Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2004 (04/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 266059

Las normas de Zonificacion son tecnicamente solidas, economicamente viables, socialmente justas y de consistente vigencia. Son amplias en su contenido y sencillas en su tipologia. La Zonificacion de MORDAZA tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el MORDAZA de suelos; (ii) alentar la inversion inmobiliaria publica y privada, sea empresarial, comunal o particular, con normas claras y confiables; (iii) aplicar nuevas tecnologias para una gestion mas productiva del suelo urbano; (iv) densificar e intensificar el uso del suelo urbano; (v) integrar con eficiencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la mas alta calidad del medio ambiente en el ambito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; (viii) simplificar los procedimientos y eliminar los sobrecostos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad MORDAZA y (x) generar una transparente cooperacion entre la poblacion y sus autoridades locales. Articulo 29º.- De acuerdo con las caracteristicas determinadas en los estudios correspondientes, se consignaran solamente los siguientes tipos de Zonas Generales: 29.1. Residenciales (R); son las areas urbanas destinadas fundamentalmente al uso de vivienda, pudiendo aceptar ademas otros usos compatibles. Los Esquemas o Planos de Zonificacion solo consignaran Zonas de Alta Densidad (R-DA), Zonas de Media Densidad (R-DM) y Zonas de Baja Densidad (R-BD). 29.2. Industriales (I); son las areas urbanas destinadas fundamentalmente a la ubicacion y funcionamiento de establecimientos de produccion. Los Esquemas o Planos de Zonificacion solo consignaran Zonas de Industria Pesada Basica (I-4), Zonas de Gran Industria (I-3) y Zonas de Industria Liviana (I-2) 29.3. Comerciales (C); son las areas urbanas destinadas fundamentalmente a la ubicacion y funcionamiento de establecimientos de compra-venta de productos. Los Esquemas o Planos de Zonificacion solo consignaran Zonas de Comercio Metropolitano (CM), Zonas de Comercio Distrital (CD) y Zonas de Comercio Vecinal (CV). 29.4. Habilitacion Recreacional (HR); son las areas urbanas o extra-urbanas destinadas a la realizacion de actividades recreativas activas y/o pasivas, tales como Plazas, Parques, MORDAZA y Centros Deportivos, Juegos Infantiles, etc. 29.5. Otros Usos (OU); son las areas urbanas destinadas a la habilitacion y funcionamiento de instalaciones para usos especiales no clasificados anteriormente, como centros civicos; establecimientos administrativos del estado, culturales, terminales terrestres, ferroviarios, maritimos, aereos; establecimientos institucionales representativos del sector publico o privado, nacional o extranjero; estableci-

mientos religiosos, asilos, orfelinatos; MORDAZA establecimientos deportivos y espectaculos, estadios, coliseos, zoologicos; establecimientos de seguridad y de las fuerzas armadas; Los MORDAZA y Centros de Educacion Universitaria se calificaran como (OU-EU), los Colegios Secundarios y de Primaria como (OU-EB) y los Centros Hospitalarios como (OU-H). El resto de establecimientos educativos y de salud pueden instalarse en las otras Zonas Urbanas, de conformidad con el Reglamento y el Indice Provincial para la Ubicacion de Actividades Urbanas. 29.6. Servicios Publicos (SP); son las instalaciones de produccion y/o almacenamiento de energia electrica, gas, telefonia, comunicaciones, agua potable y de tratamiento sanitario de aguas servidas. 29.7. Reglamentacion Especial (RE); son las areas urbanas, semi-rusticas o extra-urbanas, con o sin construcciones, que poseen caracteristicas particulares de orden fisico, ambiental, social o economico, en las que se pueden aplicar disposiciones reglamentarias especiales para mantener o mejorar su MORDAZA urbano. En este MORDAZA de zonas, tambien se incluyen los programas del Fondo Mi Vivienda. 29.8. Monumental (M); son las areas urbanas o extraurbanas, en donde se localizan construcciones o vestigios que poseen valor cultural, artistico, arquitectonico o historico, que es preciso conservar y restaurar. 29.9. De Reserva Natural (RN); son las areas extraurbanas o localizadas dentro del radio MORDAZA, representativas de nuestra naturaleza y que poseen calidad paisajista, como Playas, MORDAZA, Lagunas, Humedales, Bosques, Cerros. 29.10. Pre Urbanas (PU); son las extensiones inmediatas al radio urbano; en donde, de conformidad con el Plan MORDAZA y Esquema de Zonificacion, podrian ser habilitadas para granjas o huertas. 29.11. De Produccion MORDAZA (AGR); son las extensiones localizadas fuera del radio MORDAZA, dedicadas a la produccion primaria y que no estan calificadas como urbanas, ni urbanizables por el PLAM de Lima. 29.12. Mineras (MIN); son las extensiones localizadas fuera del radio MORDAZA, dedicadas a la extraccion primaria de tierra. El PLAM de MORDAZA, fija la temporalidad de ese uso y su incorporacion al continuo urbano. Articulo 30º.- La identificacion, calificacion y caracteristicas tecnicas para el uso del suelo segun las distintas Zonas Urbanas, quedan establecidas de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en los siguientes Cuadros:

CUADRO Nº 1 : ZONIFICACION RESIDENCIAL ZONIFICACION USOS DENSIDAD BRUTA y (NETA) (hab/ha) 45-110 (70-165) (660) (600) 200-330 (330-500) (600) (880) 400-1,200 (880-2,250) (1,350-2,250) LOTE NORMATIVO (m2) (*) 1,000-350 200 2,500 90-120-150 150 2,500 450-800 2,500 FRENTE NORMATIVO (m2) (*) 20-15 10 35 6-8 8 35 15-20 35 ALTURA EDIFICACION (rango) (*) 1-3 pisos 1-4 pisos 1-5 pisos 1-3 pisos 1-5 pisos 5 pisos 5 pisos 1.5 (a+r) 1.5 (a+r) AREA LIBRE (recomendable) (*) 60%-40% 40% 50% 30% 40% 50% 35% 50%-60%

Residencial de Densidad Baja (R-DB) Residencial de Densidad Media (R-DM) Residencial de Densidad Alta (R-DA)

Unifamiliar Multifamiliar Conj. Resid. Unifamiliar Multifamiliar Conj. Resid. Multifamiliar Conj. Resid.

(*) Para su aplicacion en las areas consolidadas de la MORDAZA, imprescindiblemente se tendran en cuenta los patrones constructivos predominantes y las tendencias de edificacion que se registran. NOTAS: (i) (ii) En las Zonas de Densidad Baja, a propuesta de las Municipalidades Distritales, pueden admitirse densidades menores a las normadas. En las Zonas de Densidad Media y algunos sectores de las Zonas de Densidad Alta, a propuesta de la Municipalidad Distrital, se admite el uso de Industria Elemental y Complementaria, Talleres y actividades no peligrosas, ni molestas para el uso residencial predominante; aplicandose en esos casos las normas detalladas en el Reglamento de Zonificacion de MORDAZA y el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.