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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 251355 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de setiembre de 2003 Sétima.- Fortalecimiento de las Oficinas de Pro- gramación e Inversiones Los Órganos Resolutivos en cada Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de su presupuesto aprobado, tomarán las medidas que sean necesarias afin de propiciar la generación y fortalecimiento de capaci- dades de los funcionarios, servidores y consultores de la OPI, así como para dotarla de los recursos humanos ylogísticos que requieran para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. Octava.- Disposiciones aplicables a los PIP a que se refiere la tercera disposición complementaria del Decreto Supremo Nº 157-2002-EF En el ámbito de los Gobiernos Regionales y para efectos de evaluar la viabilidad de los PIP a que se refiere la tercera disposición complementaria del Re-glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002- EF; las UF-GR que cuenten con estudios de preinver- sión, estudios definitivos o expedientes técnicos vigen-tes, concluidos antes del 22 de diciembre del año 2000, deberán remitir: a) El último estudio de preinversión que lo sustente; o b) El estudio de preinversión a nivel de Perfil, que deberá formularse para los PIP que cuenten con es-tudios definitivos o expedientes técnicos, pero no cuentan con estudios de preinversión previos. Con dicho estudio se inicia el proceso de evaluación delPIP el mismo que está sujeto al nivel de estudios que corresponda, de acuerdo a las características y mon- to del PIP. En ambos casos el estudio de preinversión será remi- tido, para su evaluación, a la OPI que corresponda eva-luarlo y por ésta a la DGPM, de acuerdo a los procedi- mientos y plazos aplicables, según lo dispuesto en la pre- sente norma. El inicio de la ejecución del PIP está supeditado a la declaración expresa de viabilidad por la DGPM. Lo dispuesto en la presente disposición es de aplica- ción para el caso de los PIP cuyos estudios definitivos o expedientes técnicos se encontraban en elaboración al 22 de diciembre del año 2000. Novena.- PIP que se encuentran en el marco de un Convenio Internacional de financiamiento. Los PIP que se encuentran en el marco de un Conve- nio Internacional de financiamiento, cuya suscripción se realizó con anterioridad al 22 de diciembre del 2000, sesujetan a lo dispuesto en dichos Convenios y supletoria- mente en la normatividad del SNIP. Si el convenio no se pronuncia expresa y detalladamente por los PIP a ejecu-tar, estos deben ser determinados a través de la aplica- ción de todas las normas del Sistema Nacional de Inver- sión Pública, como requisito previo a la ejecución delgasto. Décima.- PIP que no requieren la declaración de viabilidad como requisito previo a su ejecución Los PIP que no requieren viabilidad como requisito previo a su ejecución son los que al 22 de diciembre delaño 2000: Se encontraban en ejecución y dicha ejecución conti- núa a la fecha. Tenían un Expediente Técnico o Estudio Definitivo (ter- minado o en elaboración) y su ejecución se inició antesdel 4 de octubre del año 2002. Estaban identificados plena e individualmente en el marco de una operación de financiamiento a través deun Convenio Internacional suscrito con anterioridad al 22 de diciembre del año 2000. Undécima.- Precisiones de la aplicación de las nor- mas del SNIP para el ejercicio presupuestal 2004 por los Gobiernos Locales y las entidades de tratamientoempresarial pertenecientes o adscritas a éstos Los PIP nuevos a que se refiere el último párrafo del literal e) del artículo 23º de la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01, Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto Institucional de los Gobier- nos Locales para el Año Fiscal 2004, son aquellos a losque se refiere la segunda disposición complementariaprecedente. Las Entidades de Tratamiento Empresarial adscritas a los Gobiernos Locales, considerarán como proyectosnuevos aquellos que al 31.12.03 no se encuentran en ejecución ni cuenten con un expediente técnico aproba- do o cuya elaboración no esté sometida a un contratosuscrito al 31.12.03. En ese sentido, los nuevos PIPs deberán contar por lo menos, con la aprobación de perfil, conforme a las disposiciones del SNIP para su inclusiónen el Presupuesto del año fiscal 2004; siendo requisito previo indispensable para su ejecución, bajo responsabi- lidad del Titular de la Entidad y del funcionario que auto-rice tal acto, la declaratoria de viabilidad del Sistema Nacional de Inversión Pública. El resto de Entidades de Tratamiento Empresarial a que se refiere la Directiva Nº 011-2003-EF/76.01 Directi- va para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el añoFiscal 2004, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 020-2003-EF/76.01 se encuentran plenamente sujetas a la aplicación de las normas del SNIP para todos los PIPque formulen o hayan formulado desde el 22 de diciem- bre de 2000. Décimo Segunda.- Actualización de Anexos y For- matos del SNIP. Con el fin de actualizar el Clasificador Institucional del SNIP (Anexo SNIP-04) con la información referente a lasEntidades y Empresas bajo su ámbito institucional, las OPI- GR y OPI-GL deberán remitir, en el plazo máximo de trein- ta días calendario, el listado de Pliegos Presupuestarios,Empresas u otras Entidades pertenecientes o adscritas a su Gobierno Regional o Gobierno Local. Décimo Tercera.- Precisión sobre el ejercicio de la facultad para declarar la viabilidad. Las facultades para declarar la viabilidad en el marco de delegaciones aprobadas a favor de los Gobiernos Re-gionales se ejercen en el marco de las disposiciones con- tenidas en el numeral 5.7. del artículo 5º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2003, durante la vigencia de dicha Ley. Del mismo modo precísese que, durante el mismo período, la facultad delegada a los Gobiernos Locales será ejerci-da por los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales y Distritales, previo acuerdo de su Concejo Municipal. Décimo Cuarta.- Precisión sobre el seguimiento de los PIP durante la fase de inversión La DGPM y las OPI-GN, OPI-GR y OPI-GL coordina- rán herramientas para realizar el seguimiento de los pro- yectos durante la fase de inversión. En tanto no se aprue- ben dichas herramientas se realizará el seguimiento através de los mecanismos contemplados en el Anexo SNIP-03 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Nº 004-2002-EF/68.01 aprobada porResolución Directoral Nº 012-2002-EF/68.01 Décimo Quinta.- Listado de Gobiernos Locales a los que se aplica en forma inmediata las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública UBICACIÓN GOBIERNO LOCAL ANCASH MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA AREQUIPA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA AREQUIPA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA AYACUCHO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA CAJAMARCA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA CALLAO MUNICIP ALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CALLAO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CALLAO MUNICIP ALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CALLAO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS HUÁNUCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO ICA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA JUNÍN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO