TEXTO PAGINA: 25
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de octubre de 2003 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G69/G72/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G51/G75/GED/G6D/G69/G63/G61/G20/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G2D/G72/GED/G61/G20/G51/G75/GED/G6D/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F /G32/G30/G30/G33/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G4E/G4D/G53/G4D UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05455-R-03 Lima, 10 de octubre de 2003 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 20140-RG-03 de la Oficina de Abastecimiento, con respecto a la inclusión en el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones del año 2003 de la Universidad Na- cional Mayor de San Marcos, el requerimiento efectuado por la Facultad de Química e Ingeniería Química. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01209-R-03 del 21 de febrero de 2003, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayorde San Marcos para el año 2003 por la suma de S/. 89’846,399.00 nuevos soles; Que de acuerdo al artículo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones debiendo prever los bienes y servicios que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que el artículo 8º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, prescribe que los Procesos de Selec-ción (Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicaciones Directas) no contenidos en el Plan Anual deberán ser aproba- dos por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Administra-tiva de la Entidad, según corresponda para su inclusión en el mismo, lo cual deberá comunicarse a PROMPYME y dar cuenta al CONSUCODE del mismo, dentro de los diez días hábilessiguientes a dicha aprobación; Que mediante Oficio Nº 02284-OGE-OA-2003, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento remite la relación de bie-nes a ser adquiridos por la Facultad de Química e Ingenie- ría Química, requiriendo su inclusión, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2003 de la Univer-sidad Nacional Mayor de San Marcos; Que la Oficina General de Economía mediante Informe Nº 206-OGE-VRADM-2003, emite opinión favorable por lainclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones 2003 de la Universidad, de los Bienes requeridos por la Facultad de Química e Ingeniería Química; Que mediante Informe Nº 1531-OGAL-2003 de fecha 30 de setiembre de 2003, la Oficina General de Asesoría emite opinión al respecto; Que cuenta con la Hoja de Ruta Documentaria Nº 4750- VRADM-03 del Vicerrectorado Administrativo; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar la inclusión en el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones del año 2003 de la UniversidadNacional Mayor de San Marcos, la adquisición de bienes que se indica para la Facultad de Química e Ingeniería Química, según las fuentes de financiamiento y modali-dades expresadas, con un monto referencial de US$. 27,024.00 (Veintisiete mil veinticuatro y 00/100 dólares americanos), de acuerdo al Anexo que en fojas uno(01)forma parte de la presente Resolución Rectoral. 2º.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Dia-rio Oficial El Peruano. 3º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la comu- nicación y remisión a PROMPYME y al CONSUCODE,dentro del plazo de diez días hábiles siguientes, en cumpli-miento del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM. 4º.- Encargar al Vicerrectorado Administrativo el cum- plimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RAÚL MOISÉS IZAGUIRRE MAGUIÑA Rector GUSTAVO SOLÍS FONSECA Secretario General 19013 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G74/G6F/G2D /G63/G6F/G70/G69/G61/G64/G6F/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G62/G75/G74/G61/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05472-R-03 Lima, 10 de octubre de 2003 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 15092-RG-03 de la Facultad de Ciencias Con- tables, con respecto a la nulidad de oficio del Proceso deAdjudicación Directa Selectiva Nº 001-UNMSM-FCC "Com- pra de Fotocopiadoras" y Nº 003-UNMSM-FCC "Compra de Butacas", por haberse cometido errores insubsanablesen ambos procesos; CONSIDERANDO:Que con fecha 1 de julio de 2003 la Comisión Especial Per- manente de la Facultad de Ciencias Contables, acordó recomen-dar la declaración de nulidad de oficio del Proceso de Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 001-UNMSM-FCC "Compra de Foto- copiadoras" y Nº 003-UNMSM-FCC "Compra de Butacas", porhaberse cometido errores insubsanables en ambos procesos; Que en el numeral 1 del Acta de Sesión de la Comisión Espe- cial Permanente de la Facultad de Ciencias Contables de fecha 1de julio de 2003, indica que no se ha cumplido con la absolución de consultas a lo postores y que no se cuenta con las especifica- ciones técnicas y económicas de los bienes a adquirir indispen-sables para la elaboración de las Bases, así como tampoco cuenta con el informe de la Oficina de Planificación que indique que se encuentra incluido en el Plan Anual ni su fuente de financiamiento(Art. 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado); Que los calendarios establecidos en ambos procesos no cumplen con las etapas del proceso indicadas en los artículos 49º y 83º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; Que el artículo 57º del TUO establece 4 causales de nuli- dad de los actos administrativos: haber sido emitido por órgano incompetente, contravenir las normas legales, haber sido emi-tido infringiendo las normas esenciales del procedimiento y la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que el artículo 26º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que el titular del pliego o la máxima autoridad administrati- va de la Entidad, podrá declarar de oficio la nulidad delproceso por alguna de las causales establecidas en el artí- culo 57º del TUO, esta facultad es indelegable; Que mediante Informe Nº 1559-OGAL-R-03 la Oficina General de Asesoría Legal, opina favorablemente por que se declare la nulidad de oficio de los Procesos de Selec- ción de Adjudicación Directa Selectiva Nºs. 001 y 003-UNMSM-FCC de la Facultad de Ciencias Contables; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni-versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Declarar de oficio la nulidad de los Procesos de Se- lección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-UNMSM- FCC "Compra de Fotocopiadoras" y Nº 003-UNMSM-FCC"Compra de Butacas", de la Facultad de Ciencias Conta-