptuado en el inciso i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de servicios de publicidad radial mediante la Adjudicacion de Menor Cuantia, en los departamentos del Norte y Nor - Oriente del MORDAZA, efectuandose por dos meses, desde el 1 de octubre al 31 de noviembre del 2003, en las empresas radiales de cobertura amplia que en Anexo Adjunto forma parte de la presente Resolucion, por un valor referencial de: Medio 25 radioemisoras en el Norte y Nor - Oriente del Peru IGV Total mas IGV Nº de Avisos 12 diarios por 2 meses con Spots de 10" Inversion S/. 39,097.97

publica dentro de los 10 dias siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 18369

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en la provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 142-2003/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 25 de setiembre del 2003 Visto el Expediente Nº 125-2003/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 214 874,08 m², ubicado al este de la urbanizacion "Las MORDAZA de La MORDAZA Vieja", distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, de acuerdo al Certificado de Busqueda Catastral expedido con fecha 4 de agosto de 2003, por el Registro Predial MORDAZA de conformidad con el Informe Tecnico Nº 6602-2003-SUNARP-RPU/OC-LIMA, de fecha 18 de MORDAZA de 2003, el terreno de 412 511,48 m², que involucra al terreno submateria de 214 874,08 m² no se encuentra inscrito; Que, la Oficina Registral de MORDAZA y Callao mediante Certificado Catastral de fecha 5 de setiembre de 2003, expedido de conformidad con el Informe Tecnico Nº 38622003-SUNARP-Z.R.IX/OC, de fecha 2 de setiembre de 2003, senala que el terreno de 412 511,48 m², que involura al terreno submateria de 214 874,08 m², presenta superposicion parcial con el predio inscrito en la Ficha Nº 1626869, la que ha sido debidamente excluida y el area remanente no presenta inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 4 de setiembre de 2003, se ha verificado que el terreno submateria, es de naturaleza eriaza y de topografia accidentada; asimismo, se observo una ocupacion que no corresponde a alguna habilitacion MORDAZA autorizada; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 214 874,08 m² de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 0012002/SBN que regula el tramite de la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en

7,428.62 46,526.59

Articulo 2º.- El egreso que origine la contratacion objeto de la presente resolucion de exoneracion se afectara a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego 135, Funcion 14 Salud y Saneamiento, Programa 064 Salud Individual, Subprograma 0178 Atencion Medica Basica, Actividad 100765 Seguro Integral de Salud, Componente 30693 Gestion Administrativa. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administracion a efectuar las contrataciones con los medios de comunicacion radial de acuerdo a las consideraciones expuestas. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como poner en conocimiento de la Contraloria General de la Re-

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