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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 251372 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modifican Formato de Resolución de Sanción aprobado por la Ordenanza N” 112 - RØgimen de Aplicación de San- ciones Administrativas de la municipa-lidad ORDENANZA Nº 128 Miraflores, 28 de agosto del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDOQue, el día 2 de enero de 2003, se publicó en el Dia- rio Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 112, norma muni- cipal de rango legal que establece el Régimen de Aplica- ción de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, vigente en la actualidad; Que, mediante la Primera Disposición Final de la cita- da Ordenanza, se aprobó el formato de la Resolución Directoral de Sanción (Anexo 2), documento que entre sus considerandos hace referencia al artículo 115º y si- guientes de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipa- lidades entonces vigente; Que, sin embargo, la Ley Nº 23853 ha sido deroga- da de manera expresa por la Disposición Complemen- taria Vigésimo Quinta de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni- ca de Municipalidades vigente a la fecha, por lo que resulta necesario adecuar el precitado Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 112 - Formato de Resolución Directo- ral de Sanción- a la nueva legislación municipal que nos rige; Que, el numeral 4 del artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece como requisito de validez de los actos administrativos el elemento de la motivación, sobre la base del cual el acto administrativo debe estar debidamente motivado, en pro- porción al contenido y conforme al ordenamiento jurídi- co, previsión legal que no se cumpliría de citarse en el acto administrativo correspondiente una norma legal de- rogada; De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, aprobó por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Modifícase el Formato de Resolu- ción Directoral de Sanción, aprobado por la Ordenanza Nº 112 - Régimen de Aplicación de Sanciones Adminis- trativas de la Municipalidad de Miraflores, adecuándose a las disposiciones de la Ley Nº 27972, actual Ley Orgá- nica de Municipalidades, de acuerdo al Anexo que obra adjunto a la presente norma y que forma parte de la mis- ma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE SANCIÓN Nº -200 - -MM Miraflores,VISTO, el procedimiento sancionador iniciado de ofi- cio/ o a pedido de (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DELDENUNCIANTE), en el cual personal de la (ÓRGANO MUNICIPAL QUE EFECTÚA LA FISCALIZACIÓN) efec- tuó la fiscalización y control, por la comisión de la(s) infracción(es) previstas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenan- za Nº 112, cometidas por: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL INFRACTOR GIRO O ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL INFRACTORDOMICILIO FISCAL DEL INFRACTOR AVENIDA/JIRÓN/ NÚMERO INTERIOR PISO DISTRITO CALLE/PASAJE LUGAR DONDE SE COMETIO LA INFRACCIÓN AVENIDA/JIRÓN/ NÚMERO INTERIOR PISO DISTRITO CALLE/PASAJE CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Título III, Capítulo II, Subcapítulo II, artículo 46º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con el artículo 1º de la Ordenanza Nº 112, las Municipalidades tienen la potestad para apli- car sanciones a quienes infrinjan las normas munici- pales; Que, a su turno, de los artículos 12º y 13º de la men- cionada Ordenanza, la misma que por su propia natura- leza ostenta rango de ley, se desprende que el procedi- miento de fiscalización puede iniciarse por detección del órgano competente para sancionar o por petición de par- te a través de una denuncia; Que, habiéndose verificado la comisión de una infrac- ción prevista en el Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado mediante el Anexo Nº 03 de la Ordenanza Nº 112, de conformidad con el artículo 19º de la Ordenanza Nº 112, y de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Nº 27444, se emite la presente Resolución de Sanción a la persona natural o jurídica indicada en la presente Resolución, por el siguiente concepto: Sanción de multa Nº CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA MONTO DE NOTIFICACIÓN FECHA INFRACCIÓN LA UIT Sanción Complementaria SE RESUELVE: Artículo Primero : Sancionar (INDICAR NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL INFRACTOR), por incurrir en la infracción descrita en la parte considerativa, con la sanción de multa y sanción complementaria indicada, debiendo proceder al pago de la multa en el término de 15 días hábiles de notificada la presente Resolu- ción. Artículo Segundo : En virtud de lo establecido por el artículo 206º y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el infractor tiene expedito su derecho de interponer contra la presente Re- solución, Recurso de Reconsideración o Apelación, den- tro del plazo de 15 días hábiles de notificada la misma. El recurso deberá ser presentado en el Área de Trámite Documentario, debiendo estar dirigido a la Dirección que expidió la presente. Artículo Tercero .- Vencidos los 15 días hábiles a que se refiere el artículo 1º de la presente, y de no haber presentado el infractor el Recurso Impugnativo corres- pondiente dentro del plazo legal, se procederá a la Eje- cución Coactiva del presente Acto Administrativo, de acuerdo con la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, y sus normas reglamentarias y com- plementarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.16966