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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (31/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 Que, desde el mes de junio de 2002, a convocatoria del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se dio inicioa la experiencia piloto de Normalización y CertificaciónLaboral en el Sector Confecciones, contando con la parti-cipación de representantes de los trabajadores, emplea-dores y de los Sectores del Estado vinculados a la Forma-ción Profesional; Que, mediante Acuerdo 01 de la XXIX Sesión Ordina- ria del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Em-pleo, de fecha 10 de abril de 2003, se validó por consensotripartito de trabajadores, empleadores y Estado, la Políti-ca de Normalización y Certificación Laboral; Con el visto bueno del Viceministro de Promoción del Empleo y de la Pequeña y Micro Empresa, y del DirectorGeneral de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 45º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, LeyNº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, y el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 273-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Del Sistema Nacional de Normalización y Certificación Laboral Declárase de prioridad institucional la formulación y aprobación del Sistema Nacional de Normalización y Cer-tificación Laboral. Artículo 2º.- De la Experiencia Piloto en el Sector Confecciones Reconózcase oficialmente y promuévase la Experien- cia Piloto de Normalización y Certificación Laboral del Sec-tor Confecciones, iniciada en el seno de la Comisión Téc-nica de Formación Profesional del Consejo Nacional deTrabajo y Promoción del Empleo, y que viene desarrollandosus acciones desde junio de 2002. La Experiencia Piloto se denominará "CERTI - CON- FECCIONES", y estará adscrita al Viceministerio de Pro-moción del Empleo y de la Micro y Pequeña Empresa. Artículo 3º.- De los órganos Son órganos de "CERTI - CONFECCIONES": a) Consejo Directivo de Normalización y Certificación Laboral, cuya función es establecer las estrategias para eldiseño, implementación y desarrollo del proceso de nor-malización y certificación laboral; validar las propuestasdel Comité Técnico y promover la certificación laboral delos trabajadores. b) Comité Técnico de Normalización y Certificación Labo- ral, encargado de la identificación, elaboración, propuesta yactualización de las normas de Competencia Laboral , y de losestándares y mecanismos técnicos necesarios para la evalua-ción y certificación laboral; así como para la ejecución de otrasacciones encargadas por el Consejo Directivo. Artículo 4º.- De la Conformación del Comité Directi- vo Integran el Comité Directivo de Normalización y Certifi- cación Laboral los representantes acreditados de: Por los empleadores:- Sociedad Nacional de Industrias. - Asociación de Exportadores - ADEX.- Conglomerados Empresariales del Perú - Coordina- dora de Empresarios de Gamarra. - TQM on Expert Services S.A.C. Por los trabajadores:- Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP. - Federación de Trabajadores Textiles del Perú. Por el Estado:- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que lo preside.- Ministerio de Educación. - Ministerio de la Producción. Participan, asimismo, como promotores, el Programa de Capacitación Laboral de la Cooperación Suiza para elDesarrollo COSUDE - CAPLAB y la Organización Interna-cional del Trabajo - OIT El Comité Directivo cuenta con una Secretaría Técni- ca, la que se encarga de vincular las acciones del ComitéDirectivo y el Comité Técnico, y apoyar en el cumplimientode los acuerdos del Consejo Directivo. Asimismo, condu-ce, monitorea y evalúa los resultados del proceso de nor-malización y certificación. La Secretaría Técnica, está acargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, através de la Dirección Nacional de Promoción del Empleoy Formación Profesional. Artículo 5º.- De la conformación del Comité Técnico Integran el Comité Técnico de Normalización y Certifi- cación Laboral los representantes acreditados de: Por los empleadores:- Sociedad Nacional de Industrias. - Asociación de Exportadores - ADEX.- Conglomerados Empresariales del Perú - Coordina- dora de Empresarios de Gamarra. - TQM on Expert Services S.A.C. Por los trabajadores:- Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP. - Federación de Trabajadores Textiles del Perú. Por el Estado:- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Ministerio de Educación.- Ministerio de la Producción. Instituciones Especializadas invitadas:- Servicio Nacional en Adiestramiento Industrial - SE- NATI, quien coordinará el funcionamiento interno del Co-mité. - Centro de Innovación Tecnológica de Confecciones - PIRKA. - Centros Educativos Ocupacionales. Participan, asimismo, como promotores, el Programa de Capacitación Laboral de la Cooperación Suiza para elDesarrollo COSUDE - CAPLAB y la Organización Interna-cional del Trabajo - OIT. Artículo 6º.- De la incorporación a los órganos de CERTI - CONFECCIONES La incorporación de nuevas entidades al Consejo Directivo o al Comité Técnico de Normalización y Certifi-cación Laboral de CERTI - CONFECCIONES, será acor-dada por el Consejo Directivo. Artículo 7º.- De la acreditación de la representación Las entidades señaladas en los artículos 4º y 5º, acreditarán sus representantes titular y suplente, dentrode los quince (15) días calendario siguientes a la publica-ción de la presente resolución. Artículo 8º.- Del apoyo a CERTI - CONFECCIONES El Viceministerio de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, brindará el apoyo técnico o admi-nistrativo requerido para el cumplimiento de la presenteresolución. Artículo 9º.- Otorgamiento de facultades El Viceministerio de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa queda facultado para canalizar la co-operación nacional e internacional que se requiera para lacreación del Sistema Nacional o para la implementaciónde actividades en materia de normalización y certificaciónlaboral, en los diversos sectores estratégicos de la activi-