Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 252794

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

8. La persona juridica obligara a sus asociados a cumplir anualmente con las revisiones tecnicas de sus unidades. 9. Suministrara a la Municipalidad Distrital de MORDAZA la informacion actualizada del servicio de transporte en vehiculos menores que presten el servicio. 10. Unificar la flota de vehiculos con tolderas de color uniforme de cada unidad autorizada debidamente numerada y con la razon social en la parte visible de la unidad. 11. Difundir y hacer cumplir el presente Reglamento asi como las normas complementarias correspondiente. 12. Todos los conductores establecidos estaran uniformados y prestaran servicio especial como lo establece el Articulo IV del Decreto Supremo Nº 001-2000-MTC. Articulo 28º.- Los vehiculos menores autorizados para el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga deberan reunir los siguientes requisitos que establece el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 04-2000MTC. 1. Estar equipado con los dispositivos e instrumentos de seguridad que senale el reglamento nacional de MORDAZA para el uso de la via publica lo que determine el presente reglamento. 2. Mantener los estandares basicos de orden tecnico (buen chasis y buenos asientos y caracteristicas originales, placa, motor, serie, conversion, etc.) establecidas en las normas tecnicas. Articulo 29º.- Los conductores autorizados para conducir los vehiculos menores de pasajeros y carga, estan en la obligacion de cumplir con lo dispuesto con el codigo de MORDAZA y seguridad vial y el presente reglamento en el cual deberan cumplir las siguientes obligaciones: 1. Ser afiliado a las personas juridicas autorizadas. 2. Estar capacitado y en condiciones psicosomaticas adecuadas (oidos, vista, salud mental). 3. Llevar consigo la licencia de conducir respectiva 4. Al inicio y durante el servicio de transporte publico especial las unidades deberan mantener limpios sus asientos, tolderas, sistemas de frenos, luces en buenas condiciones, asi como los MORDAZA, numero y razon social del transportador y las placas. 5. Portar en un lugar visible el sticker del seguro obligatorio de accidentes de MORDAZA, asi como el certificado vigente. 6. Portar la tarjeta de propiedad del vehiculo. 7. Portar la credencial del conductor. 8. Conducir el vehiculo a la velocidad que establece el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC (30 Km/h). Articulo 30º.- La frecuencia y horario autorizado, sera para cada persona juridica dando cuenta a la Municipalidad Distrital de Pachacamac.
CAPITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES DE LOS INFRACTORES

1) Permitir a los conductores prestar servicio sin estar registrado y/o autorizado. 2) Transferir la resolucion del permiso de operacion. 3) El incumplimiento de las obligaciones senaladas en la presente ordenanza. 4) Tomar posesion de la MORDAZA de trabajo autorizado a otras personas juridicas. 5) No controlar la utilizacion correspondiente de la autorizacion para el servicio. 6) Negarse a la realizacion del curso de educacion y seguridad vial dirigido a los conductores. 7) Prestar el servicio sin el permiso correspondiente. 8) Por permitir conducir vehiculos motorizados a menores de edad, salvo que tengan la autorizacion judicial correspondiente. Articulo 34º.- Los conductores comenten infracciones por: 1) Transferir la credencial de conductor. 2) Prestar el servicio sin estar afiliado a una persona juridica con permiso de operacion. 3) Prestar los servicios bajo efectos del alcohol, drogas y/o sustancias toxicas poniendo en riesgo la seguridad e integridad fisica de los pasajeros, contraviniendo el Reglamento de MORDAZA (Articulo 57º Imprudencia Temeraria) 4) Prestar los servicios en excesiva velocidad. 5) Recoger pasajeros en paraderos autorizados a otra organizacion 6) Prestar el servicio en vehiculo en mal estado de conservacion y/o funcionamiento. 7) Prestar el servicio sin cuidar su apariencia y/o aseo personal. 8) Dejar, recoger en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra la integridad fisica de los pasajeros y/o conductores. 9) No portar la credencial del conductor correspondiente. 10) Por circular con radio y alto parlante a volumen en exceso. Articulo 35º.- Las personas juridicas estan obligadas a contratar y mantener vigente la poliza de seguros y la cobertura, que cubre accidentes personales de sus pasajeros, conductores y terceros. Articulo 36º.- El seguro senalado en el articulo precedente cubrira por cada una de las personas los siguientes riesgos: a) b) c) d) Muerte Invalidez permanente Incapacidad temporal Gastos de atencion medica, hospitalaria y quirurgica e) Gastos de sepelio f) Responsabilidad civil ante terceros g) Responsabilidad civil frente a pasajeros 4 UIT 3 UIT 1 UIT 1 UIT 1 UIT 2 UIT 1 UIT

Articulo 31º.- El incumplimiento o transgresion a lo dispuesto por accion u omision de los Decretos Supremos Nºs. 004 y 009-2000-MTC, constituyen una infraccion y da lugar a la aplicacion de las sanciones correspondientes. Articulo 32º.- Las infracciones en que pueden incurrir por incumplimiento a la transgresion al presente reglamento son de dos tipos: a) Cometidos por las personas juridicas. b) Cometidos por los conductores. Articulo 33º.- Las personas juridicas cometen infracciones por:

Articulo 37º.- Las personas juridicas acreditaron trimestralmente contar con poliza y cobertura vigente mediante el certificado o MORDAZA por la Compania de Seguros. Articulo 38º.- Las infracciones a las normas de MORDAZA y de seguridad vial seran sancionadas por la Policia Nacional del Peru, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC y el presente Reglamento.
DE LAS SANCIONES

Articulo 39º.- Las sanciones que se impongan por infracciones al presente reglamento y al servicio seran sancionadas con: 1. Multa. 2. Internamiento del vehiculo en el deposito oficial municipal. 3. Cancelacion del permiso de operacion (de conformidad con el Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 0042000-MTC).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.