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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de abril de 2004 34.1.2. Dentro de los treinta (30) días siguientes, el IMP de Lima revisará la propuesta de Zonificación Distrital, la compatibilizará e integrará dentro de la concepción gene- ral de desarrollo de la ciudad metropolitana y la devolverácon las recomendaciones del caso a la Municipalidad Dis- trital. En este período, el IMP tendrá especial considera- ción en evaluar la propuesta de calificación de las áreasurbanas y los ejes viales de trascendencia metropolitana. 34.1.3. Dentro los treinta (30) días siguientes, la Muni- cipalidad Distrital hará exhibición pública de la propuestade Zonificación, a fin que los agentes públicos y privados del Distrito involucrados con el desarrollo del mismo, pue- dan formular sus observaciones y recomendaciones debi-damente sustentadas y por escrito. 34.1.4. La Municipalidad Distrital, en el término de los treinta (30) días siguientes al plazo anterior, incluirá lasrecomendaciones o las desestimará emitiendo informe fun- damentado de cada caso y remitirá la propuesta definitiva de Zonificación Distrital al IMP. 34.1.5. Concluido el procedimiento anterior, dentro de los treinta (30) días siguientes, el IMP form ulará un Informe Téc- nico Definitivo sobre la propuesta de Zonificación Distrital. 34.1.6. El Esquema o Plano de Zonificación de cada Dis- trito se aprobará mediante Ordenanza del Concejo Metropoli- tano de Lima. 34.1.7. El Plano de Zonificación General de Lima, el Re- glamento de Zonificación y el Índice de Usos Provincial para la Ubicación de Actividades Urbanas, se aprobará medianteOrdenanza del Concejo Metropolitano de Lima, cuando el IMP considere que el proceso de compatibilización e integración de la zonificación distrital-metropolitana, ha logrado un avan-ce significativamente apropiado para el desarrollo de Lima. 34.2. Los CAMBIOS ESPECÍFICOS de los Planos de Zonificación; se refieren al proceso técnico de evaluar y declarar procedentes o no, las solicitudes que presentan los propietarios de inmuebles privados o públicos, paramodificar las calificaciones de zonificación que recaen so- bre sus predios, a fin de lograr mayores rendimientos en la acción de urbanizar, construir o funcionar en la ciudad deLima. El procedimiento es atendible, si el pedido del propieta- rio coincide con el objetivo de desarrollo de la zona y laciudad. Este proceso se realizará según el siguiente procedi- miento: 34.2.1. Los Expedientes formulados por los propieta- rios de predios, por triplicado, se presentarán directamen-te a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano (DMDU) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 34.2.2. La DMDU, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de ingreso del Expediente, obligatoriamente remiti- rá una (01) copia del mismo al Instituto Metropolitano de Pla- nificación y una (01) copia a la Municipalidad Distrital endonde se ubica el predio, a fin que, dentro de los treinta (30) días siguientes, emitan Opinión Técnica sobre el tema de la solicitud. Transcurrido el plazo señalado, de no haberse re-cibido las opiniones solicitadas, se entenderán como opi- nión favorable al pedido de Cambio de Zonificación. 34.2.3. La Municipalidad Distrital correspondiente, den- tro del plazo señalado en el numeral anterior, solicitará la opinión de la población vecina involucrada, a través del Formato de Consulta Vecinal que será aprobado por De-creto de la Alcaldía Metropolitana y que establecerá radios de acción para las consultas vecinales. Transcurrido el plazo señalado de treinta (30) días, si la Municipalidad Distritalno hubiese remitido el resultado de la consulta vecinal, la Municipalidad Metropolitana de Lima realizará la misma a través de su Oficina de Participación Vecinal. 34.2.4. La DMDU, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de ingreso del Expediente a la Municipalidad de Lima y bajo responsabilidad, alcanzará ala Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura del Concejo Metropolitano, el Expediente de Cambio Específico de Zonificación, adjuntando su pro-pio Informe Técnico, conjuntamente con los Informes del Instituto Metropolitano de Planificación y de la Municipali- dad Distrital. 