Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2004 (04/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

Articulo 17º.- El tramite de aprobacion de un Plan Especifico debe desarrollarse en noventa (90) dias calendario y cenirse al procedimiento siguiente: 17.1. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA exhibira la propuesta del Plan Especifico en sus locales, en las Municipalidades Distritales en donde se ubica el Plan y a traves de su pagina Web, durante sesenta (60) dias calendario. 17.2. La propuesta del Plan Especifico se remitira en consulta a las Municipalidades Distritales involucradas, asi como, si fuera el caso, al Sector Ministerial que corresponda, para que dentro del plazo establecido en el Inciso anterior, emitan sus observaciones y recomendaciones. 17.3. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dentro del plazo senalado, realizara exposiciones tecnicas del contenido del Plan Especifico, convocando a las Municipalidades Distritales involucradas y a los propietarios y usuarios de los inmuebles localizados dentro del area delimitada en el Plan Especifico; los que formularan sus observaciones y recomendaciones debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el primer Inciso del presente articulo. 17.4. El equipo tecnico responsable de la elaboracion del Plan Especifico, en el termino de treinta (30) dias calendario posteriores al plazo establecido en el Inciso 17.1, incluira las recomendaciones o las desestimara emitiendo pronunciamiento fundamentado. Articulo 18º.- Concluido el procedimiento establecido en el articulo anterior, el Concejo Metropolitano aprobara el Plan Especifico mediante Ordenanza. El PLAM de MORDAZA incorporara los Planes Especificos aprobados, haciendo mencion expresa a su correspondiente Ordenanza. CAPITULO IV DEL PLAN MORDAZA DISTRITAL Articulo 19º.- El Plan MORDAZA Distrital es el instrumento tecnico normativo mediante el cual se precisan, desarrollan y aplican las disposiciones del PLAM de MORDAZA a nivel del ambito de un distrito. Articulo 20º.- El Plan MORDAZA Distrital debe considerar fundamentalmente los siguientes aspectos: 20.1. Su propuesta de crecimiento MORDAZA, ya sea en expansion o en densificacion, de conformidad con los lineamientos del PLAM de Lima. 20.2. La Vialidad y el MORDAZA vehicular local, en estricta sujecion a los lineamientos del Sistema Vial Metropolitano. 20.3. Los Retiros, Alturas y Areas Libres de las edificaciones, de conformidad con los patrones de construccion existentes, sus tendencias y los Planos de Zonificacion Distrital que aprueba la Municipalidad Metropolitana. 20.4. Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario urbano. 20.5. La dotacion de estacionamientos en las Zonas Comerciales y Residenciales. 20.6. La identificacion de las areas publicas aptas para la inversion privada. 20.7. La Identificacion de Zonas de Reglamentacion Especial (ZRE), apropiadas para desarrollar Planes Especificos; por ejemplo en temas de Restauracion de zonas Historicas y Monumentales del Distrito; de Renovacion en zonas antiguas, ruinosas y con hacinamiento poblacional; de Seguridad Fisica en areas de riesgo y vulnerables a catastrofes y fenomenos naturales; entre otros. Articulo 21º.- Corresponde a las Municipalidades Distritales formular y aprobar su Plan MORDAZA y normativa especifica, en estricta sujecion a los lineamientos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del PLAM de MORDAZA, sus Reglamentos y normas conexas. Articulo 22º.- Una vez formulado, el tramite de aprobacion del Plan MORDAZA Distrital debe desarrollarse en noventa (90) dias calendario y cenirse al procedimiento siguiente: 22.1. La Municipalidad Distrital exhibira la propuesta del Plan en sus locales y a traves de su pagina Web, durante sesenta (60) dias calendario. 22.2. La propuesta del Plan MORDAZA Distrital, simultaneamente, se remitira para opinion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin que dentro del plazo establecido en el inciso 22.1 emita sus observaciones y recomendaciones.

