Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2004 (14/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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fue evaluado por la Comision de Desarrollo Social del Consejo Regional; Que, en su Sesion Ordinaria Nº 005 el Pleno del Consejo Regional aprobo el Acuerdo Nº 069-2004, referido a la propuesta de los Lineamientos de Politicas Regionales de Educacion de la Region Amazonas; En ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 37º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y en atencion a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesion Ordinaria del 3 de marzo del 2004; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Politica Educativa Regional 2004-2015, denominado Por una Educacion de Calidad que Amazonas se merece, que consta de doscientos veintisiete (227) paginas utiles. Articulo Segundo.- Dar cuenta de la presente a las instancias respectivas del Sector Educacion y a los organos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicacion e implementacion. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendo su inclusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su Promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas a los ocho dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase.

Articulo 1º.- Precisar que el requisito de desistimiento de los recursos interpuestos contra las multas de transporte MORDAZA, contemplado en el inciso a) del articulo 12º de la Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000398, resulta ser optativo para las empresas. En ese sentido, no sera requisito necesario que ellas se desistan de sus impugnaciones en tramite, en cualquier estado que ellas se encuentren, para que puedan acogerse al regimen de incentivos para la mejora de la calidad del servicio de transporte urbano. Sin embargo, las multas reclamadas no acogidas al regimen que se resuelvan infundadas deberan ser canceladas en su integridad por las empresas correspondientes. Articulo 2º.- Precisar que las garantias unicamente se otorgaran en caso se opte por el pago fraccionado y por la deuda a fraccionar. Asimismo, siempre se exigira en primer termino la garantia de prenda vehicular, salvo que las empresas ofrezcan voluntariamente otro MORDAZA de garantia. Articulo 3º.- Precisar que la MORDAZA de los requisitos contemplados los incisos d) y e) del articulo 12º de la Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000398 sera optativa. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 07210

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 191-MDEA, en lo referente al Cuadro de Sanciones
ORDENANZA Nº 208-MDEA El MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004

Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los ocho dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 07088

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria del 6 de MORDAZA de 2004, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen precisiones a resolucion que aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº 619 sobre Incentivos para Mejora de la Calidad del Servicio de Transporte MORDAZA en la provincia de MORDAZA
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000406
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 619 se establecieron Incentivos para Mejora de la Calidad del Servicio de Transporte MORDAZA en la provincia de Lima; Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 01-0400000398 se aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº 619. Sin embargo, para efecto de una mejor aplicacion de la mencionada Resolucion Jefatural se hace necesario efectuar algunas precisiones de su contenido; Estando a lo dispuesto en el inciso d) del articulo 6 del Edicto Nº 227;

Articulo 1º.- Modificar el Capitulo VI CUADRO DE SANCIONES de la Ordenanza Nº 191-MDEA, que queda redactado de la siguiente manera: CAPITULO VI CUADRO DE SANCIONES a) Llevar un numero de pasajeros superior a tres usuarios (2.0% UIT). b) Realizar maniobras temerarias, adelantar vehiculos, a velocidad excesiva (2.0% UIT). c) Circular y cruzar las avenidas principales del distrito sin respetar las normas de MORDAZA (2.0% UIT). d) Conducir el vehiculo en estado de ebriedad (5.0% UIT) o bajo efectos de droga (5.0% UIT) mas suspension temporal por treinta dias y de ser reincidente la cancelacion definitiva de la credencial y retiro definitivo de la unidad del empadronamiento. e) Circular por vias declaradas rigidas o por vias no autorizadas, ocupar paraderos no autorizados, resistencia a la autoridad (2.0% UIT). f) Abastecerse de combustible con el vehiculo ocupado con pasajeros (2.0% UIT). g) Por conducir mototaxis sin autorizacion municipal (5% UIT) e internamiento. h) Alterar la tranquilidad publica con ruidos molestos, causados por sirenas, equipos de radio, por emision de humos (2.0% UIT), mas el decomiso del radio y sirenas, los mismos que seran devueltos a la MORDAZA del recibo de pago de la multa respectiva. i) Por carecer de placas (2.0% UIT) e internamiento. j) Por carecer de luces (2.0% UIT). k) Por no tener licencia de conducir o tarjeta del vehiculo (5.0% UIT) e internamiento. l) Por conducir menores de edad o por conductores que no estan en el Padron aprobado por la Municipalidad

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