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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (04/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias apro- badas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, esta- blece que para el caso de los servidores y funcionariospúblicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Minis- terial del respectivo Sector, la que deberá ser publica-da en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien- do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como depen-dencia especializada del Ministerio de Transportes y Co- municaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría – I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, con Carta CEA-30-03-04, del 9 de marzo del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección corres-pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Ins- pección Técnica a Aeronaves), establecido en el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 008-2002-MTC, la empresa ICARO S.A. solici- ta a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar lasinspecciones técnicas por certificación en operación en campos de altura de las aeronaves Cessna 172, en la ciu- dad de Quito, República de Ecuador, durante los días 5 al8 de abril de 2004; Que, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento precita-do, a través del depósito realizado en las cuentas del Ban- co de la Nación del MTC-OGA (000-336610); Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspección Nºs. 0387-2004-MTC/12.04-SDO y 0388-2004-MTC/12.04-SDA designando a los inspectores Pedro Ra- fael Chung Bartra y Andrés Julio Villaverde Villaverde, res- pectivamente, para realizar las inspecciones técnicas porcertificación de operación en campos de altura de las ae- ronaves Cessna 172, de la empresa ICARO S.A., en la ciudad de Quito, República de Ecuador, durante los días05 al 08 de abril del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je de los referidos Inspectores de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio- nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones técnicas a que se contraen lasOrdenes de Inspección Nºs. 0387-2004-MTC/12.04-SDO y 0388-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con las Leyes Nº 27261, 27619 y 28128 y el Decreto Supremo Nºs. 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Pedro Rafael Chung Bartra y Andrés Julio Villaverde Villaverde,Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciu- dad de Quito, República de Ecuador, durante los días 5 al 8 de abril del 2004, para los fines a que se contrae la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa ICARO S.A., incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 1,600.00Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos personas) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Ins-pectores mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberánpresentar un informe al Despacho Ministerial, con co- pia a la Oficina General de Administración del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones, describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o de- nominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06756 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G2D /G63/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1804-2004-MTC/15 Lima, 30 de marzo de 2004VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28084, se modificó la Ley Gene- ral de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 27050, a efec- tos de regular el parqueo especial para vehículos ocupa-dos por dichas personas, precisándose que los estableci- mientos privados de atención al público que cuenten con zonas de parqueo vehicular, deberán disponer la reservade ubicaciones para vehículos conducidos o que transpor- ten a personas con discapacidad, de acuerdo al Regla- mento; Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 28084 crea el “Registro de Permisos Especiales de Parqueo para Personas con Discapacidad”, el mismo que, según lo indicado, estará acargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien deberá expedir el “Permiso Especial de Parqueo”, documento que servirá para que el Consejo Nacional parala Integración de las Personas con Discapacidad -CONA- DIS-, otorgue al beneficiario el respectivo distintivo vehicu- lar; Que, para el registro y otorgamiento del Permiso Espe- cial de Parqueo, el Artículo 5º de la acotada en los consi- derandos precedentes establece que el interesado deberápresentar una solicitud fundamentando la necesidad de su entrega, copia legalizada de la Resolución Ejecutiva de estar inscrito ante el CONADIS y copia del documento deidentidad de la persona con discapacidad; Que, de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 041- 2002-MTC, mediante el cual se aprueba el respectivo reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Apruébese el formato del Permiso Espe- cial de Parqueo, de conformidad con lo expuesto en la par-te considerativa de la presente resolución.