22.3. La Municipalidad Distrital, dentro del plazo senalado y en base a las politicas de participacion ciudadana, realizara audiencias publicas sobre el contenido del Plan, convocando a las universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones representativas del sector empresarial, profesional y laboral de su jurisdiccion. 22.4. Las personas naturales o juridicas del distrito, dentro del plazo establecido en el Inciso 22.1 del presente articulo, formularan sus observaciones y recomendaciones por escrito, debidamente sustentadas. 22.5. El Equipo Tecnico responsable de la elaboracion del Plan MORDAZA Distrital, en el termino de los treinta (30) dias calendario posteriores al plazo establecido en el Inciso 22.1, incluira las recomendaciones o las desestimara emitiendo pronunciamiento fundamentado. La Municipalidad Distrital se pronunciara especificamente sobre las observaciones y recomendaciones que presente oficialmente la Municipalidad Metropolitana de Lima. 22.6. Careceran de valor tecnico, legal y administrativo, los Planes Urbanos Distritales que contravengan las Politicas, Estrategias, Objetivos, Metas y Programas de Desarrollo del PLAM de MORDAZA, especialmente, los referidos a la Zonificacion General de los Usos del Suelo y el Sistema Vial Metropolitano de Lima. Articulo 23º.- Concluido el procedimiento establecido en el articulo anterior, el Concejo Distrital mediante Ordenanza, aprobara el Plan MORDAZA Distrital, el cual tendra un horizonte de vigencia de diez (10) anos. La Municipalidad Distrital, en estrecha coordinacion con el Instituto Metropolitano de Planificacion, es responsable de revitalizar y afirmar anualmente el horizonte de vigencia de su Plan Distrital. Articulo 24º.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en uso de sus competencias y funciones especificas exclusivas y metropolitanas especiales establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, procedera a la evaluacion y ratificacion del Plan MORDAZA Distrital por Ordenanza Metropolitana, dentro de los treinta (30) dias siguientes. Articulo 25º.- El Concejo Distrital podra aprobar modificaciones al Plan MORDAZA Distrital en un plazo menor al establecido en el articulo anterior: 25.1. Para los casos que alteren los aspectos senalados en el articulo 20º, las modificaciones se sujetaran al procedimiento senalado en el articulo 22º de la presente Ordenanza. 25.2. Para los casos de modificaciones a: (i) la Zonificacion, (ii) la localizacion del Comercio, Industria, Equipamiento de Educacion, Salud, Administracion y Recreacion y (iii) la extension y ubicacion de las Zonas de Reglamentacion Especial, aptas para desarrollar Planes Especificos, estas se sujetaran al procedimiento establecido en el Articulo 34º de la presente Ordenanza. Articulo 26º.- Corresponde a las Municipalidades Distritales ejecutar las acciones de promocion y control dirigidas al cumplimiento del Plan MORDAZA Distrital. CAPITULO V DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO Articulo 27º.- La Zonificacion es el conjunto de normas urbanisticas que regulan el uso del suelo en funcion de las demandas fisicas, economicas y sociales de la poblacion, permitiendo la localizacion compatible, equilibrada y armonica de sus actividades con fines de vivienda, produccion, comercio, industria, equipamiento, servicios, recreacion, turismo, cultura, proteccion ambiental y de defensa civil, posibilitando la ejecucion de programas y proyectos de inversion publica y privada en habilitaciones, rehabilitaciones, reurbanizaciones, remodelaciones, renovaciones y en edificaciones nuevas, restauraciones o de saneamiento en areas no desarrolladas, incipientes, informales o degradadas, garantizando el uso mas apropiado, conveniente y oportuno del suelo MORDAZA de la metropoli, incluyendo sus areas territoriales circundantes. Articulo 28º.- La Zonificacion regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en Planos de Zonificacion MORDAZA, Reglamento de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. Ninguna MORDAZA puede establecer restricciones al uso de suelo no consideradas en los Planos de Zonificacion.

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