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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 251362 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de setiembre de 2003 modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta- blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, lo dispuesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos y Pucall- pa y a las Direcciones Regionales de Transportes y Co- municaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali, para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General Dirección General de Transporte Acuático 16869 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Aprueban Æmbito geogrÆfico de control a cargo de las Oficinas Regionales de Control y de la Sede Central de la Con-traloría General RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 309-2003-CG Lima, 11 de setiembre de 2003 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 016-2003-CG/ PL de la Gerencia de Planificación de la Gerencia Central de Desarrollo, que propone el ámbito geográfico de con- trol a cargo de las Oficinas Regionales de Control de la Contraloría General de la República, y el Memorando Nº 197-2003-CG/PL de la Gerencia de Planificación sobre las fechas de inicio del funcionamiento de las Oficinas Regio- nales de Control Huaraz, Puno, Cajamarca e Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 004-2000- CG se aprobó la reestructuración de los ámbitos geográ- ficos de las Sedes Regionales de Piura, Chiclayo, Iqui- tos, Moyobamba, Huancayo, Arequipa y Cusco, y de la Sede Central de la Contraloría General de la República; Que, en concordancia con la Ley Nº 27785 - Ley Orgáni- ca del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Ge- neral de la República, mediante la Resolución de Contralo- ría Nº 164-2003-CG se crearon las Oficinas Regionales de Control en las ciudades de Huaraz, Puno, Cajamarca e Ica, incorporándolas a la estructura orgánica de este Organis- mo Superior de Control como unidades de línea dependien- tes de la Gerencia Central de Control Descentralizado; Que, la creación de las nuevas Oficinas Regionales de Control, hace necesario efectuar una reestructuración de los ámbitos geográficos de control actualmente vigen- tes, por lo que en virtud al encargo conferido por el ar- tículo segundo de la Resolución de Contraloría Nº 164- 2003-CG, con la Hoja de Recomendación de vistos la Gerencia de Planificación propone la aprobación del ámbito geográfico de las once (11) Oficinas Regionales de Control ubicadas en las ciudades de Piura, Chiclayo, Cajamarca, Huaraz, Iquitos, Moyobamba, Huancayo, Ica, Arequipa, Cusco y Puno, así como de la Sede Central; Que, asimismo, resulta necesario vincular la aplica- ción de los nuevos ámbitos geográficos de control con las fechas de inicio del funcionamiento de las Oficinas Regionales de Control Huaraz, Puno, Cajamarca e Ica; En uso de las facultades conferidas por el literal a) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Siste-ma Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar el ámbito geográfico de control a cargo de las Oficinas Regionales de Control y la Sede Central de la Contraloría General de la República, de acuerdo al siguiente detalle: - Oficina Regional de Control Piura Departamentos de Piura y Tumbes - Oficina Regional de Control Chiclayo Departamentos de Lambayeque y La Libertad - Oficina Regional de Control Cajamarca Departamento de Cajamarca - Oficina Regional de Control Huaraz Departamento de Ancash - Oficina Regional de Control Iquitos Departamentos de Loreto y Ucayali - Oficina Regional de Control Moyobamba Departamentos de San Martín y Amazonas - Oficina Regional de Control Huancayo Departamentos de Junín, Pasco y Huánuco - Oficina Regional de Control Ica Departamentos de Ica, Huancavelica y Ayacucho - Oficina Regional de Control Arequipa Departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna - Oficina Regional de Control Cusco Departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios - Oficina Regional de Control Puno Departamento de Puno- Sede Central Departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao Artículo Segundo .- La aplicación de las modificacio- nes de los ámbitos geográficos de control resultantes de la aprobación dispuesta en el artículo precedente, se efec- tuará de acuerdo al siguiente detalle: a) El departamento de Cajamarca se incorporará al ámbito geográfico de control de la Oficina Regional de Control Cajamarca a partir del 15 de setiembre de 2003, fecha de inicio de su funcionamiento. b) El departamento de Puno se incorporará al ámbito geográfico de control de la Oficina Regional de Control Puno a partir del 15 de setiembre de 2003, fecha de ini- cio de su funcionamiento. c) El departamento de Ancash se incorporará al ám- bito geográfico de control de la Oficina Regional de Con- trol Huaraz a partir del 29 de setiembre de 2003, fecha de inicio de su funcionamiento. d) Los departamentos de Huancavelica, Ayacucho e Ica se incorporarán al ámbito geográfico de control de la Oficina Regional de Control Ica a partir del 13 de octubre de 2003, fecha de inicio de su funcionamiento. Artículo Tercero .- El ámbito geográfico aprobado por la presente Resolución deja sin efecto lo establecido por la Resolución de Contraloría Nº 004-2000-CG, en fun- ción a la aplicación dispuesta por el artículo precedente. Artículo Cuarto .- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de Contraloría Nº 164-2003-CG. Artículo Quinto .- Las unidades orgánicas de la Con- traloría General de la República, de acuerdo a su compe- tencia funcional, adoptarán las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 17052 S B S Autorizan emisión de Bonos Subordi- nados de Interseguro Compaæía deSeguros de Vida S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1316-2003 Lima, 11 de setiembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS