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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (14/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G35/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de abril de 2004 VISTOS: El Oficio Nº -2004-MP-FN-GG e Informes Nº 018-2004- MP-FN-GECRE-GETES, Nº 177-2004-MP-FN-GECPER yNº 277-2004-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 018-2004-MP-FN-GECRE- GETES, la Gerencia de Tesorería comunica que la boletade venta (usuario) Nº 003359 no corresponde a la reali- dad, toda vez que el importe de S/. 180.00 Nuevos Soles presentado por el Ing. Mario Cabrera Araujo, Asesor de laGerencia de Infraestructura, en su rendición de cuenta, di- fiere de la copia emitida por el establecimiento, el cual es- pecifica la cantidad de S/. 25.00 Nuevos Soles. En relaciónal boleto de viaje Nº 000905 de la Empresa de Transporte "Mi Lady Luz", señala que existe un acta suscrita por el Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto de la Primera FiscalíaProvincial Mixta de Sullana, el cual demuestra la diferencia entre los S/. 170.00 Nuevos Soles que aparece en el bole- to de viaje Nº 000905 (usuario) presentado por el citadoingeniero y la cantidad de S/. 20.00 Nuevos Soles que se consigna en la copia del boleto (emisor) otorgado por la empresa de transporte; Que, con Informe Nº 177-2004-MP-FN-GECPER, la Gerencia Central de Personal señala que el Informe emi- tido por la Gerente de Tesorería evidencia la adulteraciónen las boletas, hecho que se acredita con el acta fiscal que se levantó en el local de la empresa de transporte y con el acta de verificación de la boleta expedida por elencargado del hospedaje "Santa Lucía", suscrita por re- presentantes del Ministerio Público, documentos que des- virtúan los argumentos expuestos por el Ing. Cabrera ensu descargo, al pretender atribuir la responsabilidad al emisor, negando la autenticidad de los recibidos recaba- dos por la Institución para efectuar la acción de control.Asimismo, indica que de la revisión a las copias de las boletas por servicio de transporte, así como de servicio de alojamiento, que se acompañan, se puede apreciar queéstas difieren en el monto, tipo de letra, concepto, desti- no, el nombre del cliente y el diseño del recibo, conforme se verifica con la copia de usuario presentada por el se-ñor Cabrera, quedando demostrada la adulteración, reco- mendando se inicie la acción legal pertinente por el pre- sunto ilícito cometido; Que, mediante Informe Nº 277-2004-MP-FN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, ante los hechos eviden- ciados, señala que el artículo 12º del Decreto LeyNº 17537, que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado establece que para demandar y/o formular denun- cias a nombre del Estado, es necesario la expedición pre-via de la Resolución Autoritativa de rango Ministerial, co- rrespondiendo en el presente caso de una Resolución de la Fiscalía de la Nación, por ser el Ministerio Público unente autónomo; Contando con el visto del Gerente de la Oficina de Ase- soría Jurídica, Gerencia General; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Pú- blico a interponer las acciones judiciales correspondientescontra el Asesor de la Gerencia de Infraestructura, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público, así comocopia autenticada de los antecedentes respectivos. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Reso- lución a la Gerencia General, Gerencia Central de Perso-nal y a la Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 07178/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 DEVIDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65 /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G45/G56/G49/G44/G41 COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARR OLLO Y VIDA SIN DROGAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 027-2004-DV-PE Lima, 7 de abril de 2004 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema Nº 398-2002-PCM, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de laComisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, instrumento de gestión institucional que contienelos cargos administrativos necesarios para el funcionamien-to de la Entidad, entre otros el de Gerente de Administra-ción e Informática, código 47, nivel 3; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2003-EF se aprobó la Política Remunerativa del Pliego y, en el Presu-puesto Analítico de Personal aprobado por Resolución dePresidencia Nº 111-2003-DV-PE de 29 de diciembre de2003, para el año 2004, se encuentra vacante la plaza co-rrespondiente al cargo indicado en el considerando ante-rior, la misma que es necesario cubrir con el objeto de ase-gurar el logro de las metas y objetivos predeterminadospor la Entidad y conforme al procedimiento precedente-mente expuesto; Que, por Resolución Nº 026-2004-DV-PE, se determi- na los cargos de confianza entre ellos el de Gerente deAdministración e Informática, código 47, nivel 3; Con las visaciones del Gerente General y del Gerente de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el Nombramiento y Designación de Funciona-rios Públicos, las Leyes Nºs. 27629 y 28003 modificatoriasdel Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfi-co Ilícito de Drogas y el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, a partir del 7 de abril del 2004, a don Juan Carlos Quiñones Padilla como Gerentede Administración e Informática de la Comisión Nacionalpara el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, código 47,nivel 3, considerado de confianza. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Gerencia de General, a la Gerencia de Adminis-tración e Informática, a la Gerencia de Asesoría Legal y alfuncionario designado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NILS ERICSSON CORREA Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo 07175 INADE /G45/G78/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G69/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G61 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G50/G61/G73/G74/G6F/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65/G2C/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G2D/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G30/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G49/G4E/G41/G44/G45/G2D/G31/G31/G30/G30 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 021-2004-INADE-1200 Lima, 12 de marzo del 2004