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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (17/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de octubre de 2003 VISTO, el Oficio Nº 12032-2003-IN-1702 del 3JUL2003, del Director General de la Dirección de Control de Servi- cios de Seguridad Privada, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, solicitando se au-torice al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judi- ciales del Ministerio del Interior a interponer denuncia pe- nal contra los señores Guillermo NICHO MARIN, EloyAZURZA HUALPA, Víctor Raúl CHUMBES NICOLAS, Mar- cial BREÑA LA TORRE y Daniel Richard FLORES, por el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de FalsedadGenérica y otros en agravio del Estado; CONSIDERANDO:Que en circunstancias que los señores Guillermo NI- CHO MARIN, Eloy AZURZA HUALPA, Víctor Raúl CHUM-BES NICOLAS pretendían renovar la Licencia de Pose- sión y Uso de Arma de Fuego de Uso Civil, se detectó que los sellos y firmas del Mayor PNP MA Roger PEREZ OBLI-TAS quien se desempeña como Subdirector de Adminis- tración de Armas y realiza la verificación física de las mis- mas, eran falsificados; Que la Defensa de los intereses del Estado está a car- go de los Procuradores Públicos de conformidad con el Art. 47º de la Constitución Política del Perú concordantecon el D.L. Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por el D.L. Nº 17667; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior con el Informe Nº 3697-2003-IN del 11JUL2003, lo informado por la Di- rección General de Control de Servicios de Seguridad Pri-vada, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil y lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal con la Devo- lución Nº 233-2003-IN-1706 del 30JUL03; y, De conformidad con lo prescrito en el Decreto Ley Nº 17537 "Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales" y Decreto Ley Nº 17667 que modificaalgunos artículos del Decreto Ley Nº 17537; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior paraque interponga la Denuncia Penal correspondiente contra los señores Guillermo NICHO MARIN, Eloy AZURZA HUALPA, Víctor Raúl CHUMBES NICOLAS, Marcial BRE-ÑA LA TORRE y Daniel Richard FLORES, de acuerdo a los considerandos expuestos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 18912 /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73 /G61/G6C/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G72/G69/G6D/G69/G6E/G61/G6C/GED/G73/G2D/G74/G69/G63/G61/G20/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G44/G49/G52/G54/G45/G50/G4F/G4C/G20/G2D/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1914-2003-IN-1101 Lima, 13 de octubre del 2003 Visto, el Oficio Nº 592-03-III DIRTEPOL-OFIATC/DFQ. de 25.JUNIO.2003, con el cual el Jefe de la Oficina Territo- rial de Criminalística - Trujillo solicita a la Oficina Ejecutivade Control de Drogas del Ministerio del Interior - OFECOD, la transferencia de Insumos Químicos Fiscalizados, con la finalidad de ser utilizados por el Laboratorio Regional deCriminalística III - DIRTEPOL - Trujillo para el uso diario en la elaboración de reactivos y de exámenes periciales utili- zados en las áreas de Química y Toxicología Bromatolo-gía, descarte de Droga (Cannabis Sativa); así como en In- geniería, Balística y Biología. CONSIDERANDO: Que, en el Depósito Oficial de Insumos Químicos del Ministerio del Interior, bajo responsabilidad de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, existe en stock,entre otros, Cuarenta y seis kilogramos con cien gramos(46,100 kg) de ÁCIDO SULFÚRICO, Veinte kilogramos con ochocientos gramos (20,800 kg) de ÁCIDO CLORHÍDRI- CO, Tres kilogramos (3,000 kg) de ETER ETÍLICO, Sete- cientos gramos (0,700 kg) de PERMANGANATO DE PO-TASIO, Un kilogramo (1,000 kg) de CARBONATO DE SO- DIO, Veinticuatro kilogramos con ochocientos gramos (24,800 kg) de ACETONA Dos kilogramos con cuatrocien-tos gramos (2,400 kg) de BENCENO y Treinta y cinco kilo- gramos (35,000 kg) de HIPOCLORITO DE SODIO, sus- ceptibles de transferir a la entidad solicitante; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia es pertinente la transferencia de Insumos Químicos al Laboratorio Regional de Criminalística III - DIR-TEPOL - Trujillo. Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con laintervención de las autoridades señaladas en la Legisla- ción vigente; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inci- so d) de la Ley de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095 y en el Art. 46º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI Reglamento del De-creto Ley Nº 25623, sobre Control y Fiscalización de Pro- ductos e Insumos Químicos que intervienen en la elabora- ción de Pasta Básica de Cocaína y otros. SE RESUELVE: Artículo 1º .- Transferir al Laboratorio Regional de Cri- minalística III - DIRTEPOL - Trujillo Cuarenta y seis kilo- gramos con cien gramos (46,100 kg) de ÁCIDO SULFÚRI-CO, Veinte kilogramos con ochocientos gramos (20,800 kg) de ÁCIDO CLORHÍDRICO, Tres kilogramos (3,000 kg) de ETER ETÍLICO, Setecientos gramos (0,700 kg) de PER-MANGANATO DE POTASIO, Un kilogramo (1,000 kg) de CARBONATO DE SODIO, Veinticuatro kilogramos con ochocientos gramos (24,800 kg) de ACETONA Dos kilo-gramos con cuatrocientos gramos (2,400 kg) de BENCE- NO y Treinta y cinco kilogramos (35,000 kg) de HIPOCLO- RITO DE SODIO, para el uso diario en la elaboración dereactivos y de exámenes periciales utilizados en las áreas de Química y Toxicología Bromatología, descarte de Dro- ga (Cannabis Sativa); así como en Ingeniería, Balística yBiología. Artículo 2º .- La Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas procederá a la entrega de los Insumos Químicos alJefe de la Oficina Territorial de Criminalística - Trujillo en presencia del representante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certificado por un profesional químico delLaboratorio Central de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3º .- El Jefe de Oficina Territorial de Crimina- lística - Trujillo adoptará las medidas necesarias que ga- ranticen el debido uso; asimismo informará pormenoriza- damente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobrela utilización de los Insumos Químicos, transferidos a mé- rito de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 18951 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 012-2003-IN Mediante Oficio Nº 2743-2003-IN-0604 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Reglamentode la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003-IN, publicado en la edi- ción del 8 de octubre de 2003, en la página 252680. TÍTULO II, Capítulo I, Artículo 7º DICE: El Consejo Nacional del Sistema de Seguridad Ciu- dadana en adición alas funciones establecidas en el ar-