Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2004 (04/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

(iii) Las Zonas de Densidad Alta, primordialmente se calificaran sobre los predios localizados en los Ejes Viales principales (Nacionales, Regionales, Expresas, Semi-expresas, Arteriales, Colectoras, Avenidas) de la MORDAZA Metropolitana. (iv) En las Zonas de Reglamentacion Especial (ZRE), los Proyectos de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion con fines residenciales, se sujetaran a las Normas Especificas que son vigentes (por ejemplo Mi Vivienda), o a las normas, que para tales casos excepcionales, proponga la Municipalidad Distrital. (v) En todas las Zonas, los proyectos Multifamiliares y de Conjuntos Residenciales, tambien pueden admitir soluciones tipo: Quinta; aplicandose en esos casos los Parametros Urbanisticos y Edificatorios especificos y vigentes para este MORDAZA de proyectos.

CUADRO Nº 2 : ZONIFICACION COMERCIAL ZONIFICACION MORDAZA Comercio Metropolitano (CM) MORDAZA Comercio Inter. y Distrital (CD) MORDAZA Comercio Vecinal (CV) NIVEL DE SERVICIO (hab) De 300,000 a 1'000,000 De 300,000 a 500,000 De 2,500 a 7,500 LOTE MINIMO Existente / Segun Proyecto Existente / Segun Proyecto Existente / Segun Proyecto ALTURA DE EDIFICACION 1.5 (a+r) 10 pisos 22 pisos 7 pisos 4 pisos RESIDENCIAL COMPATIBLE RDA RDA/RDM RDM

CUADRO Nº 3 : ZONIFICACION INDUSTRIAL ZONIFICACION MORDAZA de Industria Pesada-Basica (I-4) MORDAZA de Gran Industria (I-3) MORDAZA de Industria Liviana-Elemental (I-2) NIVEL DE SERVICIO Molesta y peligrosa Molesta con MORDAZA grado de peligrosidad No molesta, ni peligrosa LOTE MINIMO (m2) Segun necesidad 2,500 300-1,000 FRENTE MINIMO (ml) Segun proyecto ALTURA DE EDIFICACION Segun proyecto Segun proyecto 30 10-20 Segun proyecto AREA LIBRE (dentro del lote) Segun proyecto Segun proyecto Segun proyecto USO PERMITIDO Segun proyecto Industria Liviana (hasta 20%) Industria Elemental (hasta 20%)

Articulo 31º.- En los Planos de Zonificacion y en las areas de expansion MORDAZA, los Equipamientos de nivel metropolitano, nivel zonal y nivel distrital para Educacion, Salud, Administracion, Seguridad, Recreacion y otros Servicios Publicos programados en el PLAM de MORDAZA y en los Planes Urbanos Distritales, se ubicaran en calidad de Areas de Reserva para dichos fines. La localizacion de los referidos Equipamientos son definitivas cuando se trate de terrenos de propiedad estatal y referenciales cuando se trate de terrenos de propiedad privada. En estos ultimos casos, los Planes Especificos, Programas y Proyectos de Inversion estableceran su ubicacion definitiva. Estas areas se calculan en base a lo establecido en el PLAM de MORDAZA, el Reglamento de Zonificacion de MORDAZA y, supletoriamente, el Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo 32º.- Las Habilitaciones Residenciales de tipo: Recreacional, Club, Temporal, Vacacional o Semi-rusticas, cuando se incorporen al Area MORDAZA, se calificaran como Zonas Residenciales de Baja Densidad (R-BD). Las areas de expansion MORDAZA para fines residenciales que se incorporen al PLAM de MORDAZA, se calificaran preferentemente como Zonas Residenciales de Densidad Media (R-DM). Articulo 33º.- En las vias locales, la delimitacion de las Zonas Residenciales (ZR), preferentemente debe uniformizar ambos frentes de calle. CAPITULO VI DE LOS CAMBIOS DE LOS PLANOS DE ZONIFICACION Articulo 34º.- Los procedimientos para los Cambios de la Zonificacion se refieren a dos procesos de diferentes niveles: (i) El Reajuste Integral de la actual Zonificacion General de MORDAZA y los Planos de Zonificacion Distrital, y (ii) Los Cambios Especificos de Zonificacion que tramitan los recurrentes en procesos particulares. 34.1. El REAJUSTE INTEGRAL de la actual Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana, su Re-

glamento, el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas y los consecuentes Esquemas o Planos de Zonificacion Distrital, consiste en el MORDAZA tecnico de racionalizar la actual calificacion que presentan estas normas, adecuandola a la realidad urbanistica, constructiva y funcional que hoy en dia registra la MORDAZA metropolitana, incorporando su dinamica y tendencias, asi como, obligatoriamente, la nueva tipologia de Zonificacion del suelo MORDAZA de MORDAZA que se precisa en la presente Ordenanza. El Instituto Metropolitano de Planificacion (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es el organo responsable de dirigir el MORDAZA de Reajuste Integral de la Zonificacion de MORDAZA en un plazo MORDAZA de ciento ochenta (180) dias siguientes a la aprobacion de la presente Ordenanza, tomando como base el vigente Plano de Zonificacion General de MORDAZA, los Planos oficiales de Zonificacion Distrital, el Reglamento de Zonificacion, el Indice de Usos para la Ubicacion de las Actividades Urbanas y todas las normas complementarias que se hayan aprobado en los ultimos anos. Este reajuste se realizara simultaneamente para el ambito metropolitano y ambitos distritales, dentro de una metodologia tecnica interactiva entre lo general y lo especifico, segun el siguiente procedimiento: 34.1.1. Cada Municipalidad Distrital, siguiendo estrictamente los lineamientos que se establecen en el Capitulo V de este Reglamento, actualizara su respectivo Plano de Zonificacion Distrital dentro de los sesenta (60) dias siguientes a la aprobacion de la presente Ordenanza y lo remitira conjuntamente con su Reglamento y MORDAZA como propuesta al IMP de Lima. Vencido el plazo senalado en el punto anterior, el IMP procedera a adecuar y actualizar los Planos de Zonificacion de los Distritos que no cumplan con la remision de los mismos, los que seran remitidos posteriormente a las Municipalidades Distritales correspondientes, a fin de continuar con el procedimiento senalado en la presente Ordenanza.

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