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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de octubre de 2003 mediante Resolución de la Dirección Municipal Nº 000740 de 8 de abril del 2002, se aprobó el canje de deuda tributaria de un contribuyente, correspondiente a Arbitrios Municipales de los períodos 1997 al 2000 y multa tributaria, hasta por la suma deS/. 117 758,30, quien ofreció sus servicios educativos de computación a través de becas de estudio, así como la entrega de artefactos de uso doméstico; asimismo, en dicho dispositi-vo se estableció expresamente que las mismas sean destina- das mediante sorteo a la capacitación de aquellos contribu- yentes que hubieran cumplido con efectuar el pago oportunode sus Arbitrios Municipales del período 2002, en concordan- cia con la Ordenanza Municipal Nº 000002 de 11 de febrero del 2002, en la cual se dispuso que aquellos contribuyentes quecumplieran con cancelar de manera oportuna el importe men- sual de sus arbitrios municipales, recibirían un cupón para par- ticipar en el sorteo semestral que realizaría la MunicipalidadProvincial del Callao; Que, la Comisión Auditora ha evidenciado que, 144 de las becas de estudio de computación obtenidas por el canje seña-lado en el considerando precedente, fueron indebidamente asig- nadas a terceras personas, no comprendidas en el alcance del artículo 4º de la citada Resolución; ocasionando con ello quelos recursos de la Corporación Edil se utilicen indebidamente por S/. 43 200,00, en beneficio de terceros e incumpliendo con el objetivo de la Ordenanza mencionada; consecuentemente,los hechos expuestos constituyen indicios razonables que ha- cen presumir la comisión del delito de Incumplimiento de Obli- gaciones Funcionales, descrito y penado en el artículo 377ºdel Código Penal; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndose acreditado como consecuencia de la acción de control prac-ticada la presunción de ilícito penal en el que se encuentra involucrada una funcionaria de la Municipalidad Provincial del Callao, que desempeña función pública en la misma,corresponde a la Contraloría General de la República pro- ceder acorde a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposición Tran- sitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integral decontrol iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este ente técnico rector del Sistema Nacional deControl, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, a través del Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública, en el caso que en la ejecución directa de una ac- ción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, para que inicie las acciones legales correspon-dientes contra la presunta responsable comprendida en el In- forme de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Re- pública, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales referidas a los he- chos expuestos, contra la presunta responsable compren-dida en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 18791 /G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G2D /G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G72/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 349-2003-CG Lima, 14 de octubre de 2003Vista, la Hoja de Recomendación Nº 055-2003-CG/OCI de fecha 3 de octubre de 2003 emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la separacióndefinitiva de los Jefes de los Órganos de Control Institucio- nal de las Entidades se efectúa por este Organismo Supe- rior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimien-tos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 114-2003- CG se ha aprobado el Reglamento de los Órganos de Con- trol Institucional, estableciéndose en el numeral 2.1 de su Primera Disposición Transitoria, que la separación definiti-va del Órgano de Control Institucional, se efectúa por la Contraloría General, mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano, previéndose enel literal c) de dicho numeral, que los casos de renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional serán informados a la Contraloría General, acompañándose copia autentica-da de la respectiva carta de renuncia y su aceptación por la entidad, para la formalización de la separación definiti- va; Que, mediante Oficio Nº 666-2003-AL/MDSMP del 26 de setiembre de 2003, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres informa a este Organismo Superior deControl, la renuncia del CPC Pedro Manuel Tesén Chávez, al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, adjun- tando copia autenticada de la carta de renuncia, así comola aceptación de la misma; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.1. de la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los Ór-ganos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Órgano de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos devacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefa- tura del OCI, reúna cuando menos los requisitos estableci-dos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º del citado Reglamento; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 336- 2003-CG del 9 de octubre de 2003, se ha encargado a la señora Vicecontralora General de la República, CPC Rosa Urbina Mancilla, las funciones del cargo deContralor General de la República, a partir del 13 de octubre de 2003 y en tanto dure la ausencia de su Titu- lar; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y la Prime-ra Disposición Transitoria, numerales 2.1 y 3.1 del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Formalizar la separación defini- tiva, por renuncia del CPC Pedro Manuel Tesén Chávez,al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipa- lidad Distrital de San Martín de Porres, el Titular de di- cha entidad deberá garantizar el normal desarrollo delas actividades del Órgano de Control Institucional, dis- poniendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Órgano, a un profesional que reúna los requisitosestablecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º del Reglamento de los Órganos de Control Institu- cional, dando cuenta de ello a este Organismo Supe-rior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General de la República (e) 18942