34.2.5. La Comisión Metropolitana de Desarrollo Urba- no, Vivienda y Nomenclatura, cuando la complejidad de la propuesta en estudio lo justifique, podrá solicitar Informesadicionales a otras dependencias municipales, universita- rias, gremiales u órganos especializados del Poder Ejecu- tivo o del Sector Privado.34.2.6. En caso que exista interés social o probado in- terés público en desarrollar proyectos de inversión impor- tantes para la ciudad, las propuestas de Cambios Especí- ficos de Zonificación también pueden ser promovidas por:(a) la propia Municipalidad Metropolitana de Lima; (b) las Municipalidades Distritales y (c) los órganos del Gobierno Central. En todos estos casos, se seguirá el procedimien-to establecido en el inciso 34.2. 34.2.7. El Expediente conteniendo la propuesta de Cam- bio Específico de la Zonificación vigente, se aprobará me-diante Ordenanza del Concejo Metropolitano de Lima. Artículo 35º.- Los procesos de Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana y de Cambios Específicos de los Esquemas o Planos de Zoni- ficación Distritales, no podrán establecer calificaciones me-nores al tipo de Zona que actualmente tienen los predios, ni disminuciones al nivel de uso, de conformidad a los paráme- tros normativos establecidos en la presente Ordenanza. Articulo 36º.- Las solicitudes de Cambio Específicos de Zonificación, deberán adjuntar obligatoriamente los si- guientes documentos: (i) Titulo de propiedad; (ii) Plano deubicación y de localización; (iii) Plano perimétrico del pre- dio; (iv) Plano de levantamiento de usos actuales del suelo en la zona en donde se ubica el predio; (v) Fotografías; (vi)Plano de la zonificación actual; (vii) Plano de la propuesta de Cambio de Zonificación; (viii) Memoria descriptiva, sus- tentando la propuesta de cambio Articulo 37º.- En ningún caso se aprobarán Cambios Específicos de Zonificación por un solo predio de exten- sión menor, sino que estas modificaciones se harán exten-sivas a todo el frente de la Manzana, los dos frentes de la vía, toda la Manzana o el sector urbano en donde se ubica el inmueble materia de la solicitud. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Autorizar al Alcalde Metropolitano de Lima para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe el Regla- mento sobre Consulta Vecinal para la aplicación de los pro-cedimientos de Cambios Específicos del Plano de Zonifi- cación de los Usos del Suelo en el ámbito provincial de Lima. Segunda.- Los propietarios que tengan expedientes en trámite antes de la entrada en vigencia de la presente Or- denanza, podrán acogerse a esta en un plazo de 90 días,previo desistimiento ante la Municipalidad Distrital en don- de inició el trámite. Tercera.- La aplicación de las disposiciones estableci- das en el Capitulo V de la presente Ordenanza, regirán a partir de la aprobación de cada uno de los Esquemas o Planos de Zonificación Distrital por parte de la Municipali-dad Metropolitana de Lima. El Instituto Metropolitano de Planificación tendrá en cuenta las particularidades físico- espaciales de cada distrito. Cuarta.- El Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima remitirá a la Comi- sión de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura delConcejo Metropolitano de Lima, en un plazo de 30 días, los expedientes de Cambio de Zonificación que a la fecha ten- gan un informe técnico formulado. Quinta.- En caso de existir conflicto normativo entre la presente Ordenanza y cualquier otra norma de igual o infe- rior jerarquía, será de aplicación la presente Ordenanzapara la provincia de Lima. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Deróguese la Ordenanza Nº 134-MML del 19 de diciembre de 1997, norma Reglamentaria de Actualiza- ción y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, el primero de abril de dos mil cuatro.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde 06694