Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 251363 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de setiembre de 2003 VISTA: La solicitud presentada por INTERSEGURO Compa- ñía de Seguros de Vida S.A., para que se le autorice la primera emisión de Bonos Subordinados hasta por la suma de US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 dó- lares americanos), al plazo de diez años; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 301º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, faculta a las empresas de se- guros a emitir Bonos Subordinados; Que el artículo 232º de la citada Ley General estable- ce que para la emisión de instrumentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Supe- rintendencia; Que la Junta General de Accionistas celebrada el 21 de mayo de 2003 acordó la primera emisión de Bonos Subordinados hasta por la suma de US$ 5 000 000,00 y aprobó los términos y condiciones generales de emisión; Que Interseguro Compañía de Seguros de Vida S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida en la Resolución SBS Nº 234-99 y Circular SBS Nº S-0583-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Aná- lisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", mediante Informe Nº 053-2003-ISB, por el Departamento Legal mediante Informe Nº 507-2003-LEG y por la Gerencia de Estudios Económicos mediante Informe Nº 014-2003- ASAP, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General y en el Reglamento de Deuda Subordinada aprobado por Resolución SBS Nº 234-99; y, en uso de las atribuciones conferidas en la citada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la emisión de Bonos Subordinados de INTERSEGURO Compañía de Segu- ros de Vida S.A. hasta por la suma de US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 dólares americanos), debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- Los recursos que capte INTER- SEGURO Compañía de Seguros de Vida S.A. de la emi- sión de bonos por oferta pública del valor a ser inscrito por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV en el Registro Público correspon- diente, deberán destinarse exclusivamente para financiar el crecimiento de la Compañía planificado para el ejerci- cio 2003, permitiendo cubrir las pérdidas proyectadas por constitución de reservas de las ventas de rentas vitali- cias de jubilación y desempleo. Artículo Tercero.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 17002 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Designan oficial de enlace de la CONASEV COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 063-2003-EF/94.10 Lima, 10 de setiembre de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera también denominada UIF, con personería jurídica de Derecho Público, con autonomía funcional, técnica y administrativa, encargada del análi- sis, el tratamiento y la transmisión de información para prevenir y detectar el lavado de dinero o activos, con plie- go presupuestal adscrito al Ministerio de Economía y Fi- nanzas; Que, la citada Ley establece las funciones de la Uni- dad de Inteligencia Financiera, los sujetos obligados a proporcionar información a dicha Unidad y los meca- nismos de prevención del lavado de dinero o de activos; Que, el artículo 17º de la citada Ley establece que la UIF debe contar con el apoyo de oficiales de enlace de- signados por los titulares de las entidades conformantes del sistema de inteligencia financiera, dentro de las cua- les se incluye a CONASEV; Que, la función de los oficiales de enlace comprende la consulta y coordinación de las actividades de la UIF con la de los organismos de origen a los que pertenecen; Que, la citada disposición requiere que el oficial de enlace sea designado mediante decisión del titular de la entidad respectiva, decisión que será materializada a tra- vés de la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 17º de la Ley Nº 27693, así como a lo acordado por el direc- torio de esta Comisión Nacional en su sesión de fecha 8 de setiembre de 2003; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como oficial de enlace de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valo- res a la señora Sonia Talledo Espinosa. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 16900 Aprueban modificación del artículo 7” del Estatuto Social de la Bolsa de Valo- res de Lima COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 070-2003-EF/94.10 Lima, 10 se septiembre de 2003 VISTOS:El Expediente Nº 2002/015085 presentado por la Bol- sa de Valores de Lima, el Informe Nº 242-2003-EF/94.45 de la Gerencia de Mercados y Emisores de fecha 4 de septiembre de 2003, con la opinión favorable de la Ge- rencia General; CONSIDERANDO:1. Que, en Asamblea de Asociados de la Bolsa de Valores de Lima, del 19 de noviembre de 2002, se acor- dó la aprobación del balance auditado de la Asociación al 31 de octubre de 2002, la transformación de la asocia- ción civil en sociedad anónima, y su nuevo estatuto so- cial, al amparo de lo dispuesto por la Primera Disposi- ción Transitoria y Final de la Ley Nº 27649; 2. Que, la Bolsa de Valores de Lima, en adelante la Bolsa, solicita el 3 de diciembre de 2002, a esta Comi- sión Nacional la aprobación de su nuevo estatuto social; 3. Que, mediante Resolución CONASEV Nº 31-2003- EF/94.10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de julio de 2003, se aprobó la modificación del estatuto social de la Bolsa; 4. Que durante el procedimiento de aprobación de la modificación del estatuto antes referido, la Bolsa aprobó