Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

12. Credencial de conducir: Documento expedido por la Municipalidad Distrital de MORDAZA por intermedio de la Direccion de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente visado por la persona juridica, que autoriza al conductor para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores, debiendo la persona juridica acreditar a sus afiliados para el servicio. 13. Flota: Es la cantidad de vehiculos registrados en la persona juridica ante el distrito para realizar el servicio de transporte.
DE LAS COMPETENCIAS

Articulo 6º.- En aplicacion al presente reglamento, es competencia de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, a traves de la Comision Tecnica Mixta. 1. Dictaminar el permiso de operaciones a las personas juridicas dedicadas al servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores motorizados. 2. Renovar, modificar, ampliar y revocar los permisos de operaciones otorgados a la persona juridica 3. Mantener un registro actualizado de las personas juridicas, propietarios, vehiculos y conductores autorizados para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga. 4. Ejecutar anualmente la revision tecnica de los vehiculos menores para el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga. 5. Autorizar el color uniforme para la flota vehicular de la persona juridica a propuesta de esta, tomando encuentra la antiguedad del servicio de transporte publico especial del distrito. 6. Visar las credenciales del conductor a peticion de la persona juridica 7. Determinar el numero de personas juridicas que prestan el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores sustentado en un estudio tecnico y administrativo considerando la antiguedad de la prestacion del servicio, extension de zonas y la demanda el publico usuario. 8. Formular el Programa Anual de Educacion y Seguridad Vial dirigido a los conductores de vehiculos del servicio de transporte publico especial. 9. Determinar las sanciones por infracciones al presente reglamento en concordancia a lo establecido en los Articulos 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 004-2000MTC. Articulo 7º.- La Comision Tecnica Mixta es el organo competente que de conformidad al Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC y la 5º disposicion complementaria es la que velara por el cumplimiento del presente proyecto y asimismo propondra dentro de su autonomia disposiciones complementarias para el mejor ordenamiento del MORDAZA dentro del distrito. La Comision Tecnica Mixta, estara integrada por: 1. El Regidor Presidente de la Comision de Transporte de la Municipalidad Distrital de MORDAZA y un suplente. 2. Un (1) representante acreditado de la Policia Nacional del Peru. 3. Un(1) representante de las Organizaciones Juridicas que se dedican al transporte publico especial en vehiculos menores debidamente inscritos en los Registros publicos mas un (1) suplente. Sus funciones son: 1. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento. 2. Participar en la reformulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y la prestacion del servicio en el distrito de Pachacamac.

3. Debatir y evaluar las iniciativas sobre el programa de educacion y seguridad vial. 4. Promover y difundir sus acuerdos destinados a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte especial. 5. Observar y calificar las sanciones establecidas en el presente reglamento. 6. Fiscalizar los ingresos economicos que se den por concepto de la aplicacion del presente reglamento. 7. Efectuar coordinaciones en las inspecciones oculares solicitadas por las personas juridicas, conformando esta comision el Director de la Direccion de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente, el representante de la Policia Nacional del Peru y el representante de las empresas que prestan el servicio de transporte publico especial. Articulo 8º.- Autoridad de control y supervision estara a cargo de la Municipalidad con el apoyo de la Policia Nacional de Peru, tal como lo establece los Articulos 11º 20º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. Articulo 9º.- La autoridad Municipal implementara las revisiones tecnicas de los vehiculos menores motorizados de acuerdo a las normas tecnicas correspondientes (Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y de conformidad con la Ley Nº 27181).
CAPITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE LAS AUTORIZACIONES

Articulo 10º.- Para prestar servicio publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores motorizados dentro del distrito de MORDAZA se requiere haber obtenido el correspondiente permiso de operacion. Articulo 11º.- El permiso de operacion solo sera otorgado a personas juridicas legalmente constituidas e inscritas en los Registros Publicos bajos los terminos y condiciones establecidas en los Decretos Supremos Nº 0042000-MTC, Nº 009-2000-MTC y en el presente reglamento. Articulo 12º.- Las personas juridicas para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores deberan realizar el tramite de registro y permiso de operacion, cumpliendo los requisitos establecidos en los Articulos 8º y 9º de los Decretos Supremos Nº 004-2000-MTC y Nº 009-2000-MTC. 1. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada indicando la razon social, Registro Unico de Contribuyentes (R.U.C.), domicilio y nombre del representante legal. 2. MORDAZA fotostatica del testimonio de constitucion de la persona juridica y ficha literal de los registros publicos actualizados. 3. MORDAZA fotostatica de la tarjeta de propiedad y de la licencia de conducir de los vehiculos menores. 4. MORDAZA fotostatica de la poliza de Seguro Obligatorio contra Accidentes de MORDAZA ­ SOAT- (contrato y certificado correspondiente). 5. Relacion actualizada de los vehiculos y conductores (segun padron de asociados de las personas juridicas). 6. Presentaran los planos de ubicacion de los paraderos inicial, final, ruta de recorrido y MORDAZA de trabajo. 7. Declaracion jurada del representante legal de la persona juridica comprometiendose a que en caso de accidente asumira los gastos medicos de hospitalizacion, quirurgico, farmaceutico, etc. que requieran los accidentados, es decir los gastos que no contempla el SOAT. 8. Todas las copias fotostaticas que presenten las personas juridicas seran autenticados por el fedatario de la municipalidad. 9. Los derechos administrativos seran de acuerdo al MORDAZA vigente de la Municipalidad. - Inspeccion tecnica solicitada por la persona juridica 2.10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)

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