Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (14/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G35/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de abril de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2004-ALC/MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, el próximo día 24 de abril se conmemora el Sep- tuagésimo Tercer Aniversario de la Creación Política del distrito de San Isidro; Que, en consecuencia, corresponde se ostente el Sím- bolo Patrio del Pabellón Nacional en la fachada de los in- muebles de la jurisdicción distrital; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general, de todos los inmuebles del distrito de San Isidro, a partir del día 19 hasta el día 25 de abril del año en curso, con carácter obligatorio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente De- creto. Dado en San Isidro, a los seis días del mes de abril del año dos mil cuatro. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 07146MUNICIPALIDAD DEL C.P. DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G72/G20/G70/G6F/G72/G20/G41/G72/G62/G69/G2D /G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73 MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA ORDENANZA Nº 023-MCPSMH C. P. de Santa María de Huachipa, 25 de febrero de 2004 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de la fecha, por unanimidad; y, CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Art. 192º Inc. 3) de la Cons- titución Política del Estado, los Gobiernos Locales son com-petentes para crear, modificar y suprimir contribuciones,tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que es necesario establecer los montos a cobrarse por concepto de Arbitrios de Limpieza Pública y de Parques yJardines para el ejercicio 2004, mediante la siguiente Or-denanza: QUE ESTABLECE MONTOS A COBRAR POR ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y DE PARQUES Y JARDINES Artículo 1º.- Aplíquese para el ejercicio 2004, los crite- rios de determinación que establecieron los importes deMUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 148 Mediante Oficio Nº 196-2004-SG/MM la Municipalidad Distrital de Miraflores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 148, publicada en la edición del 2 de abril de 2004. En el Cuadro de Infracciones y Sanciones DICE: CÓDIGO INFRACCIÓN MUL TA EN PROPORCION MEDIDA y/o SANCIÓN A LA UIT VIGENTE COMPLEMENT ARIA 13-101 Obstaculizar, limitar o dificultar el libre acceso a edificaciones y/o 5 % del valor de la obra Inhabilitación del uso infraestructuras de uso público y/u obras de urbanización, al público (de no subsanar) incumplir las normas técnicas de edificación NTE U.190 y NTE A.160 13-101 Impedir el libre acceso a edificaciones y/o infraestructuras de uso 10 % del valor de la obra Inhabilitación del uso público y/u obras de urbanización, al incumplir las normas técnicas público (de no subsanar)de edificación NTE U.190 y NTE A.160 DEBE DECIR: CÓDIGO INFRACCIÓN MUL TA EN PROPORCIÓN MEDIDA y/o SANCIÓN A LA UIT VIGENTE COMPLEMENT ARIA 13-100 Obstaculizar, limitar o dificultar el libre acceso a edificaciones y/o 5 % del valor de la obra Inhabilitación del uso infraestructuras de uso público y/u obras de urbanización, al público (de no subsanar) incumplir las normas técnicas de edificación NTE U.190 y NTE A.060 13-101 Impedir el libre acceso a edificaciones y/o infraestructuras de uso 10 % del valor de la obra Inhabilitación del uso público y/u obras de urbanización, al incumplir las normas técnicas público (de no subsanar) de edificación NTE U.190 y NTE A.060 07182