Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2004 (04/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes para que regularicen el cumplimiento de sus deudas, se hace necesario establecer la prorroga del vencimiento de la primera cuota del impuesto predial, primera, MORDAZA y tercera cuota de los arbitrios municipales, asimismo de la Prorroga del Beneficio Especial para Contribuyentes con deudas pendientes en Arbitrios, Impuesto Predial y Multas Administrativas; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 23 de MORDAZA del 2004, la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial. Articulo Segundo.- Prorrogar hasta el 23 de MORDAZA del 2004, la fecha de vencimiento para el pago de la primera, MORDAZA y tercera cuota de los arbitrios municipales. Articulo Tercero.- Prorrogar hasta el 23 de MORDAZA del 2004, el Beneficio Especial para Contribuyentes con deudas pendientes en Arbitrios, Impuesto Predial y Multas Administrativas de los anos 1999 al 2003, establecido mediante las Ordenanzas Nº 177-MDB y Nº 183-MDB. Articulo Cuarto.- Modificar el articulo primero de la Ordenanza Nº 177-MDB, modificada por Ordenanza Nº 183-MDB, el mismo que quedara redactado como sigue: "Articulo Primero.- Establezcase en la Jurisdiccion del distrito de Barranco el Beneficio Especial, a favor de los Contribuyentes que tuvieran deudas pendientes de los anos 1999 al 2003 respecto a Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana e Impuesto Predial El presente beneficio alcanza tambien a los administrados que tuvieran pendiente de pago multas administrativas generadas hasta el 31 de marzo del 2004. Este beneficio tendra vigencia a partir del lunes 26 de enero hasta el 23 de MORDAZA del 2004. A traves de la presente Ordenanza se dispone con caracter general, la condonacion de los intereses moratorios al 100% para los que MORDAZA al contado toda la deuda correspondiente a los anos 1999 al 2003 y al 50% para quienes fraccionen el pago de la deuda correspondiente a los anos 1999 al 2003. Asimismo se establece un descuento del 70% para los que pagaran al contado las multas administrativas impuestas hasta el 31 de enero del 2004, y del 40% para los que pagaran en forma fraccionada. Los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en estado de cobranza coactiva, se acogeran al presente beneficio siempre que cancelen las costas y gastos administrativos que hayan generado dichas medidas. No se acogeran al beneficio establecido en la presente ordenanza, los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en estado de cobranza coactiva y hayan sido pasibles de medida cautelar." Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 06685

VISTO, el pedido de la Oficina de Imagen Institucional respecto a la exoneracion del pago por derecho a MORDAZA de partida de nacimiento para matricula escolar, en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es politica de la administracion municipal otorgar beneficios y facilidades a los vecinos del distrito a fin de contribuir a su desarrollo personal; y, Estando a lo solicitado y de conformidad con el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 , con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- EXONERAR del pago por derechos de emision de MORDAZA de partida de nacimiento a las personas que requieran dicho documento para realizar matricula escolar. Articulo Segundo.- Establecer como requisito para acogerse a la exoneracion referida, la MORDAZA de la MORDAZA de reserva de matricula expedida por un Centro Educativo. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Unidad de Registro Civil. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 06686

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Regimen de Saneamiento de Deuda Tributaria - RESADT
ORDENANZA Nº 114-C/MC Comas, 31 de marzo de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo del 2004, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia, Finanzas y Asuntos Legales, relacionado con el Informe Nº 025-2004-GAT/MC de la Gerencia de Administracion Tributaria, mediante el cual se remite propuesta de Regimen de caracter tributario denominado REGIMEN DE SANEAMIENTO DE DEUDA TRIBUTARIA (RESADT), asimismo prorrogar el vencimiento de la 1era. Cuota y/o pago anual de Impuesto Predial del ejercicio 2004, hasta el 30 de MORDAZA de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo II de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado con Decreto Supremo Nº 13599-EF, estos pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que respecto a los Tributos, el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a la falta de estos la Resolucion de la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 082-C/MC del 12 de MORDAZA del 2003, se aprueba para el periodo 2003 el Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias (RESIDET) para aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2003; Que, es necesario mantener una politica coherente y permanente respecto al tratamiento de los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en ese sentido las medidas que se adopten deben orientarse a

Exoneran de pago por derechos de emision de MORDAZA de partida de nacimiento a personas que requieran dicho documento para realizar matricula escolar
ORDENANZA Nº 190-MDB Barranco, 1 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO

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