Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 251371 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de setiembre de 2003 manos dependiente de la Oficina Regional de Administra- ción; De conformidad a lo expuesto en el Informe Nº 876- 2003/GOB.REG.PIURA-ORAJ del 26 de agosto del 2003; Con las visaciones de la Oficina Regional de Aseso- ría Jurídica, Oficina Regional de Administración y Direc- tor Ejecutivo de la Gerencia General del Gobierno Regio- nal Piura; y, En plena observancia de las atribuciones que estable- ce el Art. 6º del D.S. Nº 002-2003-JUS, artículos 77º y 12º inciso b) del D.S. Nº 005-90-PCM, Art. 11º de la Ley Nº 27879 complementada por el Inc. a) del Art. 2º de la Ley Nº 27991, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades confe- ridas por la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgáni- ca de los Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir del 1 de setiem- bre del 2003, a la abogada Rosa Mercedes Chinchay Labrín, en el cargo de Procurador Público Regional del Gobierno Regional Piura. Artículo Segundo.- Designar a partir del 1 de setiem- bre del 2003, al abogado Juan Alberto Arévalo Zeta, en el cargo de Procurador Adjunto Regional del Gobierno Regional Piura. Artículo Tercero.- Dispóngase se efectúen las coor- dinaciones respectivas para el acto de juramentación de los Procuradores ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, en cumplimiento al Art. 6º del D.S. Nº 002-2003-JUS. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Pla- neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial realice la Consulta a la Dirección Nacional del Presupues- to Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de determinar si procede o no, en virtud a lo señalado en el numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley Nº 27879 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003, complementada por el Inc. a) del Art. 2º de la Ley Nº 27991, el nombramiento en el Cargo de los ganadores del Concurso Público de Méritos para la Selección del Procurador Público Regional y Procurador Adjunto Re- gional. Artículo Quinto.- Notifíquese a las partes interesa- das, al Consejo de Defensa del Estado, Corte Superior de Justicia de Piura y a los demás estamentos administrativos pertinentes del Gobierno Regional Piura. Artículo Sexto.- Publíquese la presente Resolución en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Pe- ruano. Publíquese, regístrese y comuníquese.CÉSAR TRELLES LARA Presidente 17027 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican numeral 3.02 de la Unidad OrgÆnica: Gerencia de Rentas del TUPA de la municipalidad ORDENANZA Nº 081 Lince, 28 de agosto del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCEPOR CUANTO: Vistos en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 006-2003-CEA-CAL, de la Comisión de Eco- nomía y Administración y de la Comisión de Asuntos Le- gales; referente al Informe Nº 121-2003-GPP de la Ge- rencia de Presupuesto y Planificación, sobre propuestade modificación del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA), numeral 3.02, correspondiente a la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 069 de fecha 27 de mayo del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio del 2003, se aprobó el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos en la Municipalidad Distrital de Lince; Que, el Concejo Municipal de conformidad con lo pre- visto por los Artículos 50º al 52º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, incluyó en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, el procedimien- to denominado: "Autorización para la realización de Bin- gos, Rifas, Sorteos y Similares", con el numeral 3.02, correspondiente a la Gerencia de Rentas; Que, mediante Oficio Nº 2422-2003-IN-1504, el Mi- nisterio del Interior, respecto al numeral precitado del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), señala que en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, que aprueba el Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con fines socia- les, en su Artículo 4º: "La Dirección General de Gobier- no Interior (DGGI) del Ministerio del Interior, es el órga- no competente a nivel nacional, para autorizar, supervi- sar el desarrollo y controlar la realización de las Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, así como establecer infracciones e imponer las sancio- nes pertinentes"; Que, efectivamente corresponde a dicha Entidad otor- gar las autorizaciones antes señaladas; mientras que a los gobiernos locales les corresponde la administración, recaudación y fiscalización de los tributos que se gene- ran por la realización de actividades de bingos, rifas, sor- teos y similares, por el denominado impuesto a los jue- gos; Que, en consecuencia al advertirse que la denomina- ción del procedimiento previsto en el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos (TUPA), puede inducir a error a los administrados, respecto de la competencia del ór- gano responsable y facultado para otorgar autorizacio- nes, resulta necesario y conveniente diferenciar los al- cances de la competencia municipal con la que corres- ponde al Ministerio del Interior; Que, de los considerandos precedentes y de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Economía y Admi- nistración y la Comisión de Asuntos Legales, en virtud de lo informado por la Gerencia de Presupuesto y Plani- ficación, según Informe Nº 121-2003-MDL-GPP, es ne- cesario modificar el numeral 3.02 del Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos (TUPA), precisándose lo si- guiente: - 3.02 Autorización para la realización de Bingos (para el caso de rifas, sorteos y similares éstos deberán estar autorizados por el Ministerio del Interior, debiendo dar cumplimiento al numeral 4 de los requisitos); Estando a lo expuesto y de conformidad con lo esta- blecido en los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con la Dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- MODIFICAR, el numeral 3.02 de la Unidad Orgánica: Gerencia de Rentas, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Munici- palidad Distrital de Lince, aprobado mediante Ordenan- za Nº 069, de fecha 27 de mayo del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio del 2003, quedan- do redactado de la siguiente manera: - Autorización para la realización de Bingos (para el caso de rifas, sorteos y similares, éstos deberán estar autorizados por el Ministerio del Interior, debiendo dar cumplimiento al numeral 4 de los requisitos). Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 16974