Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Entonces, es necesario por un lado sancionar la promocion de invasiones y venta ilegal de terrenos, declarar la urgencia del cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 26845 en su cuar ta disposicion complementaria, y lo dispuesto por la Ley Nº 26856 que establece el area intangible y de uso restringido de las riberas marinas, y definir el area que comprende la MORDAZA MORDAZA del distrito; por tanto, al MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ORDENA: Primero.- MORDAZA URBANA: Declarar como MORDAZA MORDAZA del distrito de Mancora, el area comprendida entre la Quebrada MORDAZA al norte del distrito hasta el lugar denominado Punta Pena Mala o Pena MORDAZA al Sur del distrito, dicha area esta limitada por el Oeste con el MORDAZA MORDAZA y por el Este por una linea imaginaria paralela a la panamericana a una distancia de 1000 metros de dicha via, empezando a la altura de la Quebrada MORDAZA y continua en linea paralela a la panamericana norte hasta llegar a la Quebrada Cabo MORDAZA, a partir de alli dicha linea imaginaria quiebra y empieza nuevamente paralelamente a la antigua carretera panamericana y a una distancia de 500 metros al este de MORDAZA, terminando a la altura del lugar conocido como Punta Pena Mala o Pena Verde. Segundo.- INTANGIBILIDAD DE MORDAZA RIBERENA Y URBANA: Declarar mediante la presente ordenanza la intangibilidad de la MORDAZA riberena del distrito de Mancora en reconocimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 26856, especificandose que la MORDAZA riberena comprende los 250 metros adyacentes a la linea de mas alta marea, del mismo modo declarese de dominio publico las areas que se encentran dentro de la MORDAZA MORDAZA de Mancora y que no cuentan con propietarios privados; y declarese la intangibilidad de las areas de dominio publico que adquieren tal calidad mediante la presente norma. Se aclara mediante la presente ordenanza que NINGUN PREDIO UBICADO DENTRO DE LA MORDAZA MORDAZA DEL DISTRITO DE MANCORA, es propiedad de la Comunidad Campesina de Mancora, por mandato imperativo de la Ley Nº 26845. Tercero.- PROHIBICION DE CONSTRUCCIONES: Dispongase la prohibicion de construccion de obras civiles en terrenos que no cuenten con propiedad privada y que mediante la presente resolucion son declarados intangibles, bajo pena de DEMOLICION TOTAL de lo construido, sin previo tramite administrativo y cuyo costo correra a cargo del infractor, ademas una multa equivalente a 2 UIT. Cuarto.- SANCION A INVASORES: Las personas que invadan, propicien la invasion de las areas de propiedad estatal que mediante esta disposicion han sido declaradas INTANGIBLES, seran sancionadas con una multa equivalente a una UIT, Sin perjuicio de la demolicion y denuncia penal que corresponda. Ademas de lo dispuesto en el presente punto los promotores de invasiones, o las personas o entidades que bajo cualquier modalidad incentiven la invasion de terrenos declarados intangibles, seran sancionados con una multa equivalente a dos UIT por cada invasion que promuevan. Quinto.- MEDIDAS PREVENTIVAS E INFORMATIVAS: Dispongase la colocacion de hitos de concreto que delimiten la linea de mas alta marea desde la desembocadura de la quebrada MORDAZA hasta la Quebrada Cabo Blanco. Asi como letreros que divulguen la calidad de intangible de las zonas riberenas y de uso publico del distrito de Mancora. Sexto.- APROBACION DEL PROYECTO E INFORME PRESENTADO POR LA COMISION ESPECIAL:

Apruebese integramente el proyecto e informe presentado por la Comision que contiene el sustento legal y factico de la presente ordenanza, el mismo que cuenta con 8 Capitulos, referidos en el Visto de la presente ordenanza. Setimo.- DIFUSION Y RATIFICACION POR EL CONCEJO PROVINCIAL DE TALARA: Dispongase la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el diario oficial de la Region y en uno de mayor circulacion regional; del mismo modo y con calidad de urgente comuniquese y solicitese al Concejo Provincial de Talara la ratificacion de la presente Ordenanza, en su condicion de autoridad Municipal de la Provincia. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumpla. MORDAZA OLIBOS OLIBOS MORDAZA 18438

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2003-MDNCH

MORDAZA Chimbote, 29 de agosto del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de agosto del 2003, y con la aprobacion unanime de todos los Regidores conformantes del Concejo y debidamente aprobado en acta del dia de la fecha, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBAN REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE

VISTO: El Dictamen Nº 001-2003-MDNCH-CR, de fecha 27 de agosto del 2003 de la Comision de Planificacion, Presupuesto, Estadistica, Planes y Programas, reunidos con la Comision para la Elaboracion de los Instrumentos de Gestion y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo representan al vecindario; promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion territorial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 063-2003MDNCH de fecha 30 de MORDAZA del 2003, se declara en Emergencia Administrativa por un plazo de 60 dias a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, el mismo que

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