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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (04/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de abril de 2004 Oídos los informes orales; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Yarabamba, mediante el acuerdo mencionado en visto, desestimó la solicitud de declaratoria de vacancia de la alcaldesa, por cuatro votosen contra y dos a favor, interponiendo en ese mismo acto recurso de apelación la Regidora Dina Málaga y con fecha 21 de enero de 2004, el ciudadano Roque Oscar GamarraValderrama; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su artículo 22º, inciso 6), que el cargo de al-calde o regidor se declara vacante por el concejo munici- pal en caso de sentencia judicial emitida en última instan- cia por delito doloso; Que, corre en autos de fojas 2 a 7, copia certificada de la sentencia de fecha 14 de mayo de 2003, expedida en la Instrucción Nº 2002-3339-04-0401 J.P-03-RZP, porel Tercer Juzgado Penal Especializado de Arequipa, que condena a Cecilia Elizabeth Linares Moscoso, Alcalde- sa de Yarabamba, por delito doloso, a un año de penaprivativa de la libertad, suspendida por el plazo de seis meses, y otros; sentencia que ha sido confirmada en segunda y última instancia por la Primera Sala Penalde Arequipa, mediante resolución de fecha 9 de setiem- bre del mismo año; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artícu- lo 61º del Código Penal, la sentencia de fojas 2 y si- guientes se considera como no pronunciada por el trans- curso del plazo de prueba, el mismo que se cumplió el14 de noviembre de 2003, esto es, seis meses des- pués de la sentencia emitida en primera instancia por el Tercer Juzgado Penal Especializado de Arequipa el14 de mayo del mismo año, fecha desde la cual se com- puta el cumplimiento de la pena conforme lo resuelto por el Tribunal Constitucional en el expediente 2455-2002-HC/TC de fecha 11 de noviembre de 2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar infundados los recursos de apelación presentados por la Regidora Dina Málaga y el ciudadano Roque Oscar Gamarra Valderrama, con-tra el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del Concejo Distrital de Yarabamba, provincia y de- partamento de Arequipa, llevado a cabo el 30 de di-ciembre de 2003; en consecuencia, doña Cecilia Eliza- beth Linares Moscoso continúa ejerciendo el cargo de Alcaldesa de ese Concejo durante el período de go-bierno municipal para el que fue elegida. Regístrese, comuníquese y publíquese.S.S. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓBALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 06718 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G73/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G73 /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G79/G6C/G6C/G2D /G61/G68/G75/G61/G72/G61/G2C/G20/G54/G75/G6E/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G61/G20/G79/G20/G43/G61/G72/G61/G63/G6F/G74/G6F RESOLUCIÓN Nº 051-2004-JNE Exp. Nº 252-2004-Vac Lima, 1 de abril de 2004 VISTO el Oficio Nº 0019-04-AM/MDHRA-HVCA recibi- do el 26 de marzo del 2004, de don Antonino LLacta Pru- dencio, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huay-llahuara, provincia y departamento de Huancavelica, por el que comunica el fallecimiento de la Regidora Loyola Chan- ca Poma;CONSIDERANDO: Que la Partida de Defunción Nº 000119, certificada el 24 de marzo del 2003 por la Registradora de la Municipali- dad Distrital de Huayllahura que obra a fojas 2, acreditaque doña Loyola Chanca Poma falleció el 19 de febrero del 2004; Que en sesión ordinaria del 28 de febrero del año 2004, el Concejo Distrital de Huayllahuara acordó de- clarar la vacancia del cargo de Regidora de doña Loyo- la Chanca Poma, según consta a fojas 3, conforme loprescribe el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972; Que el numeral 1) del artículo 22º de la acotada ley, dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el concejo municipal por caso de muerte; siendo reemplazado por el suplente respectivo, respetando laprecedencia establecida en su propia lista electoral, mas en autos, al haberse agotado la lista a la que pertene- ció la vacada Loyola Chanca Poma, se procede conarreglo a lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 15265, debiéndose convocar al candidato no proclama- do de la lista que sigue en el orden del cómputo de su-fragios, en este caso, de la lista de la Alianza Electoral Unidad Nacional, doña Pelaya Huamán de Eulogio, de acuerdo a la lista de candidatos remitida por el JuradoElectoral Especial de Huancavelica; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a doña Pelaya Huamán de Eulogio, candidata no proclamada de la Alianza Electoral Unidad Nacional, para que asuma el cargo de Regidora delConcejo Distrital de Huayllahuara, provincia y departamento de Huancavelica, para completar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectivacredencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 06719 RESOLUCIÓN Nº 052-2004-JNE Lima, 1 de abril de 2004 Visto el Expediente Nº 1748-03-vac presentado por el Alcalde del Concejo Distrital de Tunan Marca, provincia de Jauja, departamento de Junín, comunicando que en la Se- sión Extraordinaria de fecha 4 de diciembre de 2003, sedeclaró la vacancia del Regidor Haydon Javier Mallma Capcha, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la vacan- cia es declarada por el concejo municipal con el voto apro-batorio de los dos tercios del número legal de sus miem- bros, previa notificación al afectado para que ejerza su de- recho de defensa; Que, en la copia del Acta de la Sesión Extraordinaria señalada en visto, obrante de fojas 5 a 6, consta que la declaratoria de vacancia de Haydon Javier Mallma Capchadel cargo de Regidor del Concejo Distrital de Tunan Marca fue aprobada por unanimidad de los miembros concurren- tes, con la asistencia del mencionado Regidor, quien refirióhaber cambiado de domicilio a la Ciudad de Barranca y estar de acuerdo con la declaratoria de vacancia de su cargo; Que, está acreditado que el mencionado Regidor está incurso en las causales de vacancia del cargo estableci-