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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (31/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luzdel Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación del bien de pro-piedad de Recreacional Huampaní Alto S.R.Ltda. (Club Resi-dencial Los Girasoles de Huampaní), para la instalación de lasubestación de distribución compacta de tipo pedestal de dis-tribución para Servicio Público de Electricidad N° 6560, ubica-da en el Parque N° 20, calle C-21, frente al Lote 1 de la Mz. E-FA, urbanización Los Girasoles de Huampaní, distrito de Luri-gancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a ladocumentación técnica y los planos proporcionados por laempresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la ser vidumbre Área de Propietario Tipo de servi- terreno dumbre 31124002 Subestación de Distrib ución Suelo: Recreacional Urbano Eléctrica N° 6560. 9,00 m2Huampaní Ubicación: distrito de Lurigancho, y aires Alto S.R.Ltda. provincia y departamento de Lima. (Club Resi-Coordenadas UTM: dencial LosVértice Norte Este Girasoles deA 8 676 120,39 306 573,51 Huampaní) B 8 676 123,33 306 572,94C 8 676 123,90 306 575,89D 8 676 120,95 306 576,45 Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no podrá cons- truir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que pertur-ben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño niperjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la res-ponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 19314 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 477-2003-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente N° 31124902 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes de propiedad particularindispensable para la instalación de la subestación de dis-tribución compacta de tipo pedestal de distribución paraServicio Público de Electricidad N° 6572; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaN° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-citado la imposición de la servidumbre de ocupación debienes de propiedad particular, para la instalación de lasubestación de distribución compacta de tipo pedestal dedistribución para Servicio Público de Electricidad N° 6572,ubicada en el Parque N° 3, frente al Lote 10 de la Mz. N-JA, urbanización Los Girasoles de Huampaní, distrito deLurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el artículo 112° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo-ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga aindemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo al artículo 229° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, el concesionario ha con-signado judicialmente a favor del propietario afectado elmonto de la compensación valorizada por el Cuerpo Téc-nico de Tasaciones del Perú; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba-do por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe N° 248-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación delbien de propiedad de Recreacional Huampaní Alto S.R.Ltda.(Club Residencial Los Girasoles de Huampaní), para la ins-talación de la subestación de distribución compacta de tipopedestal de distribución para Servicio Público de Electrici-dad N° 6572, ubicada en el Parque N° 3, frente al Lote 10de la Mz. N-JA, urbanización Los Girasoles de Huampaní,distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima,de acuerdo a la documentación técnica y los planos pro-porcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la ser vidumbre Área de Propietario Tipo de servi- terreno dumbre 31124902 Subestación de Distribuc ión Suelo: Recreacional Urbano Eléctrica N° 6572. 9,00 m2Huampaní Ubicación: distrito de Lurigancho, y aires Alto S.R.Ltda. provincia y departamento de Lima. (Club Resi-Coordenadas UTM: dencial LosVértice Norte Este Girasoles de A 8 676 612,44 306 031,73 Huampaní) B 8 676 615,42 306 031,40C 8 676 615,75 306 034,38D 8 676 612,77 306 034,71 Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra dañoni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 19316 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2003-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente N° 31123902 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes de propiedad particularindispensable para la instalación de la subestación de dis-tribución compacta de tipo pedestal de distribución paraServicio Público de Electricidad N° 6571;