Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 6º.- Procedimientos.- Los productos resultantes del MORDAZA de programacion del Presupuesto Participativo descritos en el articulo anterior son recogidos por Equipo Tecnico para la elaboracion del Proyecto del Presupuesto Institucional 2004 de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el mismo que debe ser remitido al MORDAZA para su MORDAZA al Consejo de Coordinacion Local Distrital. El MORDAZA Distrital presenta al Consejo de Coordinacion Local Distrital el Proyecto de Presupuesto Institucional 2004 de la Municipalidad Distrital de Surquillo para su discusion y recepcion de observaciones y recomendaciones. El Equipo Tecnico revisa las observaciones y recomendaciones formuladas por los miembros del Consejo de Coordinacion Local, procediendo a la modificacion del Proyecto de Presupuesto Institucional 2004 de la Municipalidad de Surquillo en los aspectos que correspondan. El Equipo Tecnico debera presentar adjunto un informe detallado de las modificaciones efectuadas, asi como de los motivos que sustenten la no inclusion de las observaciones o recomendaciones del Consejo que no han podido ser tomadas en cuenta en la modificacion del Proyecto de Presupuesto Institucional. El MORDAZA distrital somete nuevamente a consideracion del Consejo de Coordinacion Local el Proyecto de Presupuesto Institucional 2004, con las observaciones recogidas y no recogidas para su concertacion y manifestacion de consenso de su conformidad, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 104º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Una vez concertado el Proyecto de Presupuesto Institucional 2004 por el Consejo de Coordinacion Local Distrital, el senor MORDAZA pone a consideracion del Concejo Municipal el Proyecto de Presupuesto Institucional Participativo 2004 de la Municipalidad Distrital de Surquillo, coordinado y concertado, para su conocimiento y revision. El proyecto es derivado a la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto quien emitira el correspondiente dictamen para su MORDAZA al Pleno del Concejo quien finalmente debera aprobarlo hasta MORDAZA del 15 de diciembre del 2003. De no producirse la aprobacion correspondiente en la fecha senalada, conforme dispone el articulo 20º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades, el MORDAZA aprobara por Decreto de Alcaldia el respectivo Presupuesto Institucional 2004; disponiendo su remision a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en los plazos establecidos en la Directiva Nº 010-203-EF/76.01. Articulo 7º.- Inscripcion y Registro de Organizaciones.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, el Programa de Participacion Vecinal debe dar inicio al MORDAZA de inscripcion y registro de las organizaciones que desean participar en el MORDAZA presupuestario del 2004. El Libro de Registro de Participantes esta compuesto por todas las organizaciones que se inscriban para participar en el MORDAZA del presupuesto municipal participativo hasta la fecha que determine el MORDAZA mediante Resolucion de Alcaldia. Para inscribirse en el Libro de Registro de Participantes se requiere que la organizacion acredite su existencia y actividad comprobada en la jurisdiccion del distrito con una antiguedad no menor de tres (3) anos, asi como personeria juridica inscrita en Registros Publicos. De no contar con personeria juridica inscrita, el Equipo Tecnico admitira la inscripcion de la organizacion con la anotacion de que, de resultar elegido su representante, esta se encontrara sujeta a las condiciones establecidas por el Equipo Tecnico para su participacion excepcional y unicamente para el Presupuesto Participativo correspondiente al ano 2004, hasta el momento en que formalice la inscripcion registral de la Organizacion. Articulo 8º.- Eleccion de Consejeros.- La eleccion de los consejeros para el Consejo de Coordinacion Local Distrital se realiza por la postulacion individual de representantes, debiendo el elector votar en sufragio universal y secreto eligiendo en forma individual a cada uno de los representantes de las organizaciones que se presente a la eleccion.

Los requisitos para postular a los cargos de Consejero en el consejo de Coordinacion Local Distrital son: a. Tener la representacion oficial de la organizacion debidamente acreditada mediante inscripcion registral. En su defecto, se exigira una comunicacion con firma legalizada del representante, adjuntando el 70% de firmas de los miembros integrantes de la organizacion a la que representa. b. Tener MORDAZA sus derechos ciudadanos. c. Que la organizacion a la cual representa no tenga demanda judicial pendiente contra el Gobierno Local. Articulo 9º.- Comite Electoral.- El Concejo Municipal por Acuerdo de la mayoria de sus integrantes y a propuesta del MORDAZA designa a los integrantes del Comite Electoral, el cual estara compuesto por dos regidores, un funcionario municipal y un representante de una organizacion elegido por sorteo en acto publico. Articulo 10º.- Celebracion de Convenios.- El MORDAZA queda autorizado para que celebre convenios con las instituciones publicas y privadas correspondientes que permitan garantizar la probidad, legalidad y transparencia del MORDAZA de elecciones de los representantes de las organizaciones al Consejo de Coordinacion Local Distrital; principalmente con el MORDAZA Nacional de Elecciones, para que realice la fiscalizacion de los procesos de elecciones de los representantes vecinales y con la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que realice la asesoria y asistencia tecnica para la organizacion de los procesos de elecciones de los representantes vecinales. Articulo 11º.- Facultad Reglamentaria.- El MORDAZA queda facultado para dictar, mediante Decreto, las normas complementarias y reglamentarias a la presente Ordenanza. Articulo 12º.- Aplicacion Supletoria de Normas.Cualquier MORDAZA, relacionada al MORDAZA de Programacion Participativa, aprobada por el Ministerio de Economia y Finanzas u otro Organismo del Estado posterior a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se aplicara en forma supletoria. Articulo 13º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano;. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18364

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Confirman la R.A. Nº 084-2003-MDCH/A, que aprobo Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media de terreno ubicado en el distrito de Chancay
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0968-2003-MPH

Huaral, EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